N° 76389/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 28
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 14, a cargo de la Dr. JORGE S.
SICOLI, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr. MAR-
TIN SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao 635
piso 2º de esta Capital Federal, comunica por
5 días que con fecha 5 DE OCTUBRE DE 2016,
en los autos caratulados: FIRST TRAVEL S.R.L.
s/QUIEBRA se resolvió decretar la quiebra de
FIRST TRAVEL S.R.L. (30-65753778-7), hacién-
dole saber a éste y a los terceros que deberán
hacer entrega al síndico de los bienes que
posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la
prohibición de realizar pagos al fallido, los que
serán ineficaces. Se intima al deudor para que
entregue al síndico dentro de las 24 horas los
libros de comercio y demás documentación
relacionada con la contabilidad, así como tam-
bién a que dentro de las 48 horas constituya
domicilio procesal en el radio del Tribunal, con
apercibimiento de tenerlo constituido en los es-
trados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir
con los requisitos a los que se refiere el art. 86
de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los
arts. 11 inc 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7
del mismo texto legal. Fíjese hasta el día 5 DE
DICIEMBRE DE 2016 para que los acreedores
por causa o título anterior a la declaración de
quiebra y sus garantes formulen al síndico el
pedido de verificación de sus créditos; opor-
tunidad en la que deberán denunciar su tipo
y número de documento de identidad, y en su
caso, los datos de la cuenta, números de CUIT/
CUIL y CBU incluidos, donde oportunamente
deberá transferirse el dividendo concursal. Se
fijan las fechas de 17 DE FEBRERO DE 2017 y
el 5 DE ABRIL DE 2017 para las presentaciones
de los informes individual y general previstos en
los arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente.
El síndico designado es el contador CARLOS
DANIEL BREZINSKI con domicilio en LAMBA-
RE 1140 PISO 1 DPTO A TEL 4-861-9980. Publí-
quese por 5 días sin necesidad de pago previo y
sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los
hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.). JORGE SICOLI Juez
- MARTIN SARMIENTO LASPIUR SECRETARIO
e. 14/10/2016 N° 76389/16 v. 20/10/2016