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N° 86955/16 Aviso del Boletín Oficial

MADERO AMARRES S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES miércoles, 16 de noviembre de 2016

Texto del aviso

MADERO AMARRES S.A.

MADERO AMARRES S.A. - REFORMA DE ES-

TATUTO SOCIAL

Se informa que por Asamblea General Extraor-

dinaria de fecha 12/10/16, se resolvió de manera

unánime incorporar un sistema de división de las

acciones por clases, quedando el capital social

conformado por acciones ordinarias Clase A y

Clase B, nominativas no endosables, todas ellas

con derecho a 1 voto por acción, de la siguiente

manera: (a) 80.000 acciones ordinarias Clase A,

nominativas no endosables de $ 1 valor nominal

cada una y con derecho a 1 voto por acción, re-

presentativas del 80% del capital social y votos

de la Sociedad; y (b) 20.000 acciones ordinarias,

nominativas no endosables Clase B de $ 1 valor

nominal cada una y con derecho a 1 voto por

acción, representativas del 20% del capital so-

cial y votos de la Sociedad. Conforme a ello, las

acciones que la Sociedad emita en lo sucesivo

con motivo de aumentos de capital social serán

de la misma clase que la del accionista que las

suscribió. Adicionalmente, si el accionista de una

clase adquiere acciones de otro accionista de

otra clase, entonces las acciones adquiridas se

convertirán en acciones de la clase del accionista

adquirente. Asimismo, la Asamblea resolvió refor-

mar los Artículos Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo,

Octavo, Noveno, Décimo, Décimo Primero, Déci-

mo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto del

Estatuto Social. Conforme lo establecido por el

art. 10, ap. b) de la ley 19.550, corresponde pu-

blicar: “ARTICULO CUARTO: CAPITAL El capital

social se fija en la suma de $ 100.000 (Pesos cien

mil), y se divide en 80.000 (ochenta mil) acciones

Clase A, y 20.000 acciones Clase B, todas ellas

ordinarias, nominativas no endosables, de $ 1 va-

lor nominal cada una y con derecho a 1 voto por

acción. El capital social puede ser aumentado por

decisión de la Asamblea hasta el quíntuplo de su

monto conforme al artículo 188 de la Ley General

de Sociedades. Las acciones que la Sociedad

emita en lo sucesivo con motivo de aumentos

de capital social serán de la misma clase que la

del accionista que las suscribió. Adicionalmente,

en caso de que un accionista de una clase ad-

quiera acciones de otro accionista de otra clase,

entonces las acciones adquiridas se convertirán

en acciones de la clase del accionista adquirente.

(…) ARTÍCULO NOVENO: ADMINISTRACIÓN Y

REPRESENTACIÓN: La administración de la so-

ciedad estará a cargo de un directorio compuesto

por cinco (5) directores titulares e igual de suplen-

tes. El término de su elección es de un ejercicio,

siendo reelegibles indefinidamente. La elección

de los directores se efectuará por clases de ac-

ciones, como lo prevé el artículo 262 de la Ley

Nº 19.550 y sus modificatorias, correspondiendo

la elección de tres (3) directores titulares e igual

número de directores suplentes a los accionistas

de la Clase “A” de acciones, y dos (2) directores

titulares e igual número de directores suplentes a

los accionistas de la Clase “B” de acciones. Los

Directores solo podrán ser removidos por los ac-

cionistas de la clase que los designó. Un Director

titular ausente solamente podrá reemplazado

por un Director suplente designado por la mis-

ma clase de acciones en el orden designado. La

presidencia del directorio corresponderá a un di-

rector designado por la Clase A de acciones. Los

Directores de la Clase A designarán y removerán

al gerente general y al gerente financiero, mien-

tras que los Directores de la Clase B designarán

y removerán al gerente comercial, todo ello en

los términos del artículo 270 de la Ley General de

Sociedades. (…) ARTICULO DECIMO TERCERO:

FISCALIZACION La Asamblea designará anual-

mente una Comisión Fiscalizadora compuesto

por tres (3) miembros titulares y tres (3) miembros

suplentes, de los cuales dos (2) síndicos titulares

e igual número de suplentes serán designados y

removidos por el accionistas Clase A y el restante

sindico titular y suplente será designado y remo-

vido por el accionista Clase B, con un mandato

de idéntica duración en cada caso. La Comisión

Fiscalizadora sesionará con la presencia de dos

miembros y resolverá por el voto favorable de dos

de sus miembros, sin perjuicio de las atribuciones

que individualmente correspondan a los síndicos.

De entre los miembros titulares, se elegirá al Pre-

sidente (…).

Autorizado según instrumento privado Asam-

blea Extraordinaria de fecha 12/10/2016

Natalia Maymo - T°: 125 F°: 766 C.P.A.C.F.

e. 16/11/2016 N° 86955/16 v. 16/11/2016