N° 45719/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL NRO. 1
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL NRO. 1
SECCIÓN CIVIL
CÓRDOBA
El Sr. Juez del Juzgado Federal Nº 1, Secre-
taria Civil y Comercial a cargo de la Dra. Inés
de Palacios de Rodón, de la Ciudad de Cór-
doba, en estos autos caratulados: “MANSUR
DE CIANCIA ALICIA C/DIRECCION NACIO-
NAL DE VIALIDAD – S/CIVIL Y COMERCIAL
– VARIOS” - Expte. Nº 11130074/2006, se ha
resuelto notificar las siguientes Resoluciones:
“Córdoba, 05 de marzo de 2015. Y VISTOS:…,
RESULTA:…, RESUELVO: 1) Hacer lugar a la
demanda entablada por la Sra. Alicia Mansur
de Ciancia, en contra de la Dirección Nacional
de Vialidad, ordenando el pago a sus herede-
ros, Sr. Noelio Miguel Ciancia, cónyuge de la
misma y a sus hijos Marcos Andrés Ciancia
Mansur, Juan Pablo Ciancia Mansur, Andrés
Alejandro Ciancia Mansur y Marianela Cian-
cia Mansur de la suma de Pesos Treinta Mil
($ 30.000) en concepto de Daño a la Salud,
la suma de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.00) en
concepto de Pérdida de Chance, la suma de
Pesos Treinta Mil ($ 30.000) en concepto de
daño moral y la suma de Pesos Siete Mil Tres-
cientos Cuatro ($ 7.304) en concepto de daño
material. A dichas sumas deberá adicionarse
los intereses de la tasa pasiva que publica
mensualmente el BCRA desde el momento en
que se produce el hecho y hasta su efectivo
pago, con mas el 2% mensual adicional. La
suma relacionada a gastos de farmacia y de
tratamientos, los intereses indicados deberán
calcularse desde la fecha de su realización
y hasta el día de su efectivo pago, lo que
deberá determinarse con la presentación de
la planilla de liquidación correspondiente. 2)
Imponer las costas a la demandada en virtud
de su condición de vencida, en los términos
del primer párrafo del art. 68 del C.P.C.N.
del Código Procesal. Regular los honorarios
profesionales del Dr. Daniel Vocos, en el 13%
del monto del mandado a pagar, con más el
40% por su doble carácter de actuación (art.
10 de la ley 21.839). No se regulan honorarios
a la representación legal de la demandada
por ser profesional a sueldo de su mandante
y resultar perdidosa en la presente causa. 3)
Regular los honorarios para el Sr. Perito Me-
cánico Ingeniero Luis Enrique Cianciola, en la
Suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000) y para la
Perito Contable, Contadora Antonia del Valle
Marsal, la Suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000).
En relación a los montos mandados pagar co-
rresponde aplicarles la tasa pasiva promedio
que publica mensualmente el B.C.R.A. desde
que quede firme el presente decisorio y hasta
su efectivo pago. 4) Fijar la tasa de justicia, en
el 3% del capital mas intereses la que deberá
ser cumplimentada por la demandada, dentro
del plazo de 5 días de notificada. Asimismo
corresponde recordar a los letrados intervi-
nientes, el cumplimiento de los aportes previ-
sionales y colegiales; todo de conformidad a
la resolución 434/10 emanada del Consejo de
la Magistratura de la República Argentina y la
aclaratoria efectuada con fecha 10/04/12 por
la Excma. Cámara Federal de Apelaciones.
Atento lo dispuesto por la Excma. Cámara Fe-
deral de Apelaciones en la acordada 216/2014
en cuanto dispone la obligatoriedad del cum-
plimiento de las acordadas 14/13, 38/13 y 7/14
de la CSJN, requiérase a las partes respecto
a las causas anteriores al 1/4/2014 procedan
a voluntariamente constituir domicilio elec-
trónico a fin de agilizar la tramitación de las
Jueves 15 de septiembre de 2016
causas 5) Establecer un plazo de diez días,
para el cumplimiento de la sentencia a partir
de que quede firme la liquidación respectiva.
6) Protocolícese y hágase saber. Fdo. RI-
CARDO BUSTOS FIERRO – JUEZ FEDERAL”-
Córdoba, 13 de abril de 2015. Y VISTOS:…,
Y CONSIDERANDO:…, RESUELVO: 1) Hacer
lugar a la aclaratoria solicitada indicando que
en el Resuelvo 1 párrafo 1, debió decirse:
“…y la suma de Pesos Veinticuatro Mil Cua-
trocientos Cuatro ($ 24404) en concepto de
daño material…”., como así también regular
los honorarios del Sr. médico Perito Oficial,
Dr. Juan Carlos Pesci, en la suma de Pesos
Cinco Mil ($ 5000). 2) Protocolícese y hágase
saber. Fdo. RICARDO BUSTOS FIERRO –
JUEZ FEDERAL”-
RICARDO BUSTOS FIERRO Juez - RICARDO
BUSTOS FIERRO
e. 13/09/2016 N° 45719/16 v. 15/09/2016