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N° 74578/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 13 de octubre de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23

SECRETARÍA NRO. 46

EDICTO

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial Nº 23, a cargo de la Dra. Vivian Fernán-

dez Garello de Dieuzeide, Secretaría Nº 46, a cargo

del Dr. Nicolás Mendonça Tirelli, sito en Marcelo

T. de Alvear Nº 1840 -Planta Baja- Capital Federal,

en los autos: “ELEGANT EVENTS S.R.L. S/QUIE-

BRA” Expte. Nº 1311/2016, comunica por cinco

días que con fecha 14 de Septiembre de 2016 se

decretó la quiebra de ELEGANT EVENTS S.R.L.

(C.U.I.T. 30-66032193-0), inscripta originalmente

ante la Inspección General de Justicia con fecha

11 de Agosto de 1993 como “MARTHA CHAB

RECEPCIONES S.R.L.” bajo el Nº 6321 del Libro

98, Tomo - de Sociedades de Responsabilidad

Limitada, y cuyo cambio de denominación fue re-

gistrado con fecha 26 de Octubre de 2010 bajo el

Nº 9782 del Libro 134 de Sociedades de Respon-

sabilidad Limitada, con domicilio social en Chile

1723, Piso 3º, Of. “14” de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.- El Síndico designado en autos es

el Contador DANTE FRANCISCO GIAMPAOLO,

con domicilio constituido en Anchorena 672 Piso

5º “C” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

a quien los acreedores deberán presentar los pe-

didos de verificación y títulos justificativos de sus

créditos hasta el día 5 de Diciembre de 2016 don-

de se podrán formular impugnaciones hasta el

20.12.2016 las que podrán ser contestadas tam-

bién ante el síndico hasta el 06.02.2017; siendo

las fechas de presentación del informe individual

previsto por el art. 35 de la Ley Concursal el día 20

de Febrero de 2017; y el referido al art. 39 de la Ley

Concursal el día 7 de Abril de 2017.- Hácese sa-

ber a la fallida y a los terceros que deberán hacer

entrega al síndico de los bienes que posean de la

fallida, así como la prohibición de realizar pagos

al mismo, los que serán ineficaces. Se intima a

la deudora para que entregue al síndico dentro

de las 24 horas los libros de comercio y demás

documentación relacionada con la contabilidad,

así como también a que dentro de las 48 horas

constituya domicilio procesal en el radio del tri-

bunal, con apercibimiento de tenerlo constituido

en los estrados del Juzgado. Deberá la deudora

cumplir con los requisitos de la LC: 11 -incs. 1 a

7- y 86 L.C. Buenos Aires, 5 de octubre de 2016.-

Vivian Fernández Garello de Dieuzeide, Juez -

Nicolás Mendonça Tirelli Secretario

e. 07/10/2016 N° 74578/16 v. 14/10/2016