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N° 72560/16 Aviso del Boletín Oficial

MEGAINVER SOCIEDAD GERENTE

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 30 de septiembre de 2016

Texto del aviso

MEGAINVER SOCIEDAD GERENTE

DE FONDOS COMUNES DE INVERSION S.A.

Comunica que por asamblea unánime del

6/9/16 se resolvió: (a) aumentar el capital

social en la suma de $ 957.376, es decir de

$ 1.280.004 a la de $ 2.237.380; (ii) modifi-

car las siguientes cláusulas del estatuto:

“ARTICULO 1º - DENOMINACION: La so-

ciedad se denomina MEGAINVER S.A.,

antes denominada MEGAINVER SOCIEDAD

GERENTE DE FONDOS COMUNES DE IN-

VERSIÓN S.A.” “ARTICULO 4º - OBJETO SO-

CIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse

a las siguientes actividades: a) Comerciales:

1) actuar como Agente de Administración de

Productos de Inversión Colectiva de Fondos

Comunes de Inversión (es decir, como socie-

dad gerente de Fondos Comunes de Inver-

sión conforme a la ley 24.083), y 2) actuar

en cualesquiera otras categorías de agentes

contempladas en la ley 26.831, sus normas

reglamentarias, y las normas de la Comisión

Nacional de Valores (“CNV”) para las que so-

licite su inscripción y que sean compatibles

con las funciones de Agente de Administra-

ción de Productos de Inversión Colectiva de

Fondos Comunes de Inversión. b) MANDA-

TARIAS: Administración por cuenta de ter-

ceros, incluso a título fiduciario, de negocios

financieros, y en especial, los relacionados

con valores negociables y títulos de crédito,

representaciones, cobranzas, mandatos, co-

misiones, consignaciones y asesoramiento

- con exclusión de aquello que en virtud de

la materia haya sido reservado a profesiona-

les con título habilitante -; administración de

carteras de valores y cualquier actividad fi-

nanciera adecuada a la normativa vigente en

la materia conforme a las normas de la CNV

y eventualmente de los mercados de los que

sea miembro; c) FINANCIERAS: operaciones

que tengan por objeto valores negociables o

títulos de crédito, de acuerdo con la legisla-

ción vigente y las normas de la CNV. No po-

drá realizar actividades reguladas por la Ley

Segunda

de Entidades Financieras u otras que requie-

ran el concurso público. A tal fin la sociedad

tiene plena capacidad jurídica para adquirir

derechos y contraer obligaciones, ejerciendo

todos los actos que no sean prohibidos por

leyes, reglamentos, o por este estatuto”. Au-

torizado según instrumento privado Acta de

Asamblea de fecha 06/09/2016

Manuel Brizuela Quintana - T°: 126 F°: 888

C.P.A.C.F.

e. 30/09/2016 N° 72560/16 v. 30/09/2016