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N° 89074/16 Aviso del Boletín Oficial

MS MACROECONOMIA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 23 de noviembre de 2016

Texto del aviso

MS MACROECONOMIA S.A.

Por escritura Nº 232 Fº 505 del 18/11/2016 regis-

tro 2182 CABA se constituyó MS MACROECO-

NOMIA SA. Miguel Alexis SULICHIN (DIRECTOR

SUPLENTE), nacido 2/5/1963, casado, DNI

16.225.971, Arribeños 1398, piso 12 CABA y Vi-

vian SULICHIN (PRESIDENTE), nacida 4/2/1988,

soltera, DNI 33.545.405, Baez 644, piso 13,

departamento 1301 CABA, ambos argentinos y

empresarios. Sede y domicilio especial directo-

res: Carlos Pellegrini 1427, piso 8, departamento

B, CABA. 99 años desde inscripción en IGJ.

$ 100.000.- Objeto: a) COMERCIALES: I.- De

Agente de Negociación, de conformidad a lo

dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NORMAS

CNV (N.T. 2013), por lo que podrá actuar en la co-

Miércoles 23 de noviembre de 2016

locación primaria y en la negociación secundaria

a través de los Sistemas Informáticos de Nego-

ciación de los Mercados autorizados, ingresando

ofertas en la colocación primaria o registrando

operaciones en la negociación secundaria, tanto

para cartera propia como para terceros clientes,

cumpliendo con las normas dispuestas a estos

efectos por la Comisión Nacional de Valores.-

II.- De Agente de Liquidación y Compensación y

Agente de Negociación Propio, de conformidad

a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NOR-

MAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de de-

sarrollar las actividades propias de los Agentes

de Negociación, podrá solamente intervenir en

la liquidación y compensación de operaciones

(colocación primaria y negociación secundaria)

registradas para cartera propia y sus clientes,

siendo responsables del cumplimiento ante los

Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de

las obligaciones propias y de sus clientes.- III.-

De Agente de Liquidación y Compensación y

Agente de Negociación Integral, de conformidad

a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NOR-

MAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de de-

sarrollar las actividades propias de los Agentes

de Negociación, podrá intervenir en la liquidación

y compensación de operaciones (colocación pri-

maria y negociación secundaria) registradas para

cartera propia y sus clientes, como así también

prestar el mencionado servicio de liquidación y

compensación de operaciones a otros Agentes

de Negociación registrados ante la Comisión

Nacional de Valores, siendo responsables del

cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras

Compensadoras de las obligaciones propias, de

sus clientes y de las obligaciones de los Agen-

tes de Negociación con los que haya firmado un

Convenio de Liquidación y Compensación.- A fin

de llevar a cabo las actividades antes menciona-

das, se requerirá estar registrado en la corres-

pondiente categoría ante la Comisión Nacional

de Valores. Asimismo, la sociedad podrá solicitar

el registro ante el mencionado Organismo de

Contralor de cualquier otra actividad que sea

compatible conforme las normas reglamenta-

rias.- Cualquiera que sea la categoría en que se

registre ante la Comisión Nacional de Valores, se

encuentra facultada a realizar, en cualquier Mer-

cado del país, cualquier clase de operaciones

sobre valores negociables públicos o privados,

permitidas por las disposiciones legales y regla-

mentarias vigentes a las categorías de Agentes

mencionadas “ut-supra”; podrá operar en los

mercados en los cuales se celebren contratos al

contado o a término, de futuros y opciones sobre

valores negociables; la prefinanciación y distri-

bución primaria de valores en cualquiera de sus

modalidades, y en general, intervenir en aquellas

transacciones del Mercado de Capitales que

puedan llevar a cabo las categorías de Agentes

antes descriptas, en un todo de acuerdo con las

disposiciones legales y reglamentarias en vigor.-

b) MANDATARIAS: administración por cuenta de

terceros de negocios financieros, y en especial,

los relacionados con títulos de crédito, títulos

valores públicos o privados, representaciones,

cobranzas, mandatos, comisiones, consignacio-

nes y asesoramiento, con exclusión de aquello

que en virtud de la materia haya sido reservado

a profesionales con título habilitante; la actuación

como Agente de suscripciones o servicios de

renta y amortización; administración de carteras

de valores, fideicomisos financieros como Agen-

te Fiduciario, Fideicomisos no financieros u ordi-

narios y cualquier actividad financiera adecuada

a la normativa vigente en la materia; como agente

colocador de cuotas-partes de Fondos Comu-

nes de Inversión, conforme a las normas de la

Comisión Nacional de Valores y los Mercados del

país.- c) FINANCIERAS: Operaciones que tengan

por objeto títulos de crédito o títulos valores

públicos o privados, asesoramiento financiero y

toda operación permitida por la ley vigente. No

podrá realizar las actividades reguladas por la ley

de Entidades Financieras u otras que requieran

el concurso público.- Administración: Directorio

1 a 5 titulares por 3 ejercicios. Presidente o Vice-

presidente en caso de ausencia o impedimento.

Prescinde de sindicatura. Cierre: 31/03.- Autori-

zado según instrumento público Esc. Nº 232 de

fecha 18/11/2016 Reg. Nº 2182

Martina María Sack - Matrícula: 4695 C.E.C.B.A.

e. 23/11/2016 N° 89074/16 v. 23/11/2016