N° 81195/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 27
EDICTO
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Maria
Virginia Villarroel, Secretaría Nº 27, a cargo
de la Dra. Karin Martín, sito en Callao 635
piso 2º de esta Capital Federal, comunica por
por 5 días que con fecha 13 de octubre de
2016, en los autos caratulados “TOFIO S.A.
LE PIDE LA QUIEBRA EIFFEL HOGAR S.R.L.”
EXPTE NRO. 1018/2016, se resolvió decretar
la quiebra de TOFIO S.A. (CUIT 30-71243969-2)
haciéndole saber a este y a los terceros que
deberán hacer entrega al síndico de los bie-
nes que posean del fallido, así como la prohi-
bición de realizar pagos a la misma, los que
serán ineficaces. Se intima al deudor para
que entregue al síndico dentro de las 24 ho-
ras los libros de comercio y demás documen-
tación relacionada con la contabilidad, así
como también a que dentro de las 48 horas
constituya domicilio procesal en el radio del
tribunal, con apercibimiento de tenerlo cons-
tituido en los estrados del Juzgado. Deberá
el deudor cumplir con los requisitos a los que
se refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto
a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en
su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjese
hasta el día 12 de Diciembre de 2016 para que
los acreedores por causa o título anterior a
la declaración de quiebras y sus garantes,
formulen al síndico el pedido de verificación
de sus créditos. Se fijan las fechas de 23 de
Febrero de 2017 y el 10 de Abril de 2017 para
las presentaciones de los informes indivi-
duales y generales, previstos en el art. 35 y
39 de la L.C. respectivamente, pudiendo ser
observado, el último, dentro de los 10 días de
presentados art. 40 L.C. El síndico designa-
do es la contador Laura Lilian Mangone con
domicilio en Riobamba 429 5° “505” al cual
deberán concurrir los acreedores a verificar
sus créditos. El presente deberá ser publica-
do por el término de 5 días sin necesidad de
pago previo y sin perjuicio de asignarse los
fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.)
Buenos Aires, 26 de Octubre de 2016.
KARIN MARTIN
SECRETARIA MARIA VIRGINIA VILLARROEL
Juez - KARIN MARTIN SECRETARIA
e. 01/11/2016 N° 81195/16 v. 07/11/2016