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N° 91710/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 2 de diciembre de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23

SECRETARÍA NRO. 230

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 23, Secretaría N° 230, sito en

la calle Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. Capital

Federal, comunica por dos días en los autos:

“ROLANDO MARCELO ROBERTO C/CASTRI-

LLI JAVIER ALBERTO S/EJECUTIVO”, expte.:

6953/2013, informa que el martillero público

Gustavo Guillermo Renzi (011) 4925-4343/4100,

rematará el día 21 de diciembre de 2016 a las

12:00 horas (en punto) en el salón de ventas

de la calle Jean Jaurés 545 Capital Federal, el

inmueble sito en la calle Carlos Tejedor 71/3

entre Gascón y Avda. Avelino Rolón, unidad

funcional 1, Partido de San Isidro, Prov. de

Buenos Aires, matrícula 52439/1. Nomenclatura

catastral: circ. 6, secc. H, manz. 63, parc. 28.

El inmueble podrá ser visitado los días 12 y 13

de diciembre de 2016 entre las 9:00 y 10:00

horas. A la fecha de constatación 14/07/2015

obrante a fs. 240 se constató que vive allí la Sra.

Miriam Díaz como ocupante del inmueble, uni-

dad desarrollada en planta baja con su entrada

independiente, se ingresa por el living el cual

tiene piso de cerámica y ventila al frente, posee

dos dormitorios uno de ellos da a la calle y el

otro no, hacia el fondo del inmueble tiene una

cocina comedor diario con piso de cerámica

con vista a un patio el cual tiene parrilla fs. 254,

superficie de 154 mts. 66 dm2. Deudas: Aysa

fs. 160/161 al 06/10/2014 $ 345,88.-; ABL a fs.

208 al 20/11/2014 deuda $ 12.270,22.-. Base

U$S 91.435.- Seña 30%. Comisión 3%. Acord.

10/99 CSJN 0,25%. Impuesto de sellos 3,6% a

cargo del comprador. El impuesto establecido

en el art. 7 de la ley 23.905 no está incluido en

el precio y se abonará antes de inscribirse la

transferencia. En cumplimiento con la Resol.

Gen. N° 745/99 DGI se informa Javier Alberto

Castrilli DNI 12.976.513 y Gustavo Guillermo

Renzi CUIT 20-20005220-0. La participación en

el acto de subasta importara para el postor el

conocimiento de la totalidad de las constancias

de la causa. Si la aprobación de la subasta se

efectúa después de los 3 días desde el remate,

el comprador deberá abonar el saldo del precio

con más los intereses, desde la subasta hasta

el efectivo pago, a la tasa que cobra el Banco

de la Nación Argentina para operaciones ordi-

narias de descuento a 30 días. Hágase saber

que no se acepta la compra “en comisión”, la

cesión de boleto, debiendo el martillero firmar

el boleto con quien formule la oferta como

comprador. Se aceptaran ofertas bajo sobre

las que deberán cumplir con los recaudos de

los arts. 104/6 del Reglamento del Fuero, se

recepcionarán en el expediente hasta las 09,30

hs. del día inmediatamente anterior al día de la

subasta disponiendo la apertura de los sobres

en audiencia pública en la Sala de Audiencias

del Juzgado a las 12,30 hs. de ese mismo día.

Se le entregará al martillero la mayor oferta la

Segunda

que servirá de base para recibir nuevas postu-

ras y le serán adjudicadas si no son mejoradas

en el acto de remate. Ante igualdad de ofertas

prevalece la presentada con antelación. El in-

mueble objeto de subasta se encuentra sujeto

al Régimen de la Propiedad Horizontal. El AD-

QUIRENTE EN SUBASTA DEBERÁ: a) constituir

domicilio dentro del radio de la Capital Federal,

bajo apercibimiento de lo dispuesto por al art.

133 del CPCC; b) el saldo del precio deberá ser

depositado dentro del quinto día de aprobada

la subasta sin necesidad de otra notificación ni

intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto

por el art. 580 del Cpr; c) se le da al comprador

diez días para tomar posesión del inmueble,

término que se contara desde la notificación,

por ministerio de la ley, de la providencia que

lo declara adquirente definitivo. A partir del ven-

cimiento de ese plazo, o de la fecha de toma de

posesión si esta fuere anterior, estarán a cargo

del adquirente las deudas en concepto de im-

puestos, tasas y contribuciones. Respecto de

las expensas comunes, se hace saber al pa-

trocinante que en caso de resultar insuficiente

el producido de la subasta, las mismas deben

ser soportadas por el adquirente. Con respec-

to a los impuestos tasas y contribuciones las

mismas serán pagadas con el producido de

la subasta y liberado el comprador de tales

obligaciones si el precio obtenido resultare in-

suficiente; d) en caso de corresponder el pago

de IVA el mismo no se encuentra incluido en el

precio de venta y debera ser solventado por el

comprador debiendo el martillero retenerlo en

el acto de subasta y depositarlo en el expedien-

te. Publíquese por dos días en el Boletin Oficial.

30 de noviembre de 2016. VIVIAN FERNANDEZ

GARELLO DE DIEUZEIDE Juez - NICOLAS

MENDONÇA TIRELLI SECRETARIO

e. 02/12/2016 N° 91710/16 v. 05/12/2016