W20 Argentina W20Argentina

N° 90609/16 Aviso del Boletín Oficial

BACK IN TIME S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 29 de noviembre de 2016

Texto del aviso

BACK IN TIME S.R.L.

Acto Privado del 20/10/2016.- Socios: Fernan-

do Abramowicz, argentino, soltero, comer-

ciante, 24/02/1984, DNI: 30.859.460, Maure

4125 piso 3° depto. “A” C.A.B.A.; y Fernando

Ariel Caroli, argentino, casado, comerciante,

26/9/1986, DNI: 33.033.094, Pasaje Hawai 3021

depto. “A” C.A.B.A.- Denomination: “BACK IN

TIME S.R.L.”. Duración: 99 años. Objeto: I) De-

sarrollará las actividades previstas en el artículo

4° del Decreto 1187/93, y defínese a los fines

de este decreto como actividad del mercado

postal, a las actividades que se desarrollen

para la admisión, clasificación, transporte, dis-

tribución y entrega de correspondencia, cartas,

postales, encomiendas de hasta cincuenta (50)

kilogramos, que se realicen dentro de la Repú-

blica Argentina y desde o hacia el exterior. Esta

definición incluye la actividad desarrollada por

los llamados courriers, o empresas de courriers

y toda actividad asimilada o asimilable.- II) La

compra, venta, importación, exportación, co-

misión, consignación, representación, distri-

bución, cualquier forma de comercialización y

soporte e instalación de todo tipo de productos

electrónicos, informáticos y periféricos. Todas

las actividades que en virtud de la materia lo re-

quieran, serán ejercidas por profesionales con

título habilitante. Capital: $ 40.000.- Administra-

ción: Uno o más gerentes, en forma individual e

indistinta, socios o no, por todo el tiempo que

dure la sociedad. Cierre de Ejercicio: 30/04.

Gerentes: Fernando Abramowicz y Fernando

Ariel Caroli; ambos con domicilio especial en

la sede social. Sede Social: Av. Santa Fe 3312,

piso 2°, oficinas “C y D”, C.A.B.A.- Autorizado

según instrumento privado Constitutivo de fe-

cha 20/10/2016

Fabiana Karina Eustasi - Habilitado D.N.R.O.

N° 11453

e. 29/11/2016 N° 90609/16 v. 29/11/2016