W20 Argentina W20Argentina

N° 65013/16 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES lunes, 12 de septiembre de 2016

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

BAHÍA BLANCA - BUENOS AIRES

EDICTO

La Señora Juez de Ejecución Penal del Tri-

bunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía

Blanca, dra. Beatriz E. Torterola, sito en ca-

lle Chiclana nº 402 de la misma ciudad, de

conformidad con lo previsto por el art. 500

C.P.P.N., publica por tres (3) días la parte

resolutiva de la sentencia dictada por el Tri-

bunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía

Blanca, contra HUGO ISIDRO RIVERO, DNI.

12.070.781, hijo de Hugo Florencio y de Matil-

de Ivanoff, nacido en Bahía Blanca, provincia

de Buenos Aires, el 15 de Enero de 1958; la

que textualmente dice: “///hía Blanca, 3 de

junio de 2016.- Y VISTOS:… RESULTA:…

Y CONSIDERANDO:... RESUELVE: ... 1ro.)

CONDENANDO a Hugo Isidro RIVERO, cu-

yas demás circunstancias personales son de

figuración en autos, a la PENA de DOS (2) de

AÑOS DE PRISIÓN e inhabilitación absoluta

perpetua, por considerarlo autor penalmente

responsable del delito de peculado previsto

en el art. 261 del Código Penal, como co-

metido en la Sucursal del Banco Nación de

la ciudad de Punta Alta, provincia de Buenos

Aires, los días 1 y 2 del mes de noviembre

de 2012, dejándose en suspenso el cum-

plimiento de la pena privativa de la libertad

impuesta, en virtud de que, tratándose de pri-

mera condena a prisión, concurren las demás

condiciones exigidas a tal fin por el art. 26 del

Código Penal, tal como se explicitara supra

en el Considerando Tercero de este pronun-

ciamiento. CON COSTAS (arts. 26, 29 inc. 3º;

40, 41 y 261 del Código Penal y arts. 399 y

concordantes y 530 del C.P.P.N.). Déjase ex-

presa constancia que se imprimió al presente

el trámite de juicio abreviado previsto en el

art. 431 bis del C.P.P.N. 2do.) IMPONIENDO…

3ro.) REGULANDO los honorarios profesiona-

les… 4to.) DISPONIENDO que se notifique a

las partes haciéndose entrega de fotocopia

certificada de la presente… REGÍSTRESE,

notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en las

Acordadas 15/2013 y 24/2013 de la C.S.J.N.

y, consentida o ejecutoriada que sea, pasen

los autos a la señora Juez de Ejecución del

Tribunal (art. 493 C.P.P.N.). FIRMADO: JUAN

LEOPOLDO VELAZQUEZ- RAUL H. FERNÁN-

DEZ OROZCO- BEATRIZ E. TORTEROLA.

Ante Mi: ALEJANDRO C. ROMERO- Secreta-

rio de Cámara).-

Bahía Blanca, de septiembre de 2016.-

MARIA CECILIA YAPUR, Secretaria de Ejecu-

ción Penal

Beatriz E. Torterola Juez - Maria Cecilia Yapur

Secretaria de Ejecución Penal

e. 08/09/2016 N° 65013/16 v. 12/09/2016