N° 91116/16 Aviso del Boletín Oficial
GRUPO 1 S.A.
Texto del aviso
GRUPO 1 S.A.
Rectificación del T.I. 81026/16 del 28/10/2016,
por Esc. 690 del 25/11/2016, se modificó el art.
3°, quedando redactado: ARTICULO TERCE-
RO: Objeto: Constructora. A) venta o comercia-
lización de edificios por el régimen de propie-
dad horizontal y en general, la construcción y
compraventa de todo tipo de inmuebles. Como
actividad secundaria la sociedad tendrá por
objeto dedicarse a negocios relacionados con
la construcción de todo tipo de obras públicas
o privadas, sea a través de contrataciones di-
rectas o de licitaciones, para la construcción
de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro
trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura;
asimismo, corresponde al objeto social la inter-
mediación en la compraventa, administración y
explotación de bienes inmuebles propios o de
terceros y de mandatos; b) la adquisición del
terreno a la calle a los efectos de construir un
edificio y la venta de las unidades funcionales
y complementarias resultantes, bajo el régimen
de la ley 13512 de propiedad horizontal y decre-
tos y leyes conexas. Inmobiliaria: Operaciones
inmobiliarias, compraventa, permita, alquiler,
arrendamiento de propiedades inmuebles -ur-
banos o rurales-, inclusive las comprendidas
bajo el régimen de propiedad horizontal, así
como también toda clase de operaciones inmo-
biliarias incluyendo el fraccionamiento y poste-
rior loteo de parcelas destinadas a la vivienda,
urbanización, clubes de campo, explotaciones
agrícolas o ganaderas, parques industriales,
pudiendo tomar la venta o comercialización
de operaciones inmobiliarias de tercero. Podrá
inclusive realizar todas las operaciones sobre
inmuebles que autoricen las leyes comprendi-
das en las disposiciones de la ley de propiedad
horizontal. También podrá dedicarse a la admi-
nistración de propiedades inmuebles propias
o de terceros. Financieras: 1) Conceder crédi-
tos para la financiación de la compra o venta
Segunda
de bienes pagaderos en cuotas o a término,
préstamos personales con garantía o sin ella,
realizar operaciones de créditos hipotecarios,
mediante recursos propios, inversiones o
aportes de capital a sociedades por acciones
constituidas o a constituirse, para operaciones
realizadas, en curso de realización o a reali-
zarse: préstamos a intereses y financiaciones,
y créditos en general, con cualquiera de las
garantías previstas en la legislación vigente, o
sin ellas, con fondos propios, comprar, vender
y todo tipo de operaciones con títulos, accio-
nes, obligaciones, debentures y cualquier otro
valor mobiliario en general, sean nacionales o
extranjeros, por cuenta propia o de terceros.
2) Otorgar préstamos o aportes o inversiones
de capitales a particulares o sociedades por
acciones; realizar financiaciones y operacio-
nes de créditos en general con cualquiera de
las garantías previstas en la legislación vigente
o sin ellas; negociación de títulos, acciones y
otros valores mobiliarios y realizar operaciones
financieras en general. A los fines antedichos,
la sociedad tiene plena capacidad para adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer los
actos que no sean prohibidos por las leyes y/o
por este estatuto. La sociedad no realizará las
actividades comprendidas en la ley de entida-
des financieras número 21526 Autorizado se-
gún instrumento público Esc. Nº 568 de fecha
14/10/2016 Reg. Nº 1885
Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.
e. 30/11/2016 N° 91116/16 v. 30/11/2016