N° 92156/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL
Texto del aviso
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL
DE II NOMINACIÓN
DE LA BANDA - SANTIAGO DEL ESTERO
Juzgado Civil y Comercial de II Nominación de
la ciudad de la Banda Provincia de Sgo del Este-
ro, a cargo del Dr Pedro Juri Secretaria a cargo
de la Dra Mónica Teresita Sánchez, en los autos
caratulados: EXPTE 71255 VILLALABA ISMAEL
ORLANDO CONTRA SANCHEZ SABALIAN AL-
FREDO Y MARIA DEL CARMEN MAESTRI DE
SANCHCEZ SABALIAN S/PRESCRIPCION AD-
QUISITIVA DE DOMINIO; se ha dispuesto notifi-
car por EDICTOS y por TRES DIAS en el Diario
de Publicaciones Oficiales (Boletín Oficial de la
República Argentina) la siguiente resolución: La
Banda 11 de julio del año 2016 AUTOS... VIS-
TOS... RESUELVO: 1°) Hacer lugar a la deman-
da incoada por ISMAEL ORLANDO VILLALBA
en contra de SANCHEZ SABALAIN ALFREDO
Y MARIA DEL CARMEN MAESTRI DE SAN-
CHEZ SABALAIN Y/O QUIEN SE CONSIDERE
CON DERECHOS sobre el inmueble ubicado en
Lote 2 Molleoj- Distrito San José Departamen-
to Robles, cuyos linderos son: NORTE: Carlos
Casadei. SUR: sobrante de la Merced El Yaso.
OESTE: El Yaso de la sucesión de Luis Pinto
Pampa Muyoj o La Blanca y se encuentra iden-
tificado en el Registro de la Propiedad Inmueble
de la Provincia de Santiago del Estero bajo el
T° 73 N° 188 F° 2480 encerrando el polígono
A-B-C-D-E-F-G-H-A una superficie de 557 has.
54 as 91 cas según surge del plano aprobado
por la Dirección General de Catastro en N° 2176
legajo 22 exp. N° 2034/28/15 de fecha 04/06/15
padrón inmobiliario N° 20-04094 y en conse-
cuencia, declarar que el actor ha adquirido por
USUCAPION, el inmueble citado a partir del día
3 del mes de febrero del año 1981 conforme
surge de la prueba documental acompañada a
fs 8. 2°) Imponer las costas en el orden causado
al no haber mediado controversia. 3°) Difiéra-
se la Regulación de Honorarios hasta tanto se
estime el monto litigioso. 4°) Ordenar la inscrip-
ción de dominio del bien inmueble usucapido
a nombre del actor en el Registro General de
la Propiedad Inmueble y la consecuente ano-
tación en la inscripción originaria afectada, una
vez consentida o ejecutoriada que fuere esta
sentencia. Notifíquese y agréguese copia de
la presente que se archivara por Secretaria,
dejándose copias certificada en autos. Fdo. Dr.
Pedro Carlos Juri, Juez. Ante mi. Dra. Mónica
Teresita Sánchez, Secretaria.-
Pedro Carlos Juri, Juez.
Mónica Teresita Sánchez, Secretaria 1°.
e. 05/12/2016 N° 92156/16 v. 07/12/2016