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N° 90836/16 Aviso del Boletín Oficial

SABORES DE GUSTAR S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 30 de noviembre de 2016

Texto del aviso

SABORES DE GUSTAR S.R.L.

Por acta de reunión de socios de fecha

22/08/2016, por unanimidad se resolvió:

(a) reformar la cláusula novena del estatuto

social, que quedó redactada de la siguiente

manera: “Novena. Administración y represen-

tación - La administración y representación

legal de la sociedad corresponderá a uno (1)

o más gerentes cuya duración en el cargo

será por tiempo indeterminado. Cuando la

gerencia sea plural, los gerentes podrá admi-

nistrar y representar a la Sociedad de forma

individual e indistinta en todas las activida-

des y negocios que corresponden al objeto

de la Sociedad, sin limitación de facultades,

en la medida que los actos tiendan al cum-

plimiento del objeto social, pudiendo realizar

cualquier acto o celebrar todo contrato, así

como otorgar todo tipo de instrumento pú-

blico o privado que se requiera en pos del

objeto descripto en la cláusula tercera. En

consecuencia, los gerentes tienen todas las

facultades para administrar y disponer de los

bienes de la Sociedad, incluso aquellas para

las cuales la ley requiere poderes especiales

conforme el artículo 375 del Código Civil y

Comercial de la Nación y al artículo 9ª del

Decreto - Ley N 5965/63. Bajo ningún con-

cepto la Gerencia podrá asumir obligaciones

extrañas al objeto social y usar el nombre de

la Sociedad en representación de terceros

o de los socios sin autorización previa de la

reunión de socios, quien así deberá decidirlo

de forma unánime. Los actos llevado a cabo

en contra de las mencionadas restricciones

serán nulos e inválidos y no obligarán a la So-

ciedad ni a sus socios. Cada gerente deberá

constituir garantía por el correcto desempeño

de sus funciones, a favor de la Sociedad, por

el plazo que dure su mandato más el período

de prescripción de las acciones individuales

que puedan iniciarse en su contra. El monto

de la garantía no podrá ser inferior a pesos

diez mil ($ 10.000) ni superior a pesos cin-

cuenta mil ($ 50.000) o cualquier otro monto

que sea requerido por la normativa aplicable”;

b) fijar en uno (1) el número de gerentes y de-

jar constancia de que la Sra. María Alejandra

Gatica con domicilio especial en la calle Ce-

rrito 1266 P° 9, of. “37”, CABA continuará en

ejercicio de su cargo de gerente. Autorizado

según instrumento privado reunión de socios

de fecha 22/08/2016

Eduardo Alejandro Galindo - T°: 124 F°: 343

C.P.A.C.F.

e. 30/11/2016 N° 90836/16 v. 30/11/2016