N° 77498/16 Aviso del Boletín Oficial
FD MEDICI S.A.
Texto del aviso
FD MEDICI S.A.
Por Asamblea del 22/12/15, se ha resuelto:
Designar el siguiente Directorio: Presidente: Ri-
cardo Ignacio Dorso; Director Suplente: María
Florencia Dorso, ambos con domicilio especial
en la sede Social; Por Acta de Directorio del
9/9/16, se traslada la sede social a Av. Rivada-
via 413, Piso 5, Dpto. A, CABA; Por Asamblea
del 19/9/16, se ha resuelto: Modificar el Artículo
3º Así: FINANCIERA: Prestar servicios bursá-
tiles de mediación o por cuenta de terceros,
conceder créditos personales, de consumo,
comerciales, financiamientos, hipotecarios y/o
con garantías de fideicomisos y/o sin garantía,
o créditos en general a corto o largo plazo de
pago íntegro o amortizables. Descontar, com-
prar y vender letras, pagarés, prendas, wa-
rrants, facturas, cheques comunes o de pago
diferidos, giros y otros documentos negocia-
bles. Otorgar avales, fianzas u otras garantías;
aceptar letras, giros y otras libranzas. Otorgar
anticipos sobre créditos provenientes de ven-
tas, adquirirlos, asumir sus riesgos, gestionar
su cobro y prestar asistencia técnica y adminis-
trativa. Realizar inversiones en títulos públicos.
Efectuar inversiones de carácter transitorio en
colocaciones fácilmente liquidables. Realizar
inversiones en nuevas emisiones de acciones
u obligaciones o debentures, conforme la le-
gislación vigente. Recibir valores en custodia
y prestar otros servicios afines a su actividad.
Gestionar por cuenta propia y/o de terceros la
compra y venta de valores mobiliarios y/o títulos
públicos. Cumplir mandatos y comisiones co-
nexos con sus operaciones. Adquirir inmuebles,
acciones y obligaciones en defensa o pago de
créditos acordados, debiendo liquidar o amor-
tizar tales bienes de acuerdo con las normas vi-
gentes. Emitir obligaciones negociables previa
autorización exigida por la legislación vigente.
Constituir fideicomisos para garantizar finan-
ciamientos. Constituirse como administrador
fiduciario. Realizar todo otro tipo de operación
que la legislación autorice que no esté reser-
vada en exclusividad para las sociedades com-
prendidas en la Ley de Entidades Financieras y
toda otra por la que se requiera ahorro público.
INVERSORA: De 1. Contratos sobre Personas
Jurídicas 1.1. SOCIEDADES ANONIMAS capita-
les en empresas y sociedades constituidas o a
constituirse, en la concertación de operaciones
realizadas y a realizarse, en la negociación de
títulos, acciones, bonos, créditos y demás va-
lores mobiliarios y en la adquisición de bienes
para su posterior locación y/o venta. Autorizado
por Esc. Nº 205 del 21/09/2016 Reg. Nº 662
Gisela Samanta Batallan Morales - T°: 109 F°: 876
C.P.A.C.F.
e. 18/10/2016 N° 77498/16 v. 18/10/2016