N° 68760/16 Aviso del Boletín Oficial
BANCO SANTANDER RIO S.A.
Texto del aviso
BANCO SANTANDER RIO S.A.
garantías personales o reales en las condiciones,
plazos y forma de financiación que disponga el
Directorio de acuerdo con las normas legales y re- En cumplimiento del artículo 10 de la Ley Nº 23.576
(y sus modificatorias) se informa: a) El Programa glamentarias vigentes en la materia; 17º) Dar fian-
zas o garantías por obligaciones o contratos de Global de Emisión de Obligaciones Negociables
tercero; 18º) Tener cajas de seguridad para uso de por un monto nominal máximo en circulación en
la clientela; 19º) Recibir bienes inmuebles o mue- cualquier momento de hasta US$ 500.000.000 (o
bles y semovientes, en prenda o en hipoteca, en su equivalente en otras monedas) (el “Programa”),
garantía de deudas existentes o de créditos que aprobado mediante asambleas de accionistas del
Banco Santander Río S.A. (el “BSR”) del 16/2/2007, acuerde, o como refuerzo de garantía, por cuenta
propia o por cuenta de terceros. Podrá también 14/4/2009, 29/3/2012, y las reuniones de Directorio
comprar bienes inmuebles para uso propio, mue- de BSR de fecha 14/3/2011, 28/9/2011, 23/1/2012 y
bles y aceptar daciones en pago, ya sea para faci- 9/4/2013 y cuya prórroga fuera aprobada en virtud
litar la realización o liquidación de operaciones o de lo resuelto por reunión del Directorio de BSR de
cuentas pendientes. Los bienes así adquiridos o fecha 16/01/2015, fue autorizado por la Comisión
Nacional de Valores (“CNV”) mediante Resolución los que el Banco tiene en la actualidad podrán ser
vendidos para liquidación de cuentas. Podrá asi- Nº 15.860, de fecha 17 de abril de 2008 y prorroga-
mismo adquirir en propiedad con el objeto de de- do mediante Resolución Nº 17.111 de fecha 19 de
fender su crédito, aquellos bienes inmuebles que junio de 2013. Mediante reunión del Directorio del
reconozcan hipoteca u otros gravámenes a favor BSR de fecha 10/08/2016, y acta de subdelegado
del Banco; 20º) Aceptar y desempeñar los cargos de fecha 8/09/2016, se resolvió la emisión de obli-
gaciones negociables Clase XIV por un monto total de interventor, síndico, liquidador, por sí solo o en
unión de otras personas o entidades, en los casos de hasta V/N $ 150.000.000, ampliable (conjunta-
de convocatoria, quiebras, concursos, liquidacio- mente con las obligaciones negociables Clase XV)
nes extrajudiciales y otros casos análogos; 21º) por hasta V/N $ 1.000.000.000, y obligaciones ne-
Participar en: a) Toda clase de entidades financie- gociables Clase XV por un monto total de hasta
ras o de operaciones o servicios auxiliares o vincu- V/N $ 150.000.000, ampliable (conjuntamente con
las obligaciones negociables Clase XIV) por hasta ladas a los mercados financieros, mercados de
capitales del país o del exterior; b) En entidades V/N $ 1.000.000.000 (las “ONs”). b) BSR es una
emisoras u operadoras de tarjetas de compra o de sociedad anónima con domicilio en Bartolomé Mi-
crédito, en entidades de jubilación privada, segu- tre 480, (C1036AAH) Ciudad de Buenos Aires,
ros de retiro y previsionales, seguros de vida y se- constituida en La Plata, Provincia de Buenos Aires,
guros generales, del país o del exterior; c) En enti- el 20 de junio de 1908, con duración hasta el 31 de
julio del año 2107, inscripta en el Registro Público dades de transferencias de fondos, de cobros y
pagos, de transmisión de datos, de comunicacio- de Comercio de la Capital Federal el 14 de mayo de
nes financieras, de procesamientos de servicios 1968 bajo el número 1215 al Folio 64 del Libro 66,
financieros; d) En cuantas más entidades, activida- Tomo A de Estatutos Nacionales. c) BSR es un
des o empresas, desarrollen o produzcan servi- banco comercial autorizado por el Banco Central
cios, actividades o negocios financieros, de segu- de la República Argentina en los términos de la Ley
21.526 (y modificatorias) y tiene plena capacidad ros o de apoyo a las mismas. Todas estas partici-
paciones, actividades o inversiones deberán en- jurídica para adquirir derechos, contraer obligacio-
cuadrarse en las leyes y reglamentos que regulan nes y ejercer los actos que no sean prohibidos por
la actividad del Banco en la República Argentina y las leyes aplicables o por su estatuto y para cumplir
en las jurisdicciones en las que opere. En especial con tal fin tiene por objeto social tanto en moneda
se ajustarán a las disposiciones del Banco Central nacional o extranjera: 1º) Recibir depósitos en
cuenta corriente, a plazo fijo, en caja de ahorros y de la República Argentina, Comisión Nacional de
Valores, y demás organismos y entidades compe- en cualquier otra forma que se determine; 2º) Des-
tentes argentinos o del exterior. Asimismo, podrá contar, girar, recibir, cobrar, aceptar y pagar che-
actuar bajo cualquier categoría de “Agente” con ques, letras de cambio, pagarés y otros títulos de
todas las facultades y atribuciones contempladas comercio interior o exterior, sea por cuenta propia
en la Ley de Mercado de Capitales y su reglamen- o de terceros; 3º) Abrir créditos en cuenta corrien-
te, con o sin garantías, a personas o sociedades y tación, previo cumplimiento de los requisitos y exi-
gencias que fije la Comisión Nacional de Valores. a los gobiernos o reparticiones nacionales, provin-
d) El capital social de BSR al 30/06/2016 era ciales o municipales; 4º) Hacer anticipos y présta-
$ 1.078.875.015 y su patrimonio neto al 30/06/2016 mos, sobre depósitos o garantías de fondos públi-
es miles $ 18.368.760 e) Las Obligaciones Nego- cos, títulos de renta, acciones de sociedades anó-
ciables Clase XIV se emiten en pesos por un monto nimas, monedas de oro y plata, conocimientos,
warrants y mercaderías en depósito y sobre todo de $ 239.000.000, y las Obligaciones Negociables
Clase XV se emiten en pesos por un monto de título admitido a la negociación en la Bolsa de Co-
$ 505.000.000. f) BSR posee deuda por obligacio- mercio o que no siendo negociable en bolsa por su
nes negociables emitidas con anterioridad por notorio valor a juicio del Directorio, pueda ser to-
$ 2.206.061.401 y no posee deuda con privilegios. mado en garantía; 5º) Comprar, vender o negociar
De conformidad con la legislación argentina, los por propia cuenta o por cuenta de terceros, títulos
públicos o privados, papeles, valores, acciones, depositantes de BSR tienen ciertos derechos de
prioridad en el pago respecto de todos los otros obligaciones negociables ya sea actuando como
acreedores quirografarios de BSR. g) Las ONs banco agente, colocador, ya sean de empresas
constituyen obligaciones simples, directas e in- públicas o privadas y tanto en los mercados nacio-
condicionales del BSR, con garantía común sobre nales o internacionales; 6º) Cobrar y pagar por
su patrimonio, y calificarán pari passu entre ellas y cuenta de terceros intereses, dividendos, rentas y
además efectuar operaciones de valores al cobro; con todas las otras deudas no garantizadas y no
subordinadas del BSR tanto presentes como futu- 7º) Emitir cheques, letras, conformes y obligacio-
ras, con aquellas excepciones establecidas o que nes y títulos de deuda; 8º) Redescontar los valores
pudieran establecer las leyes argentinas aplica- de su cartera, ya sea por medio de la cesión a una
bles. h) Las Obligaciones Negociables Clase XIV entidad pública o privada, nacional o extranjera, o
vencerán el 19 de marzo de 2018 y las obligaciones mediante la titulización o securitización de la mis-
ma, emitiendo los correspondientes certificados negociables Clase XV vencerán el 19 de septiem-
bre de 2019. El pago del capital se efectuará en un de participación; 9º) Recibir en depósito para su
único pago al vencimiento de cada una de las cla- custodia títulos, metales preciosos y otros valores;
ses de las ONs. i) Las obligaciones negociables 10º) Celebrar contratos de fideicomiso, pudiendo
Clase XIV y XV devengarán intereses a tasa varia- asumir la figura de fiduciante, fiduciario, beneficia-
ble, que será equivalente a la Tasa de Referencia rio o fideicomisario; 11º) Celebrar contratos de
leasing, tanto de valores mobiliarios como de in- más un Margen de Corte de 2,25% y 3,15% nomi-
nal anual, respectivamente, y serán pagados tri- muebles; 12º) Aceptar mandatos, tanto de carácter
mestralmente. El capital no será actualizado. j) Las comercial como civil y ejercer la representación de
ONs no serán convertibles en acciones. Los térmi- terceros; 13º) Hacer préstamos con o sin garantías
nos en mayúscula no definidos en el presente avi- personales o reales, en las condiciones, plazos y
so de emisión, tienen el significado a ellos asigna- forma de financiación que disponga el Directorio
de acuerdo con las normas legales y reglamenta- do en el prospecto del Programa de fecha 6/5/2016
y/o en el suplemento de precio de las Obligaciones rias vigentes en la materia; 14º) Aceptar represen-
Negociables Clases XIV y XV de fecha 8/9/2016, taciones correspondientes a firmas existentes en
publicados en la autopista de información financie- el país o el extranjero, así como comisiones o
ra de la CNV, el boletín diario de la Bolsa de Comer- consignaciones, pudiendo además concurrir a lici-
cio de Buenos Aires (“BCBA”), en virtud de la dele- taciones y a la obtención de concesiones por
cuenta de terceros y propias dentro de las normas gación de facultades otorgadas por el Mercado de
Valores de Buenos Aires S.A. a la BCBA, de con- legales que rigen las actividades bancarias en el
formidad con lo dispuesto en la Resolución territorio de la Nación; 15º) Tomar a su cargo la
Nº 17.501 de la CNV y en el boletín diario del Mer- administración de propiedades y de bienes en ge-
cado Abierto Electrónico S.A. Autorizado según neral por cuenta de terceros comprendiendo en
instrumento privado Acta 3646 de fecha 28/12/2012 esto la compra, venta, las cobranzas de saldo de
precio o cuotas de bienes raíces, vendidos a pla- Leonidas Ramón Castillo Carrillo - T°: 62 F°: 885
zos o en cualquier otra forma; 16º) Realizar opera- C.P.A.C.F.
ciones de letras o de créditos relacionados con el
comercio de importación y exportación, con o sin
e. 20/09/2016 N° 68760/16 v. 20/09/2016