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N° 93391/16 Aviso del Boletín Oficial

IGM INVERSIONES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 7 de diciembre de 2016

Texto del aviso

IGM INVERSIONES S.A.

Por escritura del 24/11/2016 se protocolizo el

acta de asamblea de fecha 18/08/2016 donde

se decidio entre otros puntos la reforma del ar-

ticulo tercero del estatuto social el cual queda

redactado de la siguiente manera: “ARTICULO

TERCERO: La sociedad tiene por objeto la rea-

lización y prestación, por cuenta propia o de

terceros, o asociada a terceros, en el país o en

el extranjero, de las siguientes actividades: A)

CONSULTORIA: 1) Consultoría General: servi-

cios de consulta, estudio, investigación y ase-

soramiento en todas las ramas de sistemas de

computación, software, ingeniería, economía,

finanzas, administración, a entidades públicas

o privadas del país y del extranjero, compren-

diendo además la elaboración de estudios de

mercado, factibilidad, pre inversión de planes y

programas de desarrollo nacional, regionales y

sectoriales.- La elaboración de informes, ante-

proyectos, proyectos, ejecutivos de crecimien-

to infraestructural, agropecuario, industrial,

agroindustrial, minero, energético, educativo,

económico, y social; el asesoramiento, or-

ganización, racionalización y fiscalización de

empresas en los aspectos técnicos institucio-

nales, contables, administrativos, financieros,

presupuestarios, de ingeniería de sistemas y

de programación, la capacitación de personal,

la intervención operativa para la puesta en

marcha de programas o recomendaciones, el

asesoramiento y asistencia técnica en todo lo

relacionado con licitaciones y concursos para

contratar obras, servicios y provisiones, la

realización de toda clase de operaciones rela-

cionadas con la actividad consultora, inclusive

las vinculadas con la revisión, dirección, coor-

dinación, inspección, replanteo, supervisión

y fiscalización de obras y otras realizaciones

públicas y privadas. Queda explícitamente ex-

cluida de realizar actividades en los casos en

que en virtud de la materia se halla reservado

a profesionales con título habilitante.- 2) Con-

sultoría en sistemas de computación: aseso-

ramiento y proyectos, servicios, operación de

centros de cómputos y lenguaje de computa-

ción.- Diseños e implementación de sistemas

para el procesamiento de información.- Gestión

y tratamiento de información.- Alquiler, venta o

permuta de programaciones o programas de

computación.- Microfilmaciones y cualquier

otro tipo de servicios vinculados al proce-

samiento de datos e información por cualquier

forma o modo.- Prestar asesoramiento técnico

y científico en todo lo referente a este rubro.- 3)

Tercerización: Nomina, reclutamiento, selec-

ción, desarrollo de competencias y programas

de bienestar laboral a efectos de poner a dispo-

sición de terceras partes, personal administrati-

vo, industrial, profesional y técnico para cumplir

Segunda

tareas en forma permanente o temporaria, a fin

de satisfacer servicios determinados o a aten-

der exigencias extraordinarias y transitorias.

B) COMPUTACIÓN 1) Comercial e industrial:

mediante la fabricación, armado, importación,

exportación y comercialización bajo cualquier

modalidad de: máquinas, equipos y sistemas

de procesamiento de datos de cualquier tipo

conocido comercialmente como hardware,

así como sus piezas, repuestos, accesorios e

insumos; programas y todo aquello que esté

comprendido dentro del término comercial de

software. 2) Servicios: mediante la reparación

y mantenimiento de aparatos y equipos de

computación; el desarrollo y diseño de siste-

mas de procesamiento de datos; la impresión

y reproducción gráfica de y en toda clase de

formularios y documentos de uso comercial en

general. Asimismo, podrá asesorar y proceder a

la búsqueda y selección de personal apto para

ejercer tareas en los sistemas de información y

procesamiento de datos, como también dictar

y organizar en el país o en el exterior cursos

de capacitación orientados a las funciones del

área del sistema, los que serán impartidos por

profesionales con título habilitante otorgado

por autoridad competente. Para su cumplimien-

to la sociedad tiene plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones y

ejercer todos aquellos actos que no sean prohi-

bidos por las leyes o por este estatuto”.- Autori-

zado según instrumento público Esc. Nº 592 de

fecha 24/11/2016 Reg. Nº 526

Pedro Martin Pereyra Iraola - Matrícula: 4140

C.E.C.B.A.

e. 07/12/2016 N° 93391/16 v. 07/12/2016