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N° 91264/16 Aviso del Boletín Oficial

LECOAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 1 de diciembre de 2016

Texto del aviso

LECOAL S.A.

Escritura Pública N° 410 de fecha 18/11/2016.

Registro Notarial 1711. I) SOCIOS: Favio

Torres, argentino, 07/07/1969, empresario,

casado, DNI 20.911.164, CUIT 20-20911164-1

y domicilio real en Barrio Uno Casa N° 159

de la Ciudad de Plaza Huincul, Provincia de

Neuquén y Fernando José TORRES, argenti-

no, 22//11/1972, comerciante, divorciado, DNI

23.072.332, CUIT 20-23072332-0, y domicilio

real en la calle Atahualpa Yupanqui 934, Barrio

Central, Plaza Huincul, Provincia de Neuquén.

II) DENOMINACIÓN: LECOAL S.A. III) PLAZO:

99 años. IV) OBJETO: La Sociedad tiene por

objeto realizar por cuenta propia, o ajena, en

forma independiente o asociada a terceros,

en el país o en el extranjero: CASINOS-HO-

TELERIA-TURISMO-INVERSIONES: la cons-

trucción, explotación, y/o administración de

casinos, salas de juego y hoteles, fomento del

turismo e inversiones relacionadas con tales

actividades. A tal fin la sociedad desarrollará

las siguientes actividades: 1) Explotación, ope-

ración, administración y promoción de casinos

dentro y fuera de la República y demás salo-

nes destinados a la explotación, venta, promo-

ción, instalaciones, maquinarias recreativas de

juegos de azar, y todo tipo de bienes muebles

relacionados al juego; bingos, maquinarias

tragamonedas, sorteos, billetes de lotería,

prode, quiniela, loto, quini 6, o similares y todo

otro juego o apuestas oficiales y debidamente

autorizados por la autoridad competente, de

conformidad con las disposiciones legales vi-

gentes en la materia; 2) Comercialización, dis-

tribución, importación y exportación de mate-

rial de estos juegos y apuestas, especialmente

placas, componentes y material eléctrico; 3)

Investigación y desarrollo de nuevos sistemas

y aparatos electrónicos de juegos y aplicacio-

nes informáticas para su implementación y uti-

lización; 4) Diseño, fabricación, equipamiento

y montaje de aparatos electrónicos de juegos

y sus accesorios; 5) Compraventa, locación,

adquisición, alquiler o leasing, distribución

al por mayor y por menor; importación y ex-

portación de aparatos electrónicos de juegos

y accesorios, su mantenimiento, reparación,

reposición y reemplazo; 6) Explotación y mon-

taje de centros recreativos de juego; pudiendo

actuar como franquiciador o franquiciado.

Quedan incluidas las tareas de consultoría,

promoción, gerencia, dirección y adminis-

tración de los citados casinos y salones de

juegos; 7) Capacitación de personal propio

y de terceros; 8) Toda las actividades antes

mencionadas podrán realizarse por cualquier

medio, incluyendo medios electrónicos o a

través de redes de comunicación similares,

pudiendo la sociedad -a tal fin- dedicarse a

la producción de todo tipo de bienes, proce-

sos y servicios en el área de comunicaciones

electrónicas y otros productos de alta tecno-

logía, de interés directo para entes estatales o

privados, tanto nacionales como extranjeros,

con preferencia aquellos que permitan susti-

tuir importaciones.- Servicios de Telecomuni-

caciones: prestación pública o a terceros de

todo tipo servicio de telecomunicaciones, sea

fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico nacional o

internacional con o sin infraestructura propia.

Investigación y Desarrollo de temas de alta

tecnología, en particular microcomputadoras,

todo tipo de periféricos y programas asocia-

dos, productos y procesos y servicios de alto

nivel tecnológico, su proyección a escala piloto

e industrial para todo tipo de entes nacionales

o extranjeros. Todo lo enunciado preceden-

temente será llevado a cabo en el marco de

las actividades relacionadas con el desarrollo

y explotación de casinos y demás juegos de

azar descriptos en los apartados anteriores; 9)

Dedicarse al negocio de hotelería, mediante el

alojamiento de personas, en cualquiera de las

formas y modalidades permitidas por las leyes

vigentes, que pudieran funcionar en apoyo de

las salas de juego o en forma independiente;

para lo cual podrá comprar, permutar, explo-

5 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.515

tar, arrendar, locar, construir, invertir, finan-

ciar y administrar bienes urbanos o rurales,

y edificios sometidos a propiedad horizontal,

destinados exclusivamente a la hotelería y

hospedaje; 10) Reserva y venta de pasajes;

reserva y venta de excursiones programadas

por terceros o propios; reventa y venta de en-

tradas a espectáculos; la intermediación en la

reserva o locación de servicios en cualquier

medio de transporte en el país o en el extran-

jero, y toda otra actividad en general relacio-

nada con complejos turísticos. 11) Instalar y

explotar, servicios de bar, comidas, guarda de

automóviles y rodados en general, servicios de

fiestas, espectáculos y variedades, así como

el otorgamiento de franquicias y concesiones

para estos servicios. Todo ello relacionado

con los rubros anteriores. 12) Financiar, acep-

tar, recibir dinero u otros valores, préstamos

a plazo determinado o reembolsables en

determinada forma y condiciones con o sin

garantías de acuerdo a la exigencias legales

o reglamentarias aplicables, conceder finan-

ciaciones a terceros con garantía hipotecaria

o prendaria o de otro derecho real como así

también con garantía personal o sin garantía,

otorgar avales, hacer descuentos de docu-

mentos de terceros, endosar, avalar y aceptar

letras de cambio, giros, cheques, warrants,

abrir cuentas corrientes con o sin provisión

de fondos, conceder, constituir, ceder, des-

contar o transferir hipotecas, prendas y otros

derechos reales, sin limitaciones en las bolsas

y mercados de valores del país o del extran-

jero, constituir fideicomisos como fiduciante,

fiduciario o beneficiario, celebrar contratos de

leasing, contraer empréstitos en forma pública

o privada, mediante la emisión de debentures

y obligaciones negociables, realizar toda clase

de operaciones financieras con exclusión de

las previstas en la Ley 21.526.. V) CAPITAL:

$ 300.000.- VI) DIRECTORIO: PRESIDENTE:

Favio Torres y DIRECTOR SUPLENTE Cristian

Marcelo Sala VII) SEDE SOCIAL Y DOMICILIO

ESPECIAL DIRECTORES: Del Barco Centene-

ra 556 Piso 6 de la Ciudad Autónoma de Bue-

nos Aires. VIII) CIERRE DE EJERCICIO: 31/12.

SINDICATURA: Se prescinde. Autorizado se-

gún instrumento público Esc. Nº 410 de fecha

18/11/2016 Reg. Nº 1711

Daniel Alejandro Locaso - T°: 68 F°: 353 C.P.A.C.F.

e. 01/12/2016 N° 91264/16 v. 01/12/2016