W20 Argentina W20Argentina

N° 89431/16 Aviso del Boletín Oficial

b. Los autores, cómplices, o instigadores de

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 25 de noviembre de 2016

Texto del aviso

b. Los autores, cómplices, o instigadores de

ción correspondiente.

De la afiliación VALORES PARA MI PAÍS

fraude electoral.

Distrito Catamarca

Que a fs. 2 corre agregada la Declaración de Artículo 3: El Partido estará compuesto por afi- c. Las personas a que se refiere la Ley de Par-

Principios, a fs. 3/7 las Bases de Acción Políti- liados y adherentes.

tidos Políticos. EDICTO

ca, a fs. 7/13 la Carta Orgánica Partidaria.

El Sr. Juez Federal con Competencia Electoral

a. Podrán ser afiliados las mujeres y hom- Artículo 6 bis: Se considerarán causales de Subrogante del Distrito Electoral Catamarca Que a fs. 188/194 corre agregado el nuevo tex- bres mayores de 16 (dieciséis) años de edad, expulsión de los afiliados, como también de Dr. Ricardo Antonio Moreno, hace saber, en to de la Carta Orgánica Partidaria, modificada domiciliados en el Distrito, que adhieran a su los adherentes, la realización de declaraciones cumplimiento de lo establecido en el art. 63 in mediante acta de la Junta Promotora obrante Declaración de Principios y cumplan con las públicas contrarias a la doctrina del partido, o fine de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos a fs. 187.

formalidades de afiliación previstas en esta en oposición a las resoluciones y acciones de- n° 23.298, la siguiente Resolución y Carta Orgá-

Carta Orgánica y en la normativa vigente en la cididas por la asamblea o la junta de gobierno, nica Partidaria (Expte. n° CNE 2715/2015).

Que, a fs. 215/216 dieron cumplimiento a la pre- Provincia de Catamarca.

como también la adhesión a políticas que se

sentación de los Libros Partidarios a los fines

encuentren en contradicción con los principios RESOLUCION:

de la rúbrica y sellado, conforme lo establece el b. Podrán ser adherentes las mujeres y hom- que definen las bases de acción política del

SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, art. 7 bis inc. “c” y art. 37 de la Ley n° 23.298 y bres que se encuentren excluidos del padrón partido; cuando por su gravedad o reiteración

03 de noviembre de 2016.

sus modificatorias y el art. 21 de la Ley n 26.215. electoral, en razón de su edad, nacionalidad, o no ameriten una sanción menor.

domicilio.

Fallo n°: 1261-16

Que de todas las constancias de autos poste-

De derechos de los adherentes

riores al reconocimiento provisorio ya referido, Los registros de afiliados y adherentes estarán

Y VISTO:

surge que oportunamente se dio cumplimiento permanentemente abiertos y a disposición de

Artículo 7: Los adherentes gozan de todos los

a las previsiones del art. 7 y luego a las exigen- los mismos, en la Sede del Partido. Salvo en

mismos derechos de los afiliados, con excep- El pedido de reconocimiento para actuar como cias del art 7 bis, de la Ley 23.298 - Orgánica de los periodos de cierre interno que no podrán

ción de los derechos políticos activos y pasi- Partido de Distrito formulado por la agrupación los Partidos Políticos y sus modificatorias, para exceder los60 (sesenta) días corridos.

vos, como ser el de votar en elecciones, y el política “VALORES PARA MI PAIS” en los au- resolver favorablemente el pedido de recono-

de presentarse como candidatos a un cargo tos NCNE 2715/2015 caratulados “VALORES cimiento de la personería jurídico política para

De los derechos de los afiliados

partidario. PARA MI PAIS s/reconocimiento de Partido de actuar como partido de Distrito.

Distrito”

Artículo 4:

De los deberes de los adherentes En consecuencia, deberán las autoridades

Y CONSIDERANDO:

electas instrumentar lo pertinente a fin de dar a. Los afiliados tienen derecho en el marco de

Artículo 8: Los adherentes tienen los mismos cumplimiento a las exigencias previstas en la esta Carta Orgánica a participar en la forma-

Ley n° 26.215 de Financiamiento de los Parti-

deberes de los afiliados, con excepción del de Que a fs. 18 se presenta la ciudadana Nancy

ción de opinión y a presentar su candidatura y

realizar la declaración jurada de bienes, ya que Inés Stefanoff DNI n° 14.891.031, quién han dos Políticos procediendo a la apertura de la ser elegidos en cualquiera de los órganos del

estos no podrán presentarse como candidatos sido designadas en el carácter de Apoderada cuenta corriente única en los términos del art. Partido.

en elecciones partidarias. de la agrupación política “VALORES PARA MI 20 de la norma citada, por la que se canalizarán

PAIS” (Acta de Fundación) solicitando el reco- todos los fondos de la agrupación política tanto b. La opinión de los afiliados podrá ser consul-

nocimiento de la personería jurídica - política públicos como privados.

tada por la Junta de Gobierno a través de los De la pérdida de la condición de adherente

de la mencionada agrupación; acompañando a

Consejos departamentales o directamente a

Artículo 9: La adhesión se extingue por renun- fs. 1 y 1 vta. el Acta Fundacional donde figuran Por todo lo expuesto, las disposiciones legales los afiliados por cualquier vía.

cia del adherente, expulsión o fallecimiento. los Miembros de la Junta Promotora del Distrito citadas y oído que fuere el Sr. Fiscal Federal,

siendo los siguientes ciudadanos: Presidente:

c. Los afiliados tienen también, los siguientes

Nancy Inés Stefanoff DNI n° 14.891.031; Maria- RESUELVO:

derechos:

Tampoco podrán ser adherentes, y en caso de

no Carlos Paz DNI n° 24.453.099; Juan Daniel

serlo, perderán su condición de tales:

Castillo Stefanoff DNI n° 40.598.177; Milagro 1°.-) Reconocer en forma definitiva como Parti- 1. A participar activamente en la elaboración y

Sofia Castillo Stefanoff DNI n° 39.017.142 y do Político, con personería jurídico-política para adopción de las resoluciones y programas del a. Los inhabilitados por las disposiciones lega-

Abel Castillo DNI n° 18.227.622. Asimismo en actuar en el Distrito en los términos del art. 7 bis Partido, mediante la libre expresión y defensa les vigentes, mientras dure su inhabilitación.

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Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.512

b. Los autores, cómplices, o instigadores de m. Decide la disolución del Partido en el distrito con el voto de la mayoría absoluta de la totali- 10. Designar al interventor, en caso de interven-

fraude electoral.

con unanimidad de la Asamblea de Distrito, la dad de los miembros que la componen.

ción a una CPV.

Junta de Gobierno, el Tribunal de Ética y Dis-

c. Los que posean jubilaciones de privilegio o ciplina y el Defensor General del afiliado y el h. Los delegados serán citados mediante carta 11. Dictar el Reglamento de Acefalia Partidaria.

hayan sido condenados por delitos de lesa hu- adherente.

de la cual deberá quedar copia de la recepción,

manidad o corrupción.

con firma, aclaración y número de documento 12. Crear y disolver los equipos de trabajo que

n. Decide sobre la apertura y cierre de los Cen- del delegado citado. La citación deberá reali- considere necesarios.

Título 4 Órganos de Gobierno del Partido tros de Participación Vecinal. Para la creación zarse con una anticipación mínima de 10 (diez)

se necesita el voto de la mayoría absoluta de días corridos a la fecha de reunión, en el que Realiza solicitudes a los distintos órganos.

Artículo 10: Los órganos que constituyen el go- los miembros presentes, y para el cierre se se determinará lugar, día, hora y orden del día.

bierno del Partido son: la Asamblea de Distrito; necesita el voto de las dos terceras partes de

13. Designar y remover a los miembros de la

la Junta de Gobierno; y los Centros de Partici- la totalidad de los miembros que la componen.

Escuela Superior de Conducción Política. Artículo 15: Cada delegado tiene un voto, a ex-

pación.

cepción del Presidente de la Asamblea que, en

o. Fija la fecha de realización de las elecciones

14. Designar las autoridades de los CPV, dictar caso de empate, tendrá un voto adicional.

Artículo 10 bis: Al momento de asumir un cargo internas de autoridades y candidatos a cargos

su reglamento y coordinar sus actividades.

dentro de los organismos de gobierno, el filiado electivos, con el voto de la mayoría absoluta de

Junta de Gobierno

deberá declarar bajo juramento que respetará la totalidad de los miembros que la componen,

15. Aprobar o desechar las actividades y los

las bases de acción política del partido, según a propuesta de la Junta de Gobierno.

programas elevados por los miembros de la Artículo 16: La Junta de Gobierno tiene a su

la fórmula que al efecto deberá redactar la pri-

Escuela Superior de Conducción Política. cargo la dirección y coordinación de la activi-

mer asamblea electa.

p. La Asamblea y la Junta de Gobierno podrán dad partidaria en el distrito y representa al Par-

convocar a consulta interna a los afiliados, de

Artículo 21: La Junta de Gobierno y la Asamblea tido en sus relaciones externas. Los miembros

Asamblea de Distrito

carácter no vinculante, sobre los temas que

de Distrito podrán con vocar a consulta interna de la Junta de Gobierno no pueden integrar el

consideren pertinentes, con el voto de la mayo-

a los afiliados, de carácter no vinculante, sobre Tribunal de Cuentas, ni el Tribunal de Ética y

Artículo 11: La Asamblea es el órgano delibera- ría absoluta de la totalidad de los miembros que

los temas que consideren pertinentes, con el Disciplina.

tivo máximo del distrito.

componen la Asamblea.

voto de la mayoría absoluta de la totalidad de

los miembros que componen la Asamblea.

Artículo 17: La Junta de Gobierno estará inte-

Estará compuesta por 15 (QUINCE) miembros, q. Resuelve sobre la admisibilidad del o de los

grada por una mesa ejecutiva conformada por

elegidos por el voto directo y secreto de los pedidos de juzgamiento de los miembros de la

Título 5 Otros Órganos del Partido

1 (un) Presidente, 1 (un) Vicepresidente, 1 (un)

afiliados del Partido, a razón de 1 (un) delegado Junta de Gobierno y del Tribunal de Ética y Dis-

Secretario General, 1 (un) Tesorero Titular y un

por cada comuna.

ciplina, con el voto de las dos terceras partes de

Artículo 22: Los demás órganos que constitu- (1) Tesorero Suplente.

la totalidad de los miembros que la componen.

yen el Partido son: el Tribunal de Ética y Disci-

La Asamblea estará conducida por 1 (un) Presi-

plina, el Tribunal de Cuentas, la Junta Electoral,

Los miembros de la Junta serán elegidos por dente, 1 (un) vicepresidente y 1 (un) Secretario, r. Decide la exoneración o culpabilidad de los

el Defensor General del Afiliado y el Adherente,

simple mayoría de votos de los afiliados del elegidos anualmente por la misma.

miembros de la Junta de Gobierno y del Tribu-

y la Escuela Superior de Conducción Política y

Distrito, en elecciones partidarias. nal de Ética y Disciplina, con el voto de las dos

los Centro de Participación.

Artículo 12: Los delegados electos de la Asam- terceras partes de la totalidad de los miembros

Artículo 18: Para ser miembro de la Junta de blea de Distrito permanecerán 2 (dos) años en que la componen.

Tribunal de Ética y Disciplina

Gobierno es necesario figurar en el padrón su cargo, con la posibilidad de ser reelectos

electoral del Distrito emitido por la justicia elec- indefinidamente.

s. Designa al Defensor General del Afiliado y el

Artículo 23: Está encargado de garantizar y

toral, como afiliado en el Partido. La duración Adherente.

velar por el ejercicio de los derechos de los

en el cargo es de 2 (dos) años, pudiendo ser De las facultades y funciones de la Asamblea

afiliados y adherentes, instruir y resolver los

reelectos indefinidamente, con excepción del t. Designa a los miembros del Tribunal de Ética

procedimientos disciplinarios que en el orden

Presidente de la Junta de Gobierno que solo Artículo 13: La Asamblea de Distrito:

y Disciplina; del Tribunal de Cuentas y de la

interno se sigan contra afiliados y adherentes

puede ser reelecto por una única vez en perio- Junta Electoral.

del Partido y aplicar, en su caso, las sanciones

dos consecutivos. a. Define y aprueba el programa de acción

pertinentes. Se constituyen con competencia

política, específicamente determina objetivos y De los delegados a la Asamblea de Distrito

en el distrito.

La elección deberá realizarse de 30 (treinta) formula lineamientos a seguir en temas especí-

ficos, con el voto de la mayoría absoluta de los Artículo 14:

a 45 (cuarenta y cinco) días corridos antes de Las sanciones que podrá disponer serán las de

miembros presentes.

la expiración de los mandatos anteriores. La llamado de atención, suspensión o expulsión

convocatoria a elecciones deberá realizarse en a. Todos los afiliados tienen derecho a acceder

de los afiliados y adherentes; según la gravedad

un plazo fijo de 90 (noventa) días antes de la b. Aprueba o rechaza alianzas electorales, con a la Asamblea conforme lo estipulado en el Re-

y reiteración de las faltas cometidas por aquél.

expiración de los mandatos anteriores. el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de glamento Interno de la misma. Los delegados

los miembros que la componen.

reciben una tarjeta identificadora para ejercer

Artículo 24: El Tribunal de Ética y Disciplina

su derecho de voto, mientras que todos los afi- Las listas que se presenten deberán contar con estará compuesto por 1 (un) Presidente, 1 (un)

el aval de por lo menos 50 (cincuenta) afiliados c. Decide sobre el lanzamiento de iniciativas liados tienen derecho a emitir su opinión, con-

Vicepresidente, y 1 (un) Secretario.

que figuren en el padrón total del distrito. populares, con el voto de la mayoría absoluta forme lo estipulado en el Reglamento Interno.

de los miembros presentes.

Serán elegidos por la Asamblea, por el voto de

b. La Asamblea se reúne ordinariamente una Artículo 19: La Junta de Gobierno se reunirá 1 al menos la mayoría absoluta de sus miembros.

d. Define la posición del Partido sobre las con- vez por año. Extraordinariamente se reúne a (una) vez por mes en sesiones ordinarias; y en

sultas populares y el referéndum, con el voto pedido de la Junta de Gobierno o, a pedido de sesiones extraordinarias cuando lo requiera el Los miembros del Tribunal permanecerán

Presidente o 3 (tres) de sus miembros, con es- de la mayoría absoluta de la totalidad de los por lo menos un tercio de sus delegados, o a

2 (dos) años en sus funciones pudiendo ser

miembros que la componen.

pedido del 25% (veinticinco por ciento) de los pecificación de los asuntos a considerar.

reelectos indefinidamente, y no podrán desem-

afiliados.

peñar ninguno de los otros cargos partidarios

e. Aprueba el reglamento de la Junta Electoral,

De las atribuciones y deberes

dentro de los órganos de gobierno enunciados

con el voto de la mayoría absoluta de la totali- c. Constituye requisito para ser delegado figu-

de la Junta de Gobierno

en el Art. 22 ni en la Asamblea, durante sus

dad de los miembros que la componen, el cual rar en el padrón electoral del Distrito emitido

mandatos.

será confeccionado y elevado por dicha Junta. por la justicia electoral y ser afiliado al Partido. Artículo 20: Son atribuciones y deberes de la

Junta de Gobierno:

Artículo 25: Deberá sesionar con la totalidad de

f. Decide sobre la aceptación o modificación de d. El quórum de la Asamblea, para sesionar

los miembros que la componen, y sus decisiones

esta Carta Orgánica, la Declaración de Princi- válidamente, tanto ordinaria como extraordina-

se adoptarán por la mayoría absoluta de los votos. 1. Implementar la política del Partido dirigiendo

pios y las Bases de Acción Política, con el voto riamente, es de la mayoría absoluta de la tota- su acción en el Distrito, de acuerdo con linea-

lidad de los miembros que la componen y, de de las dos terceras partes de la totalidad de los

mientos generales fijados conjuntamente con la Artículo 26: El Tribunal de Ética y Disciplina dic-

miembros que la componen.

lo contrario, pasada 1 (una) hora se convocará Asamblea de Distrito.

tamina sobre:

a una nueva Asamblea a realizarse en el plazo

g. Aprueba anualmente la memoria, balance y de 7 (días) corridos, que sesionará válidamente

a. Conflictos o divergencias de interpretación 2. Hacer cumplir las sanciones disciplinarias

presupuesto, elevados por el Tribunal de Cuen- con los miembros presentes.

y aplicación de esta Carta Orgánica, las Bases impuestas por la Asamblea o el Tribunal de Éti-

tas, con el voto de la mayoría absoluta de los

ca y Disciplina.

de Acción Política o resoluciones de cualquier

miembros presentes.

e. La Asamblea dictará su propio Reglamento

órgano del Partido.

Interno, siendo de aplicación supletoria el de la

3. Convocar a la Asamblea a sesión extraor-

h. Se pronuncia sobre las actuaciones de los honorable Cámara de Diputados de la Nación.

b. Conflictos entre los órganos del Partido. dinaria y formular el orden del día respectivo,

representantes electos por el Partido en el Dis- Deberá contener mínimamente los siguientes

tanto en las Asamblea ordinarias como en las

trito, los que elevarán anualmente a la Junta de puntos:

c. Todos los otros conflictos que sean deriva- extraordinarias.

Gobierno un informe relativo a su gestión.

dos por la Junta de Gobierno.

• Orden y fijación de los tiempos de debates

4. Es responsable de todos los actos adminis-

i. Solicita informes e interpela a los represen- en sesión.

El Tribunal de Ética y Disciplina, antes de apli-

trativos y políticos, en particular define las con-

tantes y dirigentes del Partido, con el voto de la

car sanción alguna, deberá propender al acer-

diciones de trabajo del Presidente y contrata

mayoría absoluta de la totalidad de los miem- • Régimen de sanción. Formas y casos de san-

camiento de las partes en conflicto y lograr un

los colaboradores administrativos.

bros que la componen. Quienes sean citados ción a sus propios miembros.

entendimiento.

por el cuerpo, estarán obligados a concurrir

5. Designar a los apoderados del Partido en el personalmente.

• Régimen de licencia de los delegados a la

Tendrá a su cargo la recepción y guarda de la

Distrito. Asamblea.

declaración jurada patrimonial de los miembros

j. Designa las comisiones internas y las comisio-

de los órganos de Gobierno y los funcionarios

6. Convocar a elecciones internas de autorida- nes asesoras de la Asamblea que estime con- • Régimen de votación.

públicos del Partido.

venientes, con el voto de la mayoría absoluta de

des y candidatos a cargos electivos.

la totalidad de los miembros que la componen. f. El orden del día será preparado por el Pre-

Artículo 27: El Tribunal de Ética y Disciplina dicta-

7. Coordinar la comunicación del Partido en el sidente de la Asamblea y se podrán mocionar

rá un Reglamento Interno para su funcionamien-

distrito. k. Entiende y resuelve en todos los asuntos no otros puntos por parte de los delegados titula-

to y las normas de procedimiento aplicables, las

atribuidos expresamente a otros órganos del res, conforme lo establezca oportunamente el

que serán divulgadas entre los afiliados.

Partido.

Reglamento Interno.

8. Reglamentar la Carta Orgánica sin modificar

sus fines.

Artículo 28: Las decisiones del Tribunal serán

l. Aprueba un programa anual de trabajo, con el g. La Asamblea, cuando se reúna por primera

irrecurribles en el ámbito del Partido, agotando

voto de la mayoría absoluta de la totalidad de vez, designará su Vicepresidente, su Secreta- 9. Llevar los libros y registros que prescriba la la instancia administrativa y dejando abierta la

los miembros que la componen.

rio, que surgirán de los delegados ya electos, legislación vigente.

vía judicial.

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Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.512

Artículo 29: El Tribunal no resuelve en cuestio- Defensor General del Afiliado y el Adherente a. Fondos provenientes de los distintos poderes Artículo 57: Los bienes del Partido extinguido

nes que afecten a sus propios miembros y a los

ejecutivos: Nacional, Provincial o municipal, se- serán donados a una institución Cristiana de

miembros de la Junta de Gobierno.

Artículo 38: El Defensor General del Afiliado y gún lo indique la normativa vigente.

beneficencia, estando a cargo de dicha dona-

el Adherente es un órgano independiente, ins-

ción quienes ejercían el Tribunal de Cuentas.

Tribunal de Cuentas

tituido en el ámbito de la Asamblea de Distrito, b. Con las contribuciones de los afiliados, ad-

que actuará con plena autonomía funcional sin herentes, y/o personas físicas o jurídicas.

Título 10 Normas Generales:

Artículo 30: El Tribunal de Cuentas estará inte- recibir instrucciones de ninguna autoridad.

grado por 1 (un) Revisor General de Cuentas, y

Artículo 46: Todos los gastos e inversiones que Artículo 58: Todos los cargos partidarios, sin

2 (dos) Revisores Generales de Cuentas Adjun- Su misión es la defensa y protección de los de- efectúe el Partido serán controlados por el Tri- excepción alguna, se ejercerán ad honorem, sin

derecho a retribución pecuniaria alguna. tos, designados por la Asamblea, a través del rechos, garantías e intereses del afiliado y ad- bunal de Cuentas.

voto directo de al menos la mayoría absoluta herente, tutelados por la Constitución Nacional,

Artículo 59: Luego de oficializadas las precan- del total de sus miembros.

por la Constitución de la Provincia de Catamar- Los fondos del Partido, salvo los destinados a

didaturas o candidaturas se abrirá un plazo de ca, leyes que en su consecuencia se dicten, por financiar la campaña electoral, deberán depo-

24 horas para realizar impugnaciones a la reso- Permanecerán 2 (dos) años en sus funciones y esta Carta Orgánica y demás reglamentos que sitarse en una cuenta única que se abrirá en el

podrán ser reelectos indefinidamente.

dicte el Partido, ante hechos, actos u omisiones

lución ante la junta electoral. Banco de la Nación, según lo establecido en la

de las autoridades partidarias. Tendrá también normativa vigente.

Artículo 60: Ningún miembro del Partido podrá Deberá sesionar con la totalidad de los miem- la misión de controlar el ejercicio de las funcio-

ocupar más de tres cargos simultáneamente. bros que la componen, y sus decisiones se nes administrativas.

Artículo 47: Los aportes al Partido son:

adoptarán por la mayoría absoluta de los votos.

Artículo 61: Cada órgano propone anualmente a Artículo 39: El Defensor será designado y remo- a. Los realizados por personas jurídicas no

la Junta de Gobierno su presupuesto de gastos, vido por la Asamblea con el voto de la mayoría Artículo 31: El tribunal de Cuentas tendrá ac-

podrán ser superiores al monto equivalente al

así como la designación del personal necesario absoluta de la totalidad de los miembros que la ceso permanente a los libros de contabilidad,

50% (cincuenta) del total de gastos permitidos.

para sus tareas administrativas. componen. extractos bancarios y a toda documentación

económica y financiera del Partido.

b. Los realizados por personas físicas no po-

Título 11 Norma Transitoria Permanecerá en su cargo 2 (dos) años, pudien- drán ser superiores al monto equivalente al

Tiene el deber de informar inmediatamente al do ser nuevamente designando por una sola 50% (Cincuenta) del total de gastos permitidos. Artículo 62: Las autoridades surgidas en el Acta vez en forma consecutiva. Presidente de la Junta de Gobierno y al Presi-

Constitutiva del Partido Valores para mi País

dente de la Asamblea de Distrito, sobre cualquier

Título 8 Elecciones Internas y

ejercerán las funciones que la presente otorga Escuela Superior de Conducción Política irregularidad que advierta. La Junta de Gobierno

Participación Popular

a todos los organismos partidarios, hasta tanto,

podrá solicitar la opinión del Tribunal de Cuentas

mediando elecciones, dichos organismos se Artículo 40: La Escuela Superior de Conduc-

con relación a los asuntos de su competencia.

Artículo 48: El presente título se aplicará a las constituyan. ción Política es un órgano del Partido, depende

elecciones internas para elegir candidatos a

directamente de la Junta de Gobierno, la cual

Artículo 32: Anualmente, el Tribunal de Cuentas

cargos Públicos electivos nacionales y de la Artículo 63: Durante los primeros 10 (diez) designa y remueve a sus autoridades.

elevará a la Asamblea para su consideración,

Provincia de Catamarca, siendo de aplicación años de funcionamiento del partido, solamente

un informe que será tenido en cuenta por la

supletoria el Código Nacional Electoral y la Ley Artículo 41: Todas las actividades de la Escuela

podrán ocupar los cargos de presidente de la

misma en oportunidad de expedirse sobre la

electoral de la Provincia de Catamarca, la Ley Superior de Conducción Política, son gratuitas

Asamblea, presidente de la Junta de Gobierno,

gestión de la Junta de Gobierno, la cual recibirá

Orgánica de los Partido Políticos, y la ley 26.571 y presidente del Tribunal de Ética y Disciplina, y de libre acceso para los afiliados y adherentes

copia del mismo.

Ley de Democratización de la Representación aquellas personas que se encuentren entre los del Partido.

Política, la Transparencia y la Equidad Electoral. miembros integrantes de la Junta Originaria

Junta Electoral

Artículo 42: Todas las actividades de la Escue-

Promotora de Valores Para mi País.

Artículo 49: El mecanismo para elegir cargos la Superior de Conducción Política deben ser

Artículo 33: La Junta Electoral estará integrada

públicos, será mediante la implementación de aprobadas previamente a su realización, por la

Artículo 64: Durante los primeros 10 (diez) años

por 3 (tres) miembros: 1 (un) Presidente, 1 (un)

elecciones internas, de no haber una sola lista Junta de Gobierno.

de funcionamiento del partido, los delegados

Vicepresidente y 1 (un) secretario, designados

conformada, la cual será proclamada electa por por departamentos para integrar la Asamblea

por la Junta de Gobierno que no podrán ser Artículo 43: Son sus funciones:

la Junta Electoral.

de Distrito, como las personas designadas para

miembros de la misma.

conducir los CPV, podrán tener domicilio fuera

a. Realizar un informe anual que contiene el Artículo 50: Las elecciones internas para elegir del ámbito de la comuna que se trate, siempre

Artículo 34: El mandato de los miembros de la análisis político de la situación partidaria, el precandidatos a cargos electivos y/o ejecutivos que sea dentro de la Provincia de Catamarca.

Junta Electoral durará 2 (dos) años.

funcionamiento interno del Partido en general y deberán ser convocadas con 90 (noventa) días

de cada una de sus áreas y órganos en particu- de anticipación a la oficialización de las listas DR. RICARDO ANTONIO MORENO JUEZ

Deberá sesionar con la totalidad de los miem- lar; el cual elevará a la Asamblea de Distrito, a de la elección primaria obligatoria.

FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL

bros que la componen, y sus decisiones se la Junta de Gobierno y al Defensor General del

SUBROGANTE Juez - FDO. DR. AMERICO

adoptarán por la mayoría absoluta de los votos. Afiliado y el Adherente.

El término para oficializar precandidatos será MORCOS - SECRETARIO ELECTORAL FEDE-

de 20 (veinte) días anteriores a la elección pri- RAL SECRETARIO ELECTORAL FEDERAL

b. Realizar un informe que elevará a la Asam- Artículo 35: Son atribuciones de la Junta Electoral:

maria obligatoria simultánea.

En San Fernando del Valle de Catamarca, quin-

blea de Distrito, conteniendo los requisitos que

ce de noviembre del año dos mil dieciséis. FDO.

a. Formar el padrón de afiliados, depurarlo pe- considere, en ese momento, necesarios para Las elecciones para cargos partidarios podrán DR. AMERICO MORCOS - SECRETARIO ELEC-

riódicamente de los afiliados fallecidos, o que un desempeño idóneo de la función, y los po- coincidir o no con las elecciones para cargos TORAL FEDERAL DR. RICARDO ANTONIO

hubieran renunciado, o que fueron inhabilita- sibles candidatos con motivo de la elección del legislativos y/o ejecutivos, estableciendo que las MORENO JUEZ FEDERAL CON COMPETEN-

dos, suspendidos o expulsados.

Defensor General del Afiliado y el Adherente. candidaturas deberán ser oficializadas con 30 CIA ELECTORAL SUBROGANTE Juez - FDO.

(treinta) días de anticipación al acto eleccionario. DR. AMERICO MORCOS - SECRETARIO ELEC-

c. A pedido de los representantes electos del b. Solicitar la impresión del padrón de afiliados

TORAL FEDERAL SECRETARIO ELECTORAL

Partido, ya sea a nivel nacional o distrital, reali- a la Justicia Electoral.

Artículo 51: Podrán ser precandidatos, y par- FEDERAL

zará informes, proyectos y prestará asistencia. ticipar en las elecciones internas, todos los

e. 25/11/2016 N° 89431/16 v. 25/11/2016

c. Registrar los cambios de domicilio, actuali-

afiliados del Partido. Para cargos electivos,