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N° 83569/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES lunes, 7 de noviembre de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 2

SECRETARÍA NRO. 4

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico

Nº 2, interinamente a cargo del Doctor Eze-

quiel BERÓN de ASTRADA, Secretaría Nº 4, a

cargo del Doctor Hernán PANDIELLA, sito en

Avenida de los Inmigrantes 1.950, 2º piso, ofi-

cina “204”, de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, en los autos Nº 8618/2016, caratulados:

“CABRERA HÉCTOR JORGE; Y BARELA JA-

VIER OSCAR s/infracción Ley 22415”, en los

cuales se investiga el hecho que encuadraría

“prima facie” dentro de las previsiones del ar-

tículo 864, inciso “b”, de la ley 22.415 (haber

burlado el control del servicio aduanero, al

someterse un motovehículo (138-472-19, mar-

ca 138-YAMAHA, modelo: 472-YZF-R1, motor

YAMAHA Nº N520E-014420, fabricación año

2.011, modelo año 2.011) a un tratamiento fiscal

o aduanero distinto al que correspondería para

su importación), notifica al señor Javier Oscar

BARELA (en su calidad de apoderado del pri-

mero, titular del DNI Nº 24.668.400) del pronun-

ciamiento dispuesto con fecha 24 de octubre

de 2.016, de la causa de referencia en la cual se

resolvió SOBRESEER TOTALMENTE AL NOM-

BRADO (artículo 336, inciso 1° y concordantes

del C.P.P.N.), como recaudo legal se transcribe

la parte pertinente del pronunciamiento citado:

“Buenos Aires, 24 de octubre de 2.016. AUTOS

Y VISTOS:… Y CONSIDERANDO:… RESUEL-

VO: I.- SOBRESEER TOTALMENTE a Héctor

Jorge CABRERA, de las demás condiciones

personales obrantes en autos, por el hecho

descripto por el considerando 1° de la presen-

te, dejándose expresa constancia de que la

formación del presente sumario con relación al

hecho mencionado, no afectó el buen nombre

y honor de que gozare el nombrado (artículo

336, inciso 1° y concordantes del C.P.P.N.).

II.- SOBRESEER TOTALMENTE a Javier Oscar

BARELA, de las demás condiciones persona-

les obrantes en autos, por el hecho descripto

por el considerando 1° de la presente, deján-

dose expresa constancia de que la formación

del presente sumario con relación al hecho

mencionado, no afectó el buen nombre y ho-

nor de que gozare la nombrada (artículo 336,

inciso 1° y concordantes del C.P.P.N.). III.- SIN

COSTAS (artículos 530 y 531 el C.P.P.N.). Re-

gístrese, protocolícese, notifíquese a la señora

representante del Ministerio Público Fiscal, en

la sede de su público despacho, y a Héctor

Jorge CABRERA y a Javier Oscar BARELA

Segunda

mediante edictos. Firme, comuníquese al Re-

gistro Nacional de Reincidencia y Estadística

Criminal y a la Policía Federal. Fecho, archíve-

se. FDO PABLO YADAROLA (JUEZ). HERNAN

PANDIELLA (SECRETARIO)…” Buenos Aires,

2 de noviembre de 2016. I. Tiénese presente

la constancia que antecede. II. Publíquense

los edictos ordenados en autos por el térmi-

no de un (1) día. FDO. EZEQUIEL BERÓN DE

ASTRADA (JUEZ INTERINO) - HERNÁN PAN-

DIELLA (SECRETARIO). EZEQUIEL BERÓN DE

ASTRADA (JUEZ INTERINO) Juez - HERNÁN

PANDIELLA SECRETARIO

e. 07/11/2016 N° 83569/16 v. 07/11/2016