N° 84120/16 Aviso del Boletín Oficial
FINCO CAPITAL S.A.
Texto del aviso
FINCO CAPITAL S.A.
las disposiciones legales y reglamentarias en
vigor. V. Hacedor de Mercado (Market Maker),
Por Asamblea del 12/07/2016 se reforma el pactando con Mercados y/o Bolsas del país y/o
articulo tercero: ARTICULO TERCERO: “La del extranjero la realización, ya sea en forma
Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta pautada o no, de actividades de negociación,
concertación y cotización de operaciones con propia, de terceros, o asociada a terceros, en
cualquier lugar de la República Argentina o del el objeto de aportar liquidez y/o volumen (hace-
exterior, a las siguientes actividades: a) CO- dor de mercado) a dichos mercados y/o bolsas;
MERCIALES: I. Agente de Negociación (AN), de realizar actividades de proveedor de liquidez o
conformidad con lo dispuesto por la Ley 26.831 hacedor de mercado en mercados autorizados
y las Normas de la Comisión Nacional de Va- del país o bolsas y mercados del extranjero. VI.
lores (CNV) Texto Ordenado 2013 (N.T. 2013) y Operador Internacional, realizando en el exterior
las que en el futuro las modifiquen, sustituyan operaciones análogas a totas las descriptas en
o complementen, por lo que podrá actuar en la los puntos precedentemente enunciados, ya
colocación primaria y en la negociación secun- sea mediante la utilización de plataformas de
daria a través de los sistemas de negociación trading electrónicas, o bien negociando, con-
ofrecidos y habilitados en cualesquiera sean los certando y cotizando operaciones por otros
Mercados y/o Cámaras Compensadoras auto- medios de comunicación y/o transferencia de
rizados por la CNV, concertando y registrando datos, de cualquier tipo, clase, formato o tec-
operaciones en la negociación secundaria, tan- nología, sin limitación, en forma directa o por
3 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.499
intermediarios públicos autorizados por los
organismos de contralor del país en el que ac-
túan, ya sea para cartera propia o de terceros.
b) MANDATARIAS: la Sociedad podrá: realizar
la administración por cuenta de terceros de
negocios financieros y/o carteras de inversión,
en especial los relacionados con valores nego-
ciables definidos conforme la Ley 26.831, títulos
de crédito, títulos valores públicos o privados,
representaciones, cobranzas, mandatos, comi-
siones, consignaciones, asesoramiento; actuar
como agente colocador de suscripciones o ser-
vicios de renta y amortización, administración
de cartera de valores y bienes, fideicomisos
financieros y no financieros u ordinarios; actuar
como colocador de cuotas partes de fondos
comunes de inversión, títulos representativos
de deudas garantizados por bienes fideicomiti-
dos, certificados de participación en el dominio
fiduciario, y cualquier otra actividad financiera
adecuada a la normativa vigente presente y fu-
tura en la materia. Se modifica el articulo cuarto
aumentando el capital a $ 4.567.000. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 117 de fecha
26/07/2016 Reg. Nº 1618
Lucas Marchi - T°: 120 F°: 419 C.P.A.C.F.
e. 08/11/2016 N° 84120/16 v. 08/11/2016