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N° 66590/16 Aviso del Boletín Oficial

RWLB S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 13 de septiembre de 2016

Texto del aviso

RWLB S.A.

Por escritura Nº 150 Folio 442 del 29/08/2016,

Registro 331 Ciudad Autónoma Buenos Aires.,

se elevo a escritura pública el Acta de Asam-

blea de fecha 14/06/2016 por la cual se resolvió

DESIGNAR NUEVAS AUTORIDADES – CAMBIO

DE DENOMINACION SOCIAL - REFORMA DE

ESTATUTO – CAMBIO DE SEDE SOCIAL. a)

CESACIÓN DE ULTIMAS AUTORIDADES: Re-

nuncian por vencimiento de su mandato el Pre-

sidente Juan Patricio García Laredo y el Director

Suplente Joaquín Werthein.- b) DESIGNACION

DE NUEVAS AUTORIDADES: PRESIDENTE: don

Juan Patricio GARCIA LAREDO; DIRECTOR SU-

PLENTE: Victoria BAS BUSTAMANTE. Los direc-

tores electos aceptan sus cargos, y constituyen

domicilio especial en Avenida Ortiz de Ocampo

3302 piso 1° modulo 3, oficina 9, Capital Fede-

ral.- c) CAMBIO DE DENOMINACION SOCIAL:

Se cambia la denominación social de la sociedad

RWLB S.A. por BAS Y GARCIA S.A.- d) REFOR-

MA DE ESTATUTO: Se reforma el ARTICULO

PRIMERO y DECIMO DEL ESTATUTO SOCIAL,

que quedan redactados de la siguiente manera:

“ARTICULO PRIMERO: DENOMINACION: La so-

ciedad se denominara “BAS Y GARCIA S.A.”, lo

que es continuadora de la sociedad que giraba

bajo la denominación RWLB S.A. y tiene domicilio

legal en la Jurisdicción de la Ciudad de Buenos

Aires, Capital de la Republica Argentina, pudien-

do establecer agencias, filiales, sucursales o

cualquier representación dentro de la Republica

Argentina o en el extranjero.” - “ARTICULO DE-

CIMO: En cumplimiento del articulo 256 de la ley

19.550; los directores titulares deberán constituir

una garantía por el ejercicio de sus funciones a

favor de la sociedad, sujeto a las siguientes con-

diciones: Los obligados a constituir la garantía

son los directores titulares. Los suplentes sólo

estarán obligados a partir del momento en que

asuman el cargo en reemplazo de titulares ce-

santes. La garantía deberá consistir en bonos,

títulos públicos o sumas de moneda nacional o

extranjera depositados en entidades financieras

o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en

fianzas, avales bancarios, seguros de caución o

de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo

costo deberá ser soportado por cada director; en

ningún caso procederá constituir la garantía me-

diante el ingreso directo de fondos a la caja social.

Cuando la garantía consista en depósitos de bo-

nos, títulos públicos o sumas de moneda nacional

o extranjera, las condiciones de su constitución

deberán asegurar su indisponibilidad mientras

esté pendiente el plazo de prescripción de even-

tuales acciones de responsabilidad. Dicho plazo

se tendrá por observado si las previsiones sobre

tal indisponibilidad contemplan un término no

menor de tres (3) años contados desde el cese

del director en el desempeño de sus funciones.

El monto de la garantía será igual para todos los

directores, no pudiendo ser inferior al sesenta por

ciento (60%) del monto del capital social en forma

conjunta entre todos los titulares designados.- “.

Segunda

e) CAMBIO DE SEDE SOCIAL: Se traslada la sede

social de la calle Viamonte 1446 piso 2° de esta

Capital a la calle Avenida Ortiz de Ocampo 3302

piso 1° modulo 3, oficina 9, Capital Federal. Auto-

rizado según instrumento público Esc. Nº 150 de

fecha 29/08/2016 Reg. Nº 331

Ana Maria Zubizarreta - Matrícula: 2238

C.E.C.B.A.

e. 13/09/2016 N° 66590/16 v. 13/09/2016