N° 74578/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23
SECRETARÍA NRO. 46
EDICTO
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 23, a cargo de la Dra. Vivian
Fernández Garello de Dieuzeide, Secretaría
Nº 46, a cargo del Dr. Nicolás Mendonça
Tirelli, sito en Marcelo T. de Alvear Nº 1840
-Planta Baja- Capital Federal, en los autos:
“ELEGANT EVENTS S.R.L. S/QUIEBRA” Exp-
te. Nº 1311/2016, comunica por cinco días que
con fecha 14 de Septiembre de 2016 se de-
cretó la quiebra de ELEGANT EVENTS S.R.L.
(C.U.I.T. 30-66032193-0), inscripta original-
mente ante la Inspección General de Justicia
con fecha 11 de Agosto de 1993 como “MAR-
THA CHAB RECEPCIONES S.R.L.” bajo el
Nº 6321 del Libro 98, Tomo - de Sociedades
de Responsabilidad Limitada, y cuyo cambio
de denominación fue registrado con fecha 26
de Octubre de 2010 bajo el Nº 9782 del Libro
134 de Sociedades de Responsabilidad Limi-
tada, con domicilio social en Chile 1723, Piso
3º, Of. “14” de la Ciudad Autónoma de Bue-
nos Aires.- El Síndico designado en autos es
el Contador DANTE FRANCISCO GIAMPAO-
LO, con domicilio constituido en Anchorena
672 Piso 5º “C” de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a quien los acreedores debe-
rán presentar los pedidos de verificación y
títulos justificativos de sus créditos hasta el
día 5 de Diciembre de 2016 donde se podrán
formular impugnaciones hasta el 20.12.2016
las que podrán ser contestadas también ante
el síndico hasta el 06.02.2017; siendo las fe-
chas de presentación del informe individual
previsto por el art. 35 de la Ley Concursal el
día 20 de Febrero de 2017; y el referido al art.
39 de la Ley Concursal el día 7 de Abril de
2017.- Hácese saber a la fallida y a los terce-
ros que deberán hacer entrega al síndico de
los bienes que posean de la fallida, así como
la prohibición de realizar pagos al mismo, los
que serán ineficaces. Se intima a la deudora
para que entregue al síndico dentro de las 24
horas los libros de comercio y demás docu-
mentación relacionada con la contabilidad,
así como también a que dentro de las 48 ho-
ras constituya domicilio procesal en el radio
del tribunal, con apercibimiento de tenerlo
constituido en los estrados del Juzgado. De-
berá la deudora cumplir con los requisitos de
la LC: 11 -incs. 1 a 7- y 86 L.C. Buenos Aires,
5 de octubre de 2016.-
Vivian Fernández Garello de Dieuzeide, Juez -
Nicolás Mendonça Tirelli Secretario
e. 07/10/2016 N° 74578/16 v. 14/10/2016