N° 83994/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 28
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dr. JORGE
S. SICOLI, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr.
MARTIN SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao
635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica
por por 5 días que con fecha 3 de noviembre
de 2016, en los autos caratulados: 5459/2015
PARDES, JORGE OSCAR s/QUIEBRA se re-
solvió decretar la quiebra de PARDES, JORGE
OSCAR (D.N.I. 14.867.497), haciéndole saber a
éste y a los terceros que deberán hacer entrega
al síndico de los bienes que posean del fallido.
Hágase saber, asimismo, la prohibición de reali-
zar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se
intima al deudor para que entregue al síndico
dentro de las 24 horas los libros de comercio
y demás documentación relacionada con la
contabilidad, así como también a que dentro
de las 48 horas constituya domicilio procesal
en el radio del Tribunal, con apercibimiento de
tenerlo constituido en los estrados del Juzgado.
Deberá el deudor cumplir con los requisitos a
los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en
cuanto a su remisión a los arts. 11 inc 2, 3, 4, y
5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal.
Fíjese hasta el día 3 DE FEBRERO DE 2017 para
Segunda
que los acreedores por causa o título anterior
a la declaración de quiebra y sus garantes for-
mulen al síndico el pedido de verificación de
sus créditos; oportunidad en la que deberán
denunciar su tipo y número de documento de
identidad, y en su caso, los datos de la cuenta,
números de CUIT/CUIL y CBU incluidos, donde
oportunamente deberá transferirse el dividendo
concursal. Se fijan las fechas de 21 DE MARZO
DE 2017 y el 8 DE MAYO DE 2017 para las pre-
sentaciones de los informes individual y general
previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C., respec-
tivamente. El síndico designado es el contador
ROMINA PAULA MINUJIN con domicilio en CO-
RRIENTES 5034 4° “D”. Publíquese por 5 días
sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de
asignarse los fondos cuando los hubiere (art.
89 inc. 3 L.C.) JORGE SICOLI Juez - MARTIN
SARMIENTO LASPIUR SECRETARIO
e. 08/11/2016 N° 83994/16 v. 14/11/2016