N° 91548/16 Aviso del Boletín Oficial
BARRIO EL ALJIBE S.A.
Texto del aviso
BARRIO EL ALJIBE S.A.
Por escritura del 29/11/2016 se constituyo la so-
ciedad en los términos del Articulo 3 de la Ley
General de Sociedades. Socios: Sergio Jorge
RODONI, argentino, 27/6/65, DNI 17.302.179,
Lorenzo López 912, Pilar, Provincia de Buenos
Aires; Juan Esteban FERNÁNDEZ, argentino,
15/1/71, DNI 21.980.263, Club Newman, Ruta
9, Km 39,5, Benavidez, Provincia de Buenos Ai-
res, Matías GAVIÑA NAON, argentino, 13/8/70,
DNI 21.657.165, José León Pagano 2628, Cap.
Fed., Sergio Alberto FERRANDO, argentino,
23/10/59, DNI 13.417.465, José Ingenieros 4070,
Becar, Partido de San Isidro, Provincia de Bue-
nos Aires; y Matías Benito AHUMADA VELAS-
QUEZ, chileno, 25/5/55, DNI 92.858.945, Ruta
9, Kilómetro 39,500, Club Newman, Benavidez,
Provincia de Buenos Aires, todos empresarios,
casados; Plazo: 99 años; Objeto: sin perseguir
fin de lucro alguno, actuando en todos los casos
como administradora y/o propietaria fiduciaria,
la organización, desarrollo y mantenimiento de
actividades deportivas, culturales, sociales y
de prestación y administración de servicios,
para la satisfacción de las necesidades propias
del Barrio. A tal fin, la Sociedad podrá por sí o
por terceros realizar las siguientes actividades:
a) Administración: Mediante la recaudación y
aplicación de los fondos necesarios para ha-
cer frente a los gastos derivados del normal
funcionamiento, conservación, modificación
y desarrollo de las instalaciones deportivas y
sociales del Barrio y de la infraestructura urba-
nística del fraccionamiento, procediendo a su
contabilización de conformidad a las normas
contables de práctica y que mejor se adap-
ten a la naturaleza de su objeto. b) Servicios:
Mediante la prestación por cuenta y orden
de sus asociados de los servicios necesarios
para proveer al funcionamiento, conservación
y desarrollo de los bienes que se encuentran
bajo su dominio o administración y a una mejor
calidad de vida para los integrantes del Barrio.
c) Mandatos: Mediante la representación de
los intereses de la entidad y de sus integran-
tes ante las autoridades públicas nacionales,
provinciales, municipales o de fomento, y ante
las entidades afines, e instituciones deportivas,
sus federaciones y confederaciones. A tales
efectos la sociedad podrá: 1) Adquirir todo tipo
de bienes, inmuebles, muebles o semovientes,
o cualquier susceptible de ser incorporado al
patrimonio social, constituir y otorgar servi-
dumbres de todo tipo, sobre predios propios
o de terceros, dar y recibir en usufructo.- Para
vender o gravar los inmuebles el directorio
deberá contar con la aprobación de la asam-
blea extraordinaria de accionistas que a ese
efecto requerirá del sesenta por ciento (60%)
de las acciones con derecho a voto y el voto
favorable del cincuenta y un por ciento (51%)
de las acciones con derecho a voto. 2) Dictar
los reglamentos para determinar el uso de las
instalaciones deportivas sociales y establecer
las normas de convivencia que deberán obser-
var los integrantes de la urbanización del Ba-
rrio, sus familiares y terceros. 3) Proporcionar a
sus asociados un lugar apropiado para la vida
comunitaria y en contacto con la naturaleza
proveyendo al mantenimiento, conservación y
administración de las áreas de esparcimiento,
espacios circulatorios salón de usos múltiples,
y demás bienes, prestando los servicios que
resulten necesarios a tal efecto, tales como
parquización, mantenimiento de espejos de
agua, conservación de espacios circulatorios
comunes, vigilancia, recolección de residuos,
limpieza, mantenimiento del alumbrado de
espacios comunes, edificaciones de cualquier
tipo, pavimentar, explotar, conservar y mante-
ner desagües pluviales; agua de red, bombas,
entre otros, todos ellos, ya sea por sí o por
medio de la contratación de terceros. Asimis-
mo, la sociedad podrá dictar los reglamentos
y disposiciones que fueran necesarias para
el cumplimiento de su objeto. 4) Realizar, pro-
mover y propiciar cualquier tipo de reuniones
sociales para el conocimiento y esparcimiento
de sus socios.- 5) Brindar a sus asociados la
posibilidad de promoción cultural, organizar
exposiciones, exhibiciones, cursos, charlas y
seminarios, fomentar actividades deportivas
y culturales. Participar en entidades sin fines
de lucro y sociedades de fomento.- 6) Fijar las
contribuciones para atender los gastos de fun-
cionamiento, mantenimiento y ampliación de
las instalaciones edilicias y deportivas y de la
infraestructura urbanística, correspondientes a
los bienes bajo su dominio o administración. 7)
Establecer las categorías de socios y los dere-
chos y obligaciones de los mismos respecto de
la utilización de los servicios sociales y fijar las
Sección
cotizaciones correspondientes a cada catego-
ría. 8) Proveer a la recaudación y aplicación de
los fondos para el sostenimiento del Barrio en
cumplimiento del objeto social, estableciendo
las sanciones correspondientes por mora o
falta de pago. 9) Hacer cumplir este Estatuto y
las reglamentaciones que en su consecuencia
se dicten, y establecer y aplicar las sanciones
en caso de incumplimiento. A los fines prece-
dentemente establecidos, que son meramente
ejemplificativos, ya que la sociedad podrá
realizar todos los actos que hagan a un mejor
cumplimiento de su objeto social, la Sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir de-
rechos, contraer obligaciones y ejecutar todos
los actos que no se encuentren prohibidos por
las leyes o por este Estatuto. A los fines del
cumplimiento del objeto social podrá realizar
actividades para promover y fomentar activi-
dades deportivas, sociales, culturales creando
sectores destinados a esparcimiento deporti-
vo, estableciendo las condiciones para su uso;
pudiendo dictar reglamentos determinando los
derechos y obligaciones de los accionistas,
y/o usuarios y las penas por las infracciones y
conformar grupos de personas homogéneas
con arreglo a ideales éticos que reporten para
sus integrantes una forma agradable de vivir,
sea en forma permanente o durante períodos
vacacionales, que se constituirá en la localidad
de Pilar (Provincia de Buenos Aires), bajo el
nombre de Barrio El Aljibe; Capital: $ 100.000;
Cierre de ejercicio: 31/10; Presidente: Juan
Esteban Fernandez, Director Suplente: Sergio
Jorge Rodoni, ambos con domicilio especial
en la sede; Sede: Esmeralda 961, Piso 2°, Cap.
Fed. Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 290 de fecha 29/11/2016 Reg. Nº 2146
Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.
e. 01/12/2016 N° 91548/16 v. 01/12/2016