N° 65013/16 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
BAHÍA BLANCA - BUENOS AIRES
EDICTO
La Señora Juez de Ejecución Penal del Tri-
bunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía
Blanca, dra. Beatriz E. Torterola, sito en ca-
lle Chiclana nº 402 de la misma ciudad, de
conformidad con lo previsto por el art. 500
C.P.P.N., publica por tres (3) días la parte
resolutiva de la sentencia dictada por el Tri-
bunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía
Blanca, contra HUGO ISIDRO RIVERO, DNI.
12.070.781, hijo de Hugo Florencio y de Matil-
de Ivanoff, nacido en Bahía Blanca, provincia
de Buenos Aires, el 15 de Enero de 1958; la
que textualmente dice: “///hía Blanca, 3 de
junio de 2016.- Y VISTOS:… RESULTA:…
Y CONSIDERANDO:... RESUELVE: ... 1ro.)
CONDENANDO a Hugo Isidro RIVERO, cu-
yas demás circunstancias personales son de
figuración en autos, a la PENA de DOS (2) de
AÑOS DE PRISIÓN e inhabilitación absoluta
perpetua, por considerarlo autor penalmente
responsable del delito de peculado previsto
en el art. 261 del Código Penal, como co-
metido en la Sucursal del Banco Nación de
la ciudad de Punta Alta, provincia de Buenos
Aires, los días 1 y 2 del mes de noviembre
de 2012, dejándose en suspenso el cum-
plimiento de la pena privativa de la libertad
impuesta, en virtud de que, tratándose de pri-
mera condena a prisión, concurren las demás
condiciones exigidas a tal fin por el art. 26 del
Código Penal, tal como se explicitara supra
en el Considerando Tercero de este pronun-
ciamiento. CON COSTAS (arts. 26, 29 inc. 3º;
40, 41 y 261 del Código Penal y arts. 399 y
concordantes y 530 del C.P.P.N.). Déjase ex-
presa constancia que se imprimió al presente
el trámite de juicio abreviado previsto en el
art. 431 bis del C.P.P.N. 2do.) IMPONIENDO…
3ro.) REGULANDO los honorarios profesiona-
les… 4to.) DISPONIENDO que se notifique a
las partes haciéndose entrega de fotocopia
certificada de la presente… REGÍSTRESE,
notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en las
Acordadas 15/2013 y 24/2013 de la C.S.J.N.
y, consentida o ejecutoriada que sea, pasen
los autos a la señora Juez de Ejecución del
Tribunal (art. 493 C.P.P.N.). FIRMADO: JUAN
LEOPOLDO VELAZQUEZ- RAUL H. FERNÁN-
DEZ OROZCO- BEATRIZ E. TORTEROLA.
Ante Mi: ALEJANDRO C. ROMERO- Secreta-
rio de Cámara).-
Bahía Blanca, de septiembre de 2016.-
MARIA CECILIA YAPUR, Secretaria de Ejecu-
ción Penal
Beatriz E. Torterola Juez - Maria Cecilia Yapur
Secretaria de Ejecución Penal
e. 08/09/2016 N° 65013/16 v. 12/09/2016