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N° 80361/16 Aviso del Boletín Oficial

MULTIFINANZAS COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 27 de octubre de 2016

Texto del aviso

MULTIFINANZAS COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

Multifinanzas Compañía Financiera S.A. - Re-

forma de Estatuto

Multifinanzas Compañía Financiera S.A. Sede

Social: Sarmiento 448, C.A.B.A. Inscripción

en I.G.J. de fecha 16.05.2002, Nº 4605, del

libro 17 Tomo --- de SA. Por Asamblea Ge-

neral Extraordinaria de fecha 14/10/2016,

se resolvió la reforma de los artículos PRI-

MERO, CUARTO, SEPTIMO, OCTAVO Y

NOVENO del ESTATUTO SOCIAL, quedando

redactados de la siguiente forma: ARTICULO

PRIMERO: La sociedad se denomina TRAN-

SATLANTICA COMPAÑIA FINANCIERA S.A.,

anteriormente denominada MULTIFINANZAS

COMPAÑÍA FINANCIERA S.A., continua-

dora de Multifinanzas SA, originariamente

Financiera del Tuyú Compañía Financiera

SA., tienen su domicilio legal en jurisdicción

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

pudiendo establecer sucursales, agencias

o corresponsales propios o en combinación

con establecimientos similares en cualquier

punto de la República Argentina o en el

extranjero. ARTICULO CUARTO: El capital

14 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.491

social es de Pesos Treinta y cinco millones

quinientos mil ($ 35.500.000,00), representa-

dos por Treinta y cinco millones quinientos

Mil ($ 35.500.000,00) acciones ordinarias,

nominativas, no endosables, de valor nomi-

nal Pesos Uno ($ 1,00) cada una y de un (1)

voto por acción. El capital puede ser aumen-

tado por decisión de la Asamblea Ordinaria

hasta el quíntuplo de su monto conforme el

Art. 188 de la Ley N° 19.550. La Asamblea

podrá delegar en el Directorio la época y

los plazos de integración de las emisiones a

cumplirse. En caso de mora en la Integración

del capital el Directorio queda facultado para

proceder a lo determinado por el Art 193° de

la Ley N° 19.550. ARTICULO SEPTIMO: Las

acciones y los certificados provisionales que

se emitan contendrán las menciones del Art

211° de la Ley N° 19.550, a saber: a) Deno-

minación de la sociedad, domicilio, fecha y

lugar de constitución, duración e Inscripción.

b) Capital Social. c) Número, valor nominal y

serie de las acciones que represente el título

y los derechos del mismo. d) En los certifica-

dos provisionales, la anotación de las Inte-

graciones que, se efectúen. Se pueden emitir

títulos representativos de más de una acción.

ARTICULO OCTAVO: La administración de la

sociedad está a cargo del Directorio, com-

puesto del número de miembros que fije la

Asamblea entre un mínimo de tres (3) y un

máximo de nueve (9) e igual o menor núme-

ro de directores suplentes con mandato por

dos (2) ejercicios, siendo reelegibles indefi-

nidamente y debiendo permanecer en sus

funciones hasta tanto la Asamblea Ordinaria

de accionistas designe a sus reemplazantes.

Las vacantes que se produzcan en el Direc-

torio, se llenarán con los Directores suplen-

tes, respetando el orden de su elección. Sus

funciones serán remuneradas conforme lo

determine la Asamblea. La Asamblea pue-

de designar directores suplentes en igual

o menor número que los titulares y por el

mismo plazo de su elección. En caso de ser

elegidos, las vacantes que se produzcan en

el directorio se llenarán por los suplentes

en el orden de su elección. Los Directores,

en su primera sesión, deben designar un (1)

Presidente y un (1) Vicepresidente. El Vice-

presidente reemplaza al Presidente en caso

de ausencia permanente o transitoria y/o im-

pedimento de ejercer el cargo. El Directorio

deliberará con la presencia de la mitad de

sus miembros y las resoluciones se tomarán

por la mayoría de los directores presentes.

Cada director tendrá (1) voto y el Presidente

tendrá doble voto, en caso de empate. Sus

reuniones se transcribirán en el libro de actas

que se llevará al efecto. ARTICULO NOVENO:

Los directores de la sociedad deberán cons-

tituir las garantías que la legislación vigente

establezca de conformidad con las resolu-

ciones que la Inspección General de Justicia

dicte al respecto. La garantía será soportada

por cada director y constituida a favor de la

sociedad.

Designado según instrumento privado ACTA DE

DIRECTORIO NRO. 818 de fecha 13/04/2015

Hugo Raul Garnero - Presidente

e. 27/10/2016 N° 80361/16 v. 27/10/2016