N° 82894/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 70
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 70
SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO
Juzgado Nacional en lo Civil N° 70, a cargo de la
Dra. Marta Susana M. Gastaldi, Secretaría Única
a cargo del Dr. Néstor A. Bianchimani, sito en Av.
de los Inmigrantes 1950 - 5º piso, de esta ciudad,
comunica por dos días en autos “CERREZUELA
MARIO CESAR Y OTROS CONTRA ANDRES MA-
RINO DE GONZALEZ OTHARAN LILIANA NORA
s/EJECUCION HIPOTECARIA” (9260/2013), que
el martillero Jacinto E. Lopez Basavilbaso, re-
matará el martes 15 de noviembre de 2016 a las
11:45 hs., en Jean Jaures 545 de esta ciudad, el
bien ubicado en el partido de Luján, Provincia
de Buenos Aires, designado en plano 64-107-61
como lote 12 de la quinta 4ª, Nom. Cat.: VIII, E,
qta. 4, parc. 12; Partida 064/049261-9 - Matrícula
7924 (64). Según constatación se encuentra en
las cercanías del pueblo de Open Door, a metros
de la Ruta Provincial 192 y 500 metros de Ruta 6.
Se accede, desde Ruta 192, por calle de tierra de
carácter prácticamente privado dado que sirve a
ésta y a otra propiedad. El inmueble está rodea-
do de muy buenas propiedades de uso hípico y
agropecuario, salvo por los fondos de una planta
de silos. Casa quinta con algunas instalaciones
propias de actividad equina, de dos plantas en
estado en abandono con faltantes varios, espe-
cialmente en cocina y baños, que se compone
de cinco ambientes y galería. Muy buen jardín
con arboleda. Pileta de natación. Varios boxes,
algunos terminados y otros en construcción.
Excelente entorno. Atendida por sus cuidadores.
Superficie: 7.200 m2 Mide 60 m de frente y 120
m de fondo DESOCUPADA. BASE U$S 60.000.
AL CONTADO Y MEJOR POSTOR - SEÑA 30%
COMISION 3% ARANCEL C.S.J.N 0,25% Sella-
do de Ley. DEUDAS: ARBA $ 7.315,90 al 19/3/14;
Municipalidad de Luján $ 835,49 al 26/03/14 No
cuenta con servicios. Teniendo en consideración
que la fijación de la base de la subasta en dólares
estadounidenses efectuada, tiene como único
objetivo lograr un valor constante del precio que
se obtenga, evitando su depreciación, dispónese
que la seña correspondiente debe ser pagada en
dicha moneda o, en su defecto, en la cantidad de
pesos necesarios para su adquisición conforme
la cotización al tipo vendedor que publique el
BCRA el día del remate y, el saldo, al del día en el
cual deba ser integrado (conf. art. 578 in fine, Cód.
Proc.). No se admitirá la compra en comisión. Se
exigirá a quien resulte comprador la constitución
del domicilio legal dentro del radio de la CABA,
bajo apercibimiento de que las providencias que
en lo sucesivo se dicten se le tendrán por notifica-
das en la forma y oportunidad previstas en el art.
133 del CPCC. En caso que el monto obtenido en
la subasta no alcanzare para afrontar el pago de
las deudas que registre el inmueble por impues-
tos, tasas y contribuciones, el adquirente sólo
responderá por aquéllos a partir de la fecha en
que tomare posesión del bien. El saldo de precio
deberá ser integrado conforme lo normado por el
art. 580 del Código Procesal y para el caso que
no se haga efectivo dentro de los 60 días corridos
de practicada la subasta, el mismo –a partir del
vencimiento de dicho plazo– devengará intereses
y/o será pasible de adecuación por el mecanismo
que resulte pertinente, todo ello a fin de asegurar
la estabilidad de su poder adquisitivo. Visitas: 4
y 5 de noviembre de 2016 de 11:00 a 13:00 hs.
Buenos Aires, de octubre de 2016.
Marta Susana Gastaldi Juez - Nestor Adrian
Bianchimani SECRETARIO
e. 04/11/2016 N° 82894/16 v. 07/11/2016