N° 85495/16 Aviso del Boletín Oficial
IRSA PROPIEDADES COMERCIALES S.A.
Texto del aviso
IRSA PROPIEDADES COMERCIALES S.A.
Autorizada por Decreto del PEN del 29-8-1889,
inscripta Nº 126 Fº 268 Lº IV especial, e inscripta
en el Registro Público de Comercio de la CABA
-adecuación a la ley 19.550- el 27-2-76 Nº 323
Fº 6 Lº 85, Tº A de S.A. nacionales hace saber
que por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria
de accionistas de fecha 31.10.2016 se resolvió
reformar el artículo décimo primero del estatuto
social, el cual quedó redactado de la siguiente
manera: ARTICULO DECIMO PRIMERO: DI-
RECTORIO. A) La dirección y administración
de la Sociedad estará a cargo de un Directo-
rio integrado por seis (6), nueve (9) o doce (12)
miembros titulares, e igual o menor número de
suplentes, según fije la asamblea general ordi-
naria. B) Los directores renovarán sus cargos a
razón de un tercio del número total cada año y
cada tercio durará en su cargo por tres ejerci-
cios. A tal efecto, una vez aprobada la reforma
estatutaria, la primera Asamblea General Ordi-
naria decidirá por primera vez el período de du-
ración de los Directores que se elijan debiendo
por única vez elegir un tercio por un ejercicio,
un tercio por dos ejercicios y un tercio por tres
ejercicios para cumplir con lo anteriormente
preceptuado. Sin perjuicio de ello, posterior-
mente cada Asamblea anual decidirá en cada
caso el aumento o disminución del número de
Directores (dentro de la composición mínima y
máxima establecida en este artículo) por el pla-
zo de tres ejercicios y siempre que el aumento
y disminución del número de directores permita
la renovación por tercios. C) Sin perjuicio de la
aplicación de las normas para elección median-
te voto acumulativo, la elección de Directores
se efectuará por lista siempre que este meca-
nismo no sea objetado por algún accionista,
en cuyo caso se efectuará individualmente. Se
declarará electa la lista o la persona, según el
caso, que obtenga la mayoría absoluta de los
votos; si ninguna lista obtuviera tal mayoría se
realizará una nueva votación entre las dos lis-
tas o personas más votadas, considerándose
electa la lista o persona que en dicha votación
obtenga la mayor cantidad de votos. Autorizado
según instrumento privado asamblea de fecha
31/10/2016
Paula Tourn - T°: 109 F°: 434 C.P.A.C.F.
e. 11/11/2016 N° 85495/16 v. 11/11/2016