N° 82902/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 27
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 14, a cargo del Dr. Máximo Astor-
ga, Secretaría Nº 27, a cargo de la Dra. Karin
Martín, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capi-
tal Federal, comunica por 5 días que con fecha
14 de octubre de 2016, en los autos caratulados
“HEA S.R.L. LE PIDE LA QUIEBRA BORGIA
FABIANA EDITH” EXPTE. NRO. 33402/2013,
se resolvió decretar la quiebra de HEA S.R.L.
CUIT 30-64895738-2 haciéndole saber a este
y a los terceros que deberán hacer entrega al
síndico de los bienes que posean del fallido,
así como la prohibición de realizar pagos a la
misma, los que serán ineficaces. Se intima al
deudor para que entregue al síndico dentro de
las 24 horas los libros de comercio y demás do-
cumentación relacionada con la contabilidad,
así como también a que dentro de las 48 horas
constituya domicilio procesal en el radio del
tribunal, con apercibimiento de tenerlo consti-
tuido en los estrados del Juzgado. Deberá el
deudor cumplir con los requisitos a los que se
refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su
remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1,
6, y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día
15 de diciembre de 2016 para que los acreedo-
res por causa o título anterior a la declaración
de quiebras y sus garantes, formulen al síndico
el pedido de verificación de sus créditos. Se
fijan las fechas de 2 de marzo de 2017 y el 12
de abril de 2017 para las presentaciones de los
informes individuales y generales, previstos
en el art. 35 y 39 de la L.C. respectivamente,
pudiendo ser observado, el último, dentro de
los 10 días de presentados art. 40 L.C. El sín-
dico designado es el contador Alberto Javier
Samsolo con domicilio en Viamonte 1636 piso
5to. dpto. “B” al cual deberán concurrir los
acreedores a verificar sus créditos. El presente
deberá ser publicado por el término de 5 días
sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de
asignarse los fondos cuando los hubiere (art.
89 inc. 3 L.C.) Buenos Aires, 02 de noviembre
de 2016.
MAXIMO ASTORGA Juez - KARIN MARTIN
SECRETARIA
e. 04/11/2016 N° 82902/16 v. 10/11/2016