W20 Argentina W20Argentina

N° 82918/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 3 de noviembre de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

SECRETARÍA NRO. 19

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo

Chomer, Secretaría Nº 19, a cargo del Suscripto,

sito en Callao 635 P.B, C.A.B.A., comunica por

cinco días que con fecha 21.10.16 se ha decreta-

do la quiebra de Filan S.A. (CUIT 30-55893981-4),

en la cual ha sido designada síndico la contado-

ra María del Pilar Enriquez con domicilio consti-

tuido en Reconquista 617 1° C.A.B.A., ante quien

los acreedores deberán presentar las peticiones

de verificación y los títulos pertinentes justificati-

vos de sus créditos hasta el día 20.12.16 (L.C: 32)

en el horario de 12 a 18 hs. El informe individual

del síndico deberá presentarse el día 06.03.17, y

el general el día 20.04.17 (art. 35 y 39 de la citada

ley). Intímese a la fallida y a terceros para que

pongan a disposición de la síndico la totalidad

de los bienes de la deudora en la forma que sea

más apta para que la funcionario concursal tome

inmediata y segura posesión de los mismos. A

los efectos de la realización de bienes déjese

constancia que no se realizarán más citaciones

que la edictal y que se procederá a la venta en

los términos de la L.C.: 217,1, realizándose el

patrimonio con inmediata distribución de los

fondos entre los acreedores verificados, sin

perjuicio de las reservas para los insinuados.

Decrétase la inhabilitación definitiva de la fallida

y la de sus integrantes por el plazo de un año

contado desde la fecha del decreto de quiebra

(art. 234 a 238 de la ley 24.522). Intímese a la

fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros

de comercio y demás documentos relacionados

con su contabilidad a la síndico. Intímese a la

fallida para que en el plazo de cinco días cum-

pla con los requisitos del art. 11 de la ley 24.522

conforme art. 86. Prohíbase a los terceros hacer

pagos a la fallida, los que serán ineficaces. In-

tímese a la fallida y a sus administradores para

que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en

esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo

por constituido en los términos de los arts. 41

y 133 del CPCCN. El presente se libra en los

autos caratulados: Filan S.A. s/quiebra (Expte.

N° 22130/2013)”. Buenos Aires, 31 de octubre de

2016.- FDO. LEANDRO G. SCIOTTI - SECRETA-

RIO HECTOR OSVALDO CHOMER Juez - LEAN-

DRO G. SCIOTTI SECRETARIO

e. 03/11/2016 N° 82918/16 v. 09/11/2016