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N° 68678/16 Aviso del Boletín Oficial

estas de ámbito Municipal, Provincial y/o Na- Comisión Revisora de Cuentas, la que a su vez

Partidos Políticos martes, 20 de septiembre de 2016

Texto del aviso

estas de ámbito Municipal, Provincial y/o Na- Comisión Revisora de Cuentas, la que a su vez

MOVIMIENTO POPULAR FUEGUINO

f) Aquellos que perciban o hubieren percibido cional en administración y/o gobiernos a cargo deberá expedirse en un plazo no mayor a los

ingresos económicos de todo tipo que no pro- de partidos políticos y/o alianzas y/o frentes treinta (30) días corridos, a efectos de dar cum- Distrito Tierra del Fuego, Antártida e Islas

cedan de fuentes lícitas, y pueda acreditarse tal electorales distintos y/o del que el MPF no sea plimiento al Art. 23 de la Ley Nacional N° 26.215 del Atlántico Sur

situación mediante sentencia judicial firme. parte o haya celebrado oportunamente acuer- de Financiamiento de Partidos Políticos.

EDICTO

dos programáticos y/o alianzas sin la debida

g) Aquellos que sean dados de baja en su con- El Juzgado Federal de Primera Instancia de Us-

autorización de la Convención. Se deberá En tal circunstancia se aprobará o rechazará dicho

dición de afiliados por parte de autoridades huaia con Competencia Electoral en el Distrito de

garantizar el derecho de defensa del afiliado. instrumento. Una vez aprobado por la comisión,

partidarias competentes por no cumplir los Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico

sus miembros serán responsables ante la Junta

requisitos establecidos en el art 2°, o, mediante Sur, a cargo del Dr. Federico H. CALVETE, hace

CAPITULO III

Central de toda ulterioridad que sugiera. Este pro-

resolución fundada, por manifiesto incum- saber, en cumplimiento de lo establecido por el

cedimiento deberá regirse por lo establecido en el

plimiento de la presente Carta Orgánica. art. 14 y 63 2do párrafo de la Ley Orgánica de

ARTICULO 7°.- Las Juntas Departamentales Título II Capítulo I de la Ley Nacional N° 26.215 de

Partidos Políticos N° 23.298, que con fecha 01

llevarán debidamente actualizados y ordena- Financiamiento de Partidos Políticos.

ARTICULO 4°.- Derechos del afiliado. de septiembre de 2016, a fs. 177 de los autos

dos el Registro de Afiliados y el Padrón, los que

caratulados “Incidente N° 1 - AGRUPACION

podrán ser consultados por los afiliados.-

CAPITULO V

POLITICA: MOVIMIENTO POPULAR FUEGUINO a) Sugerir y peticionar ante las autoridades par-

s/INCIDENTE”, Expte. CNE 24000068/1982, se tidarias.

CAPITULO IV

ARTICULO 13°.- De la documentación:

ha dictado resolución que aprueba modificación

texto Carta Orgánica Partidaria, que en su parte b) Participar de las actividades partidarias y ARTICULO 8°.- El Patrimonio del M.P.F estará La documentación se ajustará a lo establecido

resolutiva se transcribe: “///uaia, 01 de septiem- promover su acción.

integrado por:

por la Ley Nacional N° 26.215 de Financiamien-

17 Martes 20 de septiembre de 2016

Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.465

to de Partidos Políticos. La Convención, la ARTICULO 24°.- La Presidencia corresponderá

CAPITULO VIII

b) Administrar las finanzas de dichas Juntas de

Junta Central, las Juntas Departamentales y a los años pares a la ciudad de Ushuaia y los

acuerdo a las Normas de esta Carta Orgánica.

la Junta de Disciplina, deberán llevar libros de impares a la ciudad de Río Grande.

ARTÍCULO 30°.- Junta Central:

Actas y de Resoluciones.

c) Resolver sobre las solicitudes de afiliación.

ARTICULO 25°.- Los convencionales restantes La Junta Central estará integrada por el Presi-

ARTICULO 14°.- Las Juntas Departamentales se ordenaran por ciudades. En Primer Conven- dente, el Vicepresidente y los secretarios polí- d) Dirigir las Campañas Políticas en su Depar-

intercambiarán información relativa a sus res- cional, Segundo Convencional y Tercer Con- ticos de cada departamento, como así también tamento de acuerdo a las pautas establecidas

vencional, los cuales reemplazarán únicamente la totalidad de los miembros electos del Partido. pectivos distritos, incluyendo afiliaciones, mo-

por la Junta Central.

dificación de padrones y/o cualquier otro tema al Secretario y Prosecretario.

de su interés.

ARTICULO 31°.- La Presidencia será ejercida e) Orientar y considerar la actuación de las au-

ARTICULO 26°.- En caso de ausencia tempora- en forma alternada por el Presidente de cada toridades municipales.

ria de la Presidencia y Vicepresidencia asumirá Junta Departamental, el cual durará un año en CAPITULO VI

la conducción el Secretario.

su función.-

f) Llevar ficheros de afiliados y padrones de-

ARTÍCULO 15°.- Estructura Orgánica:

bidamente actualizados, además de toda otra

ARTICULO 27°.- En el caso de acefalía del Pre- ARTICULO 32°.- La Vicepresidencia correspon- documentación que ordene el Estatuto de los

sidente, del Vicepresidente, o de ambos, asu- derá al Departamento que no ejerza la Presi- Partidos Políticos. El funcionamiento del M.P.F. estará organizado

mirá el primer Convencional del Departamento dencia. de acuerdo con la siguiente estructura:

que ostentara la Presidencia y Vicepresidencia,

g) Designar un apoderado titular y un suplente

resolviendo en término de cuarenta y ocho (48) ARTICULO 33°.- Los Secretarios Políticos se al- por Departamento. a) Convención.

horas dicha situación conforme a lo establecido ternarán en el Ejercicio de sus funciones como

en el artículo 23°.

Secretario de Actas.-

La Junta Departamental de Tolhuin tendrá las

b) Junta Central.

mismas atribuciones que las de Río Grande y

ARTICULO 28°.- Los convencionales Suplen- ARTICULO 34°.- Formarán quórum para se- Ushuaia.

c) Junta Departamental.

tes asumirán automáticamente según el orden sionar la Junta Central con la mitad mas uno

preestablecido con voz y voto cargos titulares de sus miembros y todos tendrán voz y voto, La Junta Departamental de Tolhuin estará inte-

d) Juventud Fueguina.

en el caso de ausencia temporaria justificada y deberán reunirse como mínimo una vez cada grada por:

o acefalía.

treinta (30) días corridos.-

e) Junta de Disciplina.

1 Un Delegado Titular

ARTÍCULO 29°.- Atribuciones y Obligaciones ARTICULO 35°.- La Junta Central tendrá las

f) Comisión revisora de Cuentas.

de la Convención:

siguientes atribuciones y obligaciones:

1 Un Delegado Suplente.

a) Considerar y aprobar la plataforma electoral ARTICULO 16°.- Será condición indispensable

a) Proyectar y presupuestar la Campaña Electoral. Los Delegados Titular y Suplente, integraran la

y fijar las pautas y/o lineamientos políticos del para integrar cualquiera de los órganos indica-

Junta Central en representación de su Depar-

dos en el Artículo anterior ser afiliado al partido Partido.

tamento.

b) Proyectar la Plataforma Electoral.

y dos años de antigüedad.

b) Promulgar la lista de candidatos a cargos elec-

Para el Departamento Tolhuin se elegirá de

tivos, previa conformidad de la Junta Electoral. c) Organizar y supervisar las Elecciones Internas.

CAPITULO VII

acuerdo al articulo 57 de la presente.

c) Aprobar la Alianza, Confederación y/o acuer- d) Proponer a la Convención los lineamientos polí- ARTICULO 39°.- Las Autoridades Departamen- ARTÍCULO 17°.- La Convención:

dos programáticos con otros partidos políticos. ticos del Partido y efectuarlos una vez aprobados. tales durarán cuatro (4) años en sus funciones y

podrán ser reelectos. La Convención será el órgano de jerarquía

d) Modificar y reglamentar la Carta Orgánica. e) Llevar Libro de Actas Internas. máximo dentro del Partido y estará constituido

En el momento en el que todos los miembros por diecisiete (17) miembros titulares y nueve (9)

e) Decidir sobre las impugnaciones que se rea-

suplentes que representen a un Departamento suplentes elegidos por el voto directo y secreto

f) Reglamentar su funcionamiento interno.

lizaren en las elecciones internas y juzgar la va-

hubieran asumido la titularidad de la Junta De- de los afiliados.

lidez de los títulos y poderes de sus miembros.

partamental, deberá comunicarse tal novedad a

g) Organizar, dirigir y difundir los Actos Parti-

la Junta Central a los efectos de que ésta proceda

La participación de cada Departamento será la

darios.

f) Solicitar informes a las Juntas Departamen-

a llamar a elecciones para su reemplazo, la cual

siguiente 8 titulares y 4 suplentes por el Depar-

tales, Junta Central, a los representantes del

deberá celebrarse dentro de los sesenta (60) días.

tamento de Ushuaia y Río Grande 1 titular y 1

h) Designar los miembros de la Comisión Revi- Partido que ejerzan cargos públicos, electivos suplente por el departamento de Tolhuin.-

sora de Cuentas. partidarios y/o políticos, los que deberán ser

CAPITULO X

contestados en quince (15) días.

ARTICULO 18°.- Los convencionales durarán

ARTICULO 36°.- Tendrá su sede en la ciudad de ARTICULO 40°.- Junta de Disciplina:

cuatro (4) años en sus funciones y podrán ser

g) Decidir sobre los recursos que se interpon- Ushuaia y Río Grande, según el Departamento

reelectos.

gan por cualquier acto de las Juntas Departa- que ocupe la Presidencia.

La Junta de Disciplina es el órgano encargado

mentales y/o Central.-

de juzgar la disciplina y conducta política y par-

En el momento en el que todos sus miembros

ARTICULO 37°.- Los miembros de la Junta tidaria de los afiliados.

suplentes que representen a un Departamento,

h) Autorizar por la vía de excepción la candi- Central durarán cuatro (4) años pudiendo ser

hubieren asumido la titularidad en la Convección,

datura de ciudadano no afiliados al Partido o reelectos.

ARTICULO 41°.- La Junta de Disciplina será ele-

deberá comunicarse tal novedad a la Junta Cen-

afiliados sin antigüedad suficiente previa a su

gida por voto directo y secreto de los afiliados.

tral a los efectos de que esta proceda a llamar a

postulación.

CAPITULO IX elecciones internas para su reemplazo, la cuál

Estará integrado por cuatro (4) miembros titula-

deberá celebrarse dentro de los sesenta (60) días.

i) Convocar a la Junta de Disciplina si lo consi-

res y dos (2) suplentes. ARTÍCULO 38°.- Las Juntas Departamentales

dera conveniente.

serán elegidas en los términos del artículo 57° ARTICULO 19°.- La convención formará quórum

Durarán cuatro (4) años pudiendo ser reelectos.

con nueve (9) de sus miembros titulares, las de-

de la presente Carta Orgánica.

j) Analizar la conducta de los miembros inte-

cisiones serán aprobadas por simple mayoría de

grantes de las Juntas Departamentales, Cen-

Dentro de los quince (15) días de elegidos la

votos de los miembros presentes. En caso de

Las Juntas Departamentales de Río Grande y

tral y demás Órganos Partidarios, como así

Junta de Disciplina designará un Presidente y

empate el Presidente tendrá doble voto.

Ushuaia estarán integradas por:

también de los representantes del Partido, que

un Secretario.

cumplan funciones públicas electivas y/o parti-

ARTICULO 20°.- La convención se constituirá

-Un Presidente. darias ya sean del ámbito Nacional, Provincial,

El Presidente tiene doble voto en caso de empate.

en forma extraordinaria dentro de los siete (7) Municipal y afiliados en general según el infor-

días de su convocatoria a solicitud de:

me y dictamen que eleve la Junta de Disciplina. -Un Vicepresidente.

Formará quórum con la presencia de tres (3) de

sus miembros titulares.

a) Junta Central.

J) bis. Autorizar a los AFILIADOS que así lo soli- -Un Secretario Político

citen a ejercer funciones publicas ya sean estas

ARTICULO 42°.- A solicitud de la Convención

b) A solicitud de treinta (30) o más afiliados. del ámbito Municipal, Provincial y/o Nacional -Un Secretario Administrativo.

Provincial y/o a requerimiento por nota firmada

en administraciones y/o Gobiernos a cargo de

por mas de treinta (30) afiliados, la Junta de

ARTÍCULO 21°.- La solicitud de convocatoria Partidos Políticos y/o Alianzas y/o Frentes Elec- -Un Prosecretario Administrativo

Disciplina deberá reunirse, dentro de los quince

enunciada en el inciso b) del artículo 20° deberá torales distintos y/o del que el MPF no sea parte

(15) días corridos a su convocatoria.

o haya celebrado oportunamente acuerdos ser presentada por escrito a la Junta Departa-

-Un Tesorero.

mental correspondiente la cuál deberá elevarla programáticos y/o Alianzas.

ARTICULO 43°.- La Junta de Disciplina dictará

a la Convención en el plazo de cuarenta y ocho

-Un Protesorero.

dentro de los treinta (30) días de su constitución

(48) horas y notificar en el mismo plazo a la otra k) Resolver las cuestiones no previstas en la pre-

su Reglamento Interno, el que será aprobado

Junta Departamental.

sente y en el Estatuto de los Partidos Políticos. -Un Secretario de Prensa

por la Convención.

ARTICULO 22°.- La convención deberá reunirse l) La Convención tendrá facultades de intervenir -Cuatro Vocales Titulares.

ARTICULO 44°.- La Junta de Disciplina elevará

obligatoriamente cada noventa (90) días corridos. a las Juntas Departamentales y/o Central. En

a la Convención Provincial, en el Plazo de trein-

los casos en que resulte afectado en el normal

ta (30) días corridos, el informe y dictamen que -Seis Vocales Suplentes.

desenvolvimiento del Partido. ARTICULO 23°.- Dentro de los quince (15) días

resulte del motivo que dió origen a su convo-

de su constitución, establecidas las elecciones,

Se reunirá ordinariamente, de acuerdo al cro- catoria.

la Convención efectuará su primera reunión en m) La Convención resolverá los asuntos some- nograma que la junta establezca al momento

el transcurso de la cuál se elegirá por simple ma- tidos a su consideración por las Juntas Depar- de su conformación, para tratar las cuestiones

CAPITULO XI

tamentales y/o Central.

partidarias inherentes a sus jurisdicciones. Lo yoría de votos: un Secretario y un Prosecretario,

dichos cargos se ocuparán en forma alternada,

harán en forma extraordinaria por citación de ARTÍCULO 45°.- Comisión Revisora de Cuen-

el Secretario corresponderá al Departamento n) Considerar y aprobar los apoderados, titular su Presidente o a solicitud de cuatro (4) de sus tas:

que ocupe la Presidencia y el Prosecretario al y suplente, elegidos por cada Departamento, miembros titulares.

Departamento que ocupe la Vicepresidencia, ante la Justicia Electoral.

Será el órgano encargado de la fiscalización

correspondiendo un año a cada Departamento.

Las Juntas Departamentales tendrán además contable.

El Presidente y el Vicepresidente serán los can- ñ) Llevar Libro de Actas internas.

las siguientes atribuciones y obligaciones:

didatos que encabezan las listas ganadoras en

Se integrará con tres (3) miembros elegidos por

cada Distrito respectivamente.

o) Decretar la extinción del Partido.

a) Crear comisiones de estudios.

la Junta Central.

18 Martes 20 de septiembre de 2016

Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.465

Durarán cuatro (4) años y podrán ser reelectos. -Un Presidente

(10%) de los votos emitidos en la última elec- acuerdo a lo estipulado en el artículo 57° de la

ción interna.

presente Carta Orgánica respecto de la partici-

ARTICULO 46°.- La Comisión Revisora de -Un Vicepresidente

pación de las minorías.

Cuentas tendrá las siguientes atribuciones y

La Comisión Electoral deberá efectuar un testeo

obligaciones:

-Un Secretario Político

con respecto a la identidad de los avalistas, en Para la conformación final de la lista se interca-

caso de comprobarse falsificaciones de firmas, lará un candidato de cada ciudad, acordando

a) Examinar los Libros, constancias y toda otra -Un Secretario Administrativo

la lista que los contenga quedará invalidada y que la lista será encabezada por el candidato a

no podrá participar de las elecciones internas. Legislador que pertenezca a la ciudad de la que documentación contable del Partido.

no es el candidato a Gobernador. -Un Tesorero

b) Verificar cuantas veces lo considere perti-

Los candidatos a cargos partidarios o electivos

nente y a su solo requerimiento, el estado de -Dos Vocales Titulares

no pueden avalar o ser auspiciantes de su pro- ARTICULO 58° TER.- A Los efectos de la con-

cuenta, existencia de valores en caja y bancos,

pia lista.

formación de la Lista de candidatos a oficializar

para cargos de Diputado Nacional o Senador y toda otra documentación que considere ne- -Tres Vocales Suplentes

Nacional se convocará a Elecciones Internas, cesaria.

Será requisito indispensable para que la Comi-

de acuerdo al siguiente procedimiento: CAPITULO XIII

sión Electoral oficialice la lista, que los candida-

c) Emitir dictamen sobre la memoria y balance,

tos den su aprobación para su inclusión en la

inventario y cuenta de gastos y recursos pre-

misma, para lo cual deberán firmarla o realizar 1) Se realizará mediante el voto directo y secre- ARTÍCULO 48°.- Elecciones Internas:

comunicación fehaciente en taI sentido.

to de los afiliados, constituyendo al efecto un sentados por la Junta Central.

solo distrito electoral.- Con noventa (90) días de anticipación a la ter-

d) Cumplimentar con las disposiciones conta- minación de los mandatos para cargos direc- ARTICULO 56°.- A los efectos de las Eleccio-

bles contempladas en la Ley Nacional N° 26.215 tivos del Partido y cuarenta y cinco (45) días nes Internas para cargos partidarios podrán 2) Se presentarán por listas completas, para

de Financiamiento de Partidos Políticos.

como mínimo, la Junta Central convocará a los considerarse únicamente las listas con titulares cada uno de los estamentos.-

representantes de una Junta Departamental, afiliados a las Elecciones Internas dándose la

salvo para elecciones de los miembros de la 3) Cada una de las listas presentadas deberá CAPITULO XII

difusión legal correspondiente.

dar estricto cumplimiento, en su conformación Junta de Disciplina.

al artículo 133° de la Ley 201. ARTICULO 49°.- Las elecciones internas lo se- ARTÍCULO 47°.- Juventud:

rán en todos los casos por voto directo y secre- ARTICULO 57°.- En las Elecciones Internas

para los cargos Partidarios y Públicos Electi- 4) Para el caso en que deba elegirse un solo Cada Junta Departamental organizará dentro to de los afiliados.

vos de Concejales, Legisladores Provinciales, cargo nominativo titular la elección se realizará de su jurisdicción, la Juventud; la que represen-

por simple mayoría de sufragios.- tará a los afiliados menores de treinta (30) años ARTICULO 50°.- La Comisión Electoral estará Legisladores Nacionales, Constituyentes Mu-

integrada por Cinco (5) miembros titulares y nicipales, Provinciales y Nacionales será por cumplidos.

5) Los cargos suplentes serán cubiertos por Tres (3) suplentes elegido por la Junta Central el voto directo y secreto de los afiliados y se

adoptará el criterio de lista completa. Para el los candidatos titulares que no hayan entrado

El hecho de tener una edad comprendida den- por simple mayoría de votos y caducarán al

caso de presentación de mas de una lista se le como tales, y conforme al orden que tenían en

tro de los límites establecidos para participar constituirse las nuevas autoridades.

asignara a la lista ganadora las 2/3 partes de los sus listas.-

de la Juventud, no limita el acceso a ocupar

La participación será dos (2) Titulares y Un (1) cargos principales conforme al detalle de los cargos partidarios y/o electivos.

6) La Convención se reserva la atribución de or- Suplente por los Departamentos de Ushuaia y cargos nominativos correspondientes, la terce-

denar a los candidatos definitivos, a efectos de ra parte restante será ocupada por la minoría y La Juventud estará integrada por:

Río Grande respectivamente y un (1) Titular y Un

en el orden que los candidatos ocupen en su dar cumplimiento al artículo 133° de la Ley 201. (1) Suplente por el Departamento de Tolhuin

lista, siempre que obtengan el 25% como mí- A tal efecto, y si la modificación del orden de los

-Un Presidente.

nimo de los votos válidos emitidos. Los cargos candidatos resultara necesaria en función del ARTICULO 51°.- El Padrón Partidario lo formará

cupo femenino, se integrará la lista definitiva de la Comisión Electoral a cuyos efectos la Junta suplentes serán cubiertos por los candidatos

-Un Vicepresidente.

candidatos titulares con el primer candidato fe- Central y las Departamentales entregarán los titulares que no hayan entrado como titulares

menino de la lista correspondiente a la minoría.- y conforme el orden que tenían en sus listas.- respectivos registros y fichas, debiendo fijar -Un Secretario Político.

período de tacha y/o para subsanar omisiones

CAPITULO XIV

7) La boletas Generales serán confeccionadas por falta de inscripción. -Un Secretario de Actas

por la Comisión Electoral, con cargo a cada una

de las juntas departamentales, en forma propor- ARTICULO 52°.- Toda cuestión relacionada ARTÍCULO 58°- Cargos Electivos:

-Un Prosecretario

cional al número de afiliados de cada distrito.- con las Elecciones Internas será resuelta por la

Para las elecciones a cargos públicos electi- Comisión Electoral que se regirá por ésta Carta

-Un Tesorero

vos de Concejales, Legisladores Provinciales, ARTICULO 59°.- Todos los candidatos en el acto Orgánica y dará estricto cumplimiento a lo es-

de ser proclamados entregarán a la Junta res- tudiado en la Ley Orgánica de los Partidos Polí- Constituyentes Nacionales, Provinciales y Mu-

-Un Protesorero

pectiva la renuncia a sus cargos de que se trate, ticos, siendo único organismo competente para nicipales Se procederá de la siguiente forma:

a los efectos de que el Órgano Partidario cum- entender en todo acto comicial y para aprobar

-Un Secretario de Prensa

plimente lo establecido en el artículo anterior. 1) Se presentarán por listas completas y la las elecciones.

Comisión Electoral preparará, a los efectos de

-Cuatro Vocales Titulares.

ARTICULO 60°.- Para ser candidatos a cargos ARTICULO 53°.- En los casos de Elecciones la realización del acto eleccionario, una Boleta

partidarios y/o electivos, se requiere una an- Nacionales. Provinciales y/o Municipales para General por categoría de estamento a elegir,

-Seis Vocales Suplentes.

tigüedad mínima como afiliado al Partido de ocupar cargos electivos, la Junta Central con- donde se detallará los candidatos, agrupados

cinco (5) años a contar desde la ultima fecha e identificados conforme a la lista que los pro- vocará a comicios internos procurando fijar

de afiliación, salvo lo contemplado en el artículo Los miembros de la Juventud serán elegidos

puso.- el mayor plazo para el mismo, dentro de las

por el voto directo y secreto de los afiliados

29° inciso h) de la presente Carta Orgánica. posibilidades legales y de orden proselitista

menores de treinta (30) años cumplidos.

tendiendo con ello a asegurar el éxito de la 2) Las Boletas Generales serán confeccionadas

ARTÍCULO 61°.- El afiliado que resulte designa- campaña.

por la Comisión Electoral, con cargo a la Junta

do para desempeñar una función pública elec- Para aceptar y acceder a un cargo de la Juven-

Departamental correspondiente.

tiva., o no, en el Orden Nacional, Provincial y/o tud el afiliado deberá contar con una antigüe- ARTICULO 54°- El Padrón de afiliados per-

Municipal, podrá simultáneamente desempeñar dad no menor a un año de afiliación.

manecerá abierto en la forma dispuesta en el 3) Luego del escrutinio la Comisión Electoral

cargos partidarios.

artículo 2° de la presente Carta Orgánica, de- ordenará la Lista a oficializar conforme a la

Los mismos durarán cuatro (4) años y podrán biendo disponer la amplia publicidad a efectos cantidad de votos obtenidos, debiendo la Con-

CAPITULO XV ser reelectos.

de asegurar su fiscalización.

vención, previo a la promulgación, ejercer la

atribución indicada en el artículo 58° Bis.-

ARTÍCULO 62°.- Extinción: Dictarán su Reglamento Interno dentro de los ARTICULO 55°.- Hasta treinta (30) días antes de

treinta (30) días de su constitución el cual pon- las Elecciones Internas los núcleos de afiliados ARTICULO 58° BIS.- Para conformar la lista

El partido se extinguirá por: drá a consideración de la Junta Departamental que auspicien lista de candidatos presentarán definitiva de Legisladores Provinciales, cada lo-

correspondiente.

las mismas a la Comisión Electoral a los efectos calidad se constituirá en un Distrito que elegirán

a) Las disposiciones vigentes de la Ley Orgáni-

de su fiscalización, sin cuyo requisito no serán sus representantes de acuerdo a la siguiente

ca de los Partidos Políticos. El Presidente y el vicepresidente de la Juventud

proporción: válidas ni serán computados los votos que ob-

de cada Departamento participarán con dere- tuvieran en los comicios.

b) Por decisión de la Convención. cho a voz y voto en las reuniones de la Juntas

1) Río Grande: 7 Titulares, 4 Suplentes.

Departamentales respectivas.

Si dentro de ese plazo fuera presentada una

ARTICULO 63°.- En cualquiera de los casos del

sola lista tanto para la elección de cargos par- 2) Ushuaia: 7 Titulares, 4 Suplentes.

artículo anterior los bienes del Partido serán

Los miembros electos de la Juventud que en tidarios o electivos la misma será proclamada

empleados para abonar las deudas que exis-

el transcurso de su mandato se excedieran en triunfante quedando sin efecto el acto elec- 3) Tolhuin: 1 Titular.

tieran, el remanente será destinado a Entidades

el límite de edad establecido, continuarán en cionario, elevándose a la Convención para su

de Bien Público en la forma que establezca la

sus funciones hasta cumplimentar el período Proclamación.

La Convención para dar cumplimiento al artícu-

Convención.

electivo.

lo 133° de la Ley 201, se reserva la atribución

Las listas de candidatos deberán ser avaladas de ordenar a los candidatos definitivos, respe-

La Juventud de Tolhuin estará integrada por: por un número no inferior al diez por ciento tando el resultado interno en orden y distrito de

e. 20/09/2016 N° 68678/16 v. 20/09/2016