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N° 90936/16 Aviso del Boletín Oficial

AROMA CAFE S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES miércoles, 30 de noviembre de 2016

Texto del aviso

AROMA CAFE S.A.

Por Acta de Asamblea General Ordinaria y

Extraordinaria Unánime de fecha 22/05/2015,

se resolvió aumentar el capital en la suma de

$ 1.620.000 (pesos un millón seiscientos vein-

te mil), es decir de $ 4.330.351 (Pesos cuatro

millones trescientos treinta mil trescientos

cincuenta y uno) a $ 5.950.351 (Pesos cinco

millones novecientos cincuenta mil trescien-

tos cincuenta y uno), mediante la emisión de

1.620.000 acciones de valor nominal $ 1 cada

una y con derecho a un voto por acción. Como

consecuencia se reformó el Artículo 4 del Es-

tatuto Social, el cual quedará redactado de la

siguiente forma: “ARTICULO CUARTO: El capi-

tal social es de $ 5.950.351, representado por

5.860.351 acciones ordinarias nominativas no

endosables de $ 1 valor nominal cada una y con

derecho a un voto y 90.000 acciones preferidas

sin derecho a voto de valor nominal $ 1 por

acción. El capital puede aumentarse el quíntu-

plo por decisión de la Asamblea Ordinaria de

Accionistas, mediante la emisión de acciones

ordinarias o preferidas, nominativas no endosa-

bles, según lo decida la Asamblea, con derecho

a un voto por acción y de un peso valor nominal

cada una, emisión que la Asamblea podrá dele-

e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar

Registro Nacional de la Propiedad

Domicilio legal: Suipacha 767-C1008AAO

Tel. y Fax 5218-8400

Buenos Aires,

miércoles 30

de noviembre de 2016

Año CXXIV

Número 33.514

Precio $ 20,00

OFICIAL DE LA REPÚBLICA

y obligatorios por el efecto de esta

circulados dentro de todo el

La edición electrónica del Boletín Oficial

edición impresa (Decreto Nº 207/2016).

gar en el Directorio en los términos del artículo

188 de la ley 19.550”.

Autorizado según instrumento privado Acta de

Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha

22/05/2015

Eleazar Christian Melendez - T°: 50 F°: 839

C.P.A.C.F.

e. 30/11/2016 N° 90936/16 v. 30/11/2016