N° 91710/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23
SECRETARÍA NRO. 230
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 23, Secretaría N° 230, sito en
la calle Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. Capital
Federal, comunica por dos días en los autos:
“ROLANDO MARCELO ROBERTO C/CASTRI-
LLI JAVIER ALBERTO S/EJECUTIVO”, expte.:
6953/2013, informa que el martillero público
Gustavo Guillermo Renzi (011) 4925-4343/4100,
rematará el día 21 de diciembre de 2016 a las
12:00 horas (en punto) en el salón de ventas
de la calle Jean Jaurés 545 Capital Federal, el
inmueble sito en la calle Carlos Tejedor 71/3
entre Gascón y Avda. Avelino Rolón, unidad
funcional 1, Partido de San Isidro, Prov. de
Buenos Aires, matrícula 52439/1. Nomenclatura
catastral: circ. 6, secc. H, manz. 63, parc. 28.
El inmueble podrá ser visitado los días 12 y 13
de diciembre de 2016 entre las 9:00 y 10:00
horas. A la fecha de constatación 14/07/2015
obrante a fs. 240 se constató que vive allí la Sra.
Miriam Díaz como ocupante del inmueble, uni-
dad desarrollada en planta baja con su entrada
independiente, se ingresa por el living el cual
tiene piso de cerámica y ventila al frente, posee
dos dormitorios uno de ellos da a la calle y el
otro no, hacia el fondo del inmueble tiene una
cocina comedor diario con piso de cerámica
con vista a un patio el cual tiene parrilla fs. 254,
superficie de 154 mts. 66 dm2. Deudas: Aysa
fs. 160/161 al 06/10/2014 $ 345,88.-; ABL a fs.
208 al 20/11/2014 deuda $ 12.270,22.-. Base
U$S 91.435.- Seña 30%. Comisión 3%. Acord.
10/99 CSJN 0,25%. Impuesto de sellos 3,6% a
cargo del comprador. El impuesto establecido
en el art. 7 de la ley 23.905 no está incluido en
el precio y se abonará antes de inscribirse la
transferencia. En cumplimiento con la Resol.
Gen. N° 745/99 DGI se informa Javier Alberto
Castrilli DNI 12.976.513 y Gustavo Guillermo
Renzi CUIT 20-20005220-0. La participación en
el acto de subasta importara para el postor el
conocimiento de la totalidad de las constancias
de la causa. Si la aprobación de la subasta se
efectúa después de los 3 días desde el remate,
el comprador deberá abonar el saldo del precio
con más los intereses, desde la subasta hasta
el efectivo pago, a la tasa que cobra el Banco
de la Nación Argentina para operaciones ordi-
narias de descuento a 30 días. Hágase saber
que no se acepta la compra “en comisión”, la
cesión de boleto, debiendo el martillero firmar
el boleto con quien formule la oferta como
comprador. Se aceptaran ofertas bajo sobre
las que deberán cumplir con los recaudos de
los arts. 104/6 del Reglamento del Fuero, se
recepcionarán en el expediente hasta las 09,30
hs. del día inmediatamente anterior al día de la
subasta disponiendo la apertura de los sobres
en audiencia pública en la Sala de Audiencias
del Juzgado a las 12,30 hs. de ese mismo día.
Se le entregará al martillero la mayor oferta la
Segunda
que servirá de base para recibir nuevas postu-
ras y le serán adjudicadas si no son mejoradas
en el acto de remate. Ante igualdad de ofertas
prevalece la presentada con antelación. El in-
mueble objeto de subasta se encuentra sujeto
al Régimen de la Propiedad Horizontal. El AD-
QUIRENTE EN SUBASTA DEBERÁ: a) constituir
domicilio dentro del radio de la Capital Federal,
bajo apercibimiento de lo dispuesto por al art.
133 del CPCC; b) el saldo del precio deberá ser
depositado dentro del quinto día de aprobada
la subasta sin necesidad de otra notificación ni
intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto
por el art. 580 del Cpr; c) se le da al comprador
diez días para tomar posesión del inmueble,
término que se contara desde la notificación,
por ministerio de la ley, de la providencia que
lo declara adquirente definitivo. A partir del ven-
cimiento de ese plazo, o de la fecha de toma de
posesión si esta fuere anterior, estarán a cargo
del adquirente las deudas en concepto de im-
puestos, tasas y contribuciones. Respecto de
las expensas comunes, se hace saber al pa-
trocinante que en caso de resultar insuficiente
el producido de la subasta, las mismas deben
ser soportadas por el adquirente. Con respec-
to a los impuestos tasas y contribuciones las
mismas serán pagadas con el producido de
la subasta y liberado el comprador de tales
obligaciones si el precio obtenido resultare in-
suficiente; d) en caso de corresponder el pago
de IVA el mismo no se encuentra incluido en el
precio de venta y debera ser solventado por el
comprador debiendo el martillero retenerlo en
el acto de subasta y depositarlo en el expedien-
te. Publíquese por dos días en el Boletin Oficial.
30 de noviembre de 2016. VIVIAN FERNANDEZ
GARELLO DE DIEUZEIDE Juez - NICOLAS
MENDONÇA TIRELLI SECRETARIO
e. 02/12/2016 N° 91710/16 v. 05/12/2016