N° 83994/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 28
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 14, a cargo de la Dr. JORGE S. SI-
COLI, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr. MARTIN
SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao 635 piso
2º de esta Capital Federal, comunica por por
5 días que con fecha 3 de noviembre de 2016,
en los autos caratulados: 5459/2015 PARDES,
JORGE OSCAR s/QUIEBRA se resolvió decretar
la quiebra de PARDES, JORGE OSCAR (D.N.I.
14.867.497), haciéndole saber a éste y a los
terceros que deberán hacer entrega al síndico
de los bienes que posean del fallido. Hágase
saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos
al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al
deudor para que entregue al síndico dentro de
las 24 horas los libros de comercio y demás
documentación relacionada con la contabilidad,
así como también a que dentro de las 48 horas
constituya domicilio procesal en el radio del Tri-
bunal, con apercibimiento de tenerlo constituido
en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor
cumplir con los requisitos a los que se refiere el
art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión
a los arts. 11 inc 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y
7 del mismo texto legal. Fíjese hasta el día 3 DE
FEBRERO DE 2017 para que los acreedores por
causa o título anterior a la declaración de quiebra
y sus garantes formulen al síndico el pedido de
verificación de sus créditos; oportunidad en la
que deberán denunciar su tipo y número de do-
cumento de identidad, y en su caso, los datos de
la cuenta, números de CUIT/CUIL y CBU inclui-
dos, donde oportunamente deberá transferirse el
dividendo concursal. Se fijan las fechas de 21 DE
MARZO DE 2017 y el 8 DE MAYO DE 2017 para
las presentaciones de los informes individual y
general previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C.,
respectivamente. El síndico designado es el con-
tador ROMINA PAULA MINUJIN con domicilio
en CORRIENTES 5034 4° “D”. Publíquese por 5
días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio
de asignarse los fondos cuando los hubiere (art.
89 inc. 3 L.C.) JORGE SICOLI Juez - MARTIN
SARMIENTO LASPIUR SECRETARIO
e. 08/11/2016 N° 83994/16 v. 14/11/2016