N° 66578/16 Aviso del Boletín Oficial
AGROPECUARIA LOS GROBITOS S.A.
Texto del aviso
AGROPECUARIA LOS GROBITOS S.A.
En cumplimiento del artículo 88 de la Ley
19.550 se comunica por el término de ley
que: (i) Agropecuaria Los Grobitos S.A. ha
escindido de su patrimonio un total de: Ac-
tivo: $ 9.045.416,55; Pasivo: $ 0; Patrimonio
Neto: $ 9.045.416,55; que se destinarán a
la constitución de dos nuevas sociedades
anónimas: (a) Indufina Agropecuaria S.A.: Ac-
tivo: $ 5.689.894,09; Pasivo: $ 0; Patrimonio
Neto: $ 5.689.894,09; y (b) Valjupe S.A: Ac-
tivo: $ 3.355.522,46; Pasivo: $ 0; Patrimonio
Neto: $ 3.355.522,46. Como consecuencia
de la reorganización antes descripta se
constituyen las sociedades Indufina Agrope-
cuaria S.A. y Valjupe S.A., ambas con sede
social en Jerónimo Salguero 2731, piso 6º,
oficina 61, C.A.B.A. Todo ello con efectos a
partir de la inscripción de la reorganización
societaria en la IGJ. Datos de inscripción:
Agropecuaria Los Grobitos S.A. Domicilio Le-
gal: Jerónimo Salguero 2731, piso 6º, oficina
61, C.A.B.A. Inscripción en la IGJ: número
3787, Libro 95, Tomo “A” de Sociedades Anó-
nimas con fecha 26 de septiembre de 1980.
La sociedad resolvió la escisión por Asam-
blea General Extraordinaria del 15/07/2016.
La valuación del Patrimonio Neto de la so-
ciedad, al 30/04/2016, previo a la escisión,
es la siguiente: (i) Activo: $ 560.648.979,71;
Pasivo: $ 387.744.020,30; Patrimonio Neto:
$ 172.904.959,41. La valuación del Patri-
monio Neto de la sociedad, con posteriori-
dad a la escisión, es la siguiente: (i) Activo:
$ 551.603.563,16; Pasivo: $ 387.744.020,30;
Patrimonio Neto: $ 163.859.542,86. Como
consecuencia de la escisión, Agropecuaria
Los Grobitos S.A. redujo su capital social de
$ 7.811.642 a $ 4.172.980. Las oposiciones
que establece la Ley 19.550 deberán dirigirse
a Florida 686, piso 3°, Oficina A, C.A.B.A., de
lunes a viernes de 11 a 18 horas. Autorizado
según instrumento privado Directorio de fe-
cha 01/09/2016
Ezequiel Braun Pellegrini - T°: 92 F°: 382
C.P.A.C.F.
e. 13/09/2016 N° 66578/16 v. 15/09/2016