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N° 74409/16 Aviso del Boletín Oficial

VUELTA GROUP S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 6 de octubre de 2016

Texto del aviso

VUELTA GROUP S.A.

Por asamblea general extraordinaria de fecha

27/09/2016 se resolvió: i) modificar el objeto

social. ii) consecuentemente proceder a la re-

forma del artículo tercero del estatuto social, el

cual quedará redactado de la siguiente manera:

“OBJETO. ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad

tiene por objeto dedicarse por cuenta propia,

por cuenta de terceros o asociada a terceros

o subcontratando con terceros, en cualquier

parte de la República Argentina o en el ex-

tranjero, a las siguientes actividades: INMO-

BILIARIA Y CONSTRUCTORA: organización,

desarrollo, administración y comercialización

de toda clase de emprendimientos inmobilia-

rios. Construcción, adquisición, compra, venta,

permuta, locación, leasing, explotación, arren-

damiento, administración de bienes inmuebles,

urbanos, suburbanos, rurales, urbanizaciones,

loteos, fraccionamientos y/o parcelamientos

de toda clase de inmuebles. A tales efectos, la

Sociedad podrá constituir o tomar y mantener

participaciones en Sociedades existentes o a

crearse en la República Argentina o en el exte-

rior, cualquiera que sea su naturaleza u objeto,

incluso sociedades civiles, mediante la sus-

cripción, adquisición y/o tenencia de acciones

o participaciones, efectuar inversiones de todo

tipo, incluyendo inmuebles, títulos y valores

públicos o privados o cualquier otra especie

de valor mobiliario y efectuar colocaciones

de sus disponibilidades en forma transitoria.

Quedan excluidas las operaciones compren-

didas en la Ley de Entidades Financieras (Ley

21.526 y modificatorias). Asimismo, la Sociedad

podrá otorgar garantías y fianzas de todo tipo,

actuando como garante de terceros, cualquier

sea su naturaleza. La Sociedad podrá realizar

actividades de importación y exportación y la

ejecución de mandatos y comisiones. TERCE-

RIZACION DE PAGOS Y COBROS: Prestación

de servicios de recepción, realización, regis-

tro y procesamiento de pagos de terceros,

periódicos y no periódicos y de todo tipo de

obligaciones cuyo cumplimiento se ejecute o

Segunda

resuelva mediante la entrega de sumas de di-

nero. Estos servicios se ejecutaran por cuenta

o representación de terceros, por mandato, co-

misión o por cualquier otra forma de encomien-

da legalmente hábil, mediante el empleo de

los sistemas o métodos que se juzguen como

más adecuados a la naturaleza y modalidades

de las obligaciones a cancelar y, en su caso,

a los alcances de las exigencias del mandato

recibido de sus acreedores, sean dichos mé-

todos manuales, mecánicos, electrónicos o

de cualquier otra tecnología idónea en orden a

lo expresado. Asimismo, y para el mejor logro

de su objeto social, la sociedad podrá recibir

u otorgar mandatos o comisiones; contratar o

subcontratar con terceros, en el país o en el

extranjero, obras o servicios auxiliares. Quedan

excluidas las operaciones comprendidas en

la Ley de Entidades Financieras (Ley 21.526 y

modificatorias) y todas aquella que requieran

el concurso del ahorro público. A tales fines,

la Sociedad tiene plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones

y ejecutar todo acto, contrato u operación con

plena capacidad jurídica y cuantos más actos

resulten necesarios en orden a lo descripto que

no sean prohibidos por las leyes o por este es-

tatuto y que se vinculen con su objeto social.

Autorizado según instrumento privado asam-

blea general extraordinaria de fecha 27/09/2016

Maria Lucrecia Cucchiaro - T°: 65 F°: 711

C.P.A.C.F.

e. 06/10/2016 N° 74409/16 v. 06/10/2016