N° 66590/16 Aviso del Boletín Oficial
RWLB S.A.
Texto del aviso
RWLB S.A.
Por escritura Nº 150 Folio 442 del 29/08/2016,
Registro 331 Ciudad Autónoma Buenos Aires.,
se elevo a escritura pública el Acta de Asam-
blea de fecha 14/06/2016 por la cual se resolvió
DESIGNAR NUEVAS AUTORIDADES – CAMBIO
DE DENOMINACION SOCIAL - REFORMA DE
ESTATUTO – CAMBIO DE SEDE SOCIAL. a)
CESACIÓN DE ULTIMAS AUTORIDADES: Re-
nuncian por vencimiento de su mandato el Pre-
sidente Juan Patricio García Laredo y el Director
Suplente Joaquín Werthein.- b) DESIGNACION
DE NUEVAS AUTORIDADES: PRESIDENTE: don
Juan Patricio GARCIA LAREDO; DIRECTOR SU-
PLENTE: Victoria BAS BUSTAMANTE. Los direc-
tores electos aceptan sus cargos, y constituyen
domicilio especial en Avenida Ortiz de Ocampo
3302 piso 1° modulo 3, oficina 9, Capital Fede-
ral.- c) CAMBIO DE DENOMINACION SOCIAL:
Se cambia la denominación social de la sociedad
RWLB S.A. por BAS Y GARCIA S.A.- d) REFOR-
MA DE ESTATUTO: Se reforma el ARTICULO
PRIMERO y DECIMO DEL ESTATUTO SOCIAL,
que quedan redactados de la siguiente manera:
“ARTICULO PRIMERO: DENOMINACION: La so-
ciedad se denominara “BAS Y GARCIA S.A.”, lo
que es continuadora de la sociedad que giraba
bajo la denominación RWLB S.A. y tiene domicilio
legal en la Jurisdicción de la Ciudad de Buenos
Aires, Capital de la Republica Argentina, pudien-
do establecer agencias, filiales, sucursales o
cualquier representación dentro de la Republica
Argentina o en el extranjero.” - “ARTICULO DE-
CIMO: En cumplimiento del articulo 256 de la ley
19.550; los directores titulares deberán constituir
una garantía por el ejercicio de sus funciones a
favor de la sociedad, sujeto a las siguientes con-
diciones: Los obligados a constituir la garantía
son los directores titulares. Los suplentes sólo
estarán obligados a partir del momento en que
asuman el cargo en reemplazo de titulares ce-
santes. La garantía deberá consistir en bonos,
títulos públicos o sumas de moneda nacional o
extranjera depositados en entidades financieras
o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en
fianzas, avales bancarios, seguros de caución o
de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo
costo deberá ser soportado por cada director; en
ningún caso procederá constituir la garantía me-
diante el ingreso directo de fondos a la caja social.
Cuando la garantía consista en depósitos de bo-
nos, títulos públicos o sumas de moneda nacional
o extranjera, las condiciones de su constitución
deberán asegurar su indisponibilidad mientras
esté pendiente el plazo de prescripción de even-
tuales acciones de responsabilidad. Dicho plazo
se tendrá por observado si las previsiones sobre
tal indisponibilidad contemplan un término no
menor de tres (3) años contados desde el cese
del director en el desempeño de sus funciones.
El monto de la garantía será igual para todos los
directores, no pudiendo ser inferior al sesenta por
ciento (60%) del monto del capital social en forma
conjunta entre todos los titulares designados.- “.
Segunda
e) CAMBIO DE SEDE SOCIAL: Se traslada la sede
social de la calle Viamonte 1446 piso 2° de esta
Capital a la calle Avenida Ortiz de Ocampo 3302
piso 1° modulo 3, oficina 9, Capital Federal. Auto-
rizado según instrumento público Esc. Nº 150 de
fecha 29/08/2016 Reg. Nº 331
Ana Maria Zubizarreta - Matrícula: 2238
C.E.C.B.A.
e. 13/09/2016 N° 66590/16 v. 13/09/2016