N° 77101/16 Aviso del Boletín Oficial
FRONTERA BIKES S.R.L.
Texto del aviso
FRONTERA BIKES S.R.L.
Por resolución del 12/10/2016 se reforma el art. 3
del estatuto y el objeto queda redactado de la si-
guiente manera “A) COMERCIAL: la compra, ven-
ta, permuta, alquiler, arrendamiento, importación
y exportación y comercialización de todo tipo de
bienes y productos, especialmente de vehículos,
bicicletas, motocicletas, automóviles, camiones,
maquinarias, motores, sus repuestos, partes,
muebles y accesorios. B) TALLER MECÁNICO:
Servicio integral de automotores, realizando las
reparaciones y mantenimientos inherentes a los
rodados, ya sea reparación o recambio de partes
de carrocería. C) TRANSPORTE: Prestar el servi-
cio de transporte terrestre de encomiendas, car-
ga, correspondencia y valores, tanto en el ámbito
nacional como internacional. D) ALQUILER DE
VEHÍCULOS: alquiler de automóviles y vehículos
livianos o utilitarios, con o sin chofer. E) FINAN-
CIERA: mediante préstamos, con o sin garantía
a corto y largo plazo, para financiar operaciones
realizadas o a realizarse, emisión de tarjetas de
crédito y/o compras para cualquier mercadería
o servicios referente al objeto social, celebrar
contratos con entidades destinados a promover
desarrollo de las tarjetas a emitir y celebrar con-
venios con otras entidades emisoras, con el fin
de complementar los servicios que se prestaran
a los clientes. Exceptuándose las operaciones
comprendidas en la ley de entidades financieras
o cualquier otra en las que se requiera el concurso
público. F) MANDATARIA: Ejercicio de represen-
taciones, mandatos, agencias, comisiones, con-
signaciones, gestiones de negocios, tramitación
por cuenta de terceros de todo tipo de trámites
y diligencias ante todo tipo de autoridades y
empresas públicas o privadas, Nacionales, Pro-
vinciales o Municipales, especialmente pero no
limitado a Registros de la Propiedad Inmueble,
Automotor, Prendarios. Para el cumplimiento de
sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídi-
ca para adquirir derechos y contraer obligaciones
y para realizar todos aquellos actos que no estén
prohibidos en este contrato o por las leyes en vi-
gencia. Las actividades que así lo requieran serán
llevadas a cabo por profesionales con título ha-
bilitante.” Autorizado según instrumento privado
acta de fecha 12/10/2016
Martín Alberto Fandiño - T°: 67 F°: 192 C.P.A.C.F.
e. 17/10/2016 N° 77101/16 v. 17/10/2016