N° 70073/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 28
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. JORGE SI-
COLI, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr. MARTIN
SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao 635 piso 2º
de esta Capital Federal, comunica por 5 días que
con fecha 13 DE SEPTIEMBRE DE 2016, en los
autos caratulados: AIR PAMPAS S.A. s/QUIEBRA
(N° 7513/2015) se resolvió decretar la quiebra de
AIR PAMPAS S.A. (30-71013073-2), haciéndole
saber a éste y a los terceros que deberán hacer
entrega al síndico de los bienes que posean del
fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de
realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces.
Se intima al deudor para que entregue al síndico
dentro de las 24 horas los libros de comercio y
demás documentación relacionada con la conta-
bilidad, así como también a que dentro de las 48
horas constituya domicilio procesal en el radio del
Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constitui-
do en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor
cumplir con los requisitos a los que se refiere el
art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión
a los arts. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y
7 del mismo texto legal. Fíjese hasta el día 9 DE
NOVIEMBRE DE 2016 para que los acreedores
por causa o título anterior a la declaración de
quiebra y sus garantes formulen al síndico el pe-
dido de verificación de sus créditos; oportunidad
en la que deberán denunciar su tipo y número de
documento de identidad, y en su caso, los datos
de la cuenta, números de CUIT/CUIL y CBU in-
cluidos, donde oportunamente deberá transfe-
rirse el dividendo concursal. Se fijan las fechas
de 27 DICIEMBRE DE 2016 y el 13 DE MARZO
DE 2017 para las presentaciones de los informes
individual y general previstos en los arts. 35 y 39
de la L.C., respectivamente. El síndico designado
es el contador CARLOS ENRIQUE WULFF con
domicilio en VIRREY DEL PINO 2354 PISO 6° “D”
TEL 4-781-3479. Publíquese por 5 días sin nece-
Segunda
sidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse
los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.)
JORGE SICOLI Juez - MARTIN SARMIENTO
LASPIUR SECRETARIO
e. 23/09/2016 N° 70073/16 v. 29/09/2016