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N° 92156/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 7 de diciembre de 2016

Texto del aviso

JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL

DE II NOMINACIÓN

DE LA BANDA - SANTIAGO DEL ESTERO

Juzgado Civil y Comercial de II Nominación

de la ciudad de la Banda Provincia de Sgo del

Estero, a cargo del Dr Pedro Juri Secretaria a

cargo de la Dra Mónica Teresita Sánchez, en

los autos caratulados: EXPTE 71255 VILLALA-

BA ISMAEL ORLANDO CONTRA SANCHEZ

SABALIAN ALFREDO Y MARIA DEL CARMEN

MAESTRI DE SANCHCEZ SABALIAN S/PRES-

CRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; se ha

dispuesto notificar por EDICTOS y por TRES

DIAS en el Diario de Publicaciones Oficiales

(Boletín Oficial de la República Argentina) la

siguiente resolución: La Banda 11 de julio del

año 2016 AUTOS... VISTOS... RESUELVO: 1°)

Hacer lugar a la demanda incoada por ISMAEL

ORLANDO VILLALBA en contra de SANCHEZ

SABALAIN ALFREDO Y MARIA DEL CAR-

MEN MAESTRI DE SANCHEZ SABALAIN Y/O

QUIEN SE CONSIDERE CON DERECHOS

sobre el inmueble ubicado en Lote 2 Molleoj-

Distrito San José Departamento Robles, cuyos

linderos son: NORTE: Carlos Casadei. SUR:

sobrante de la Merced El Yaso. OESTE: El Yaso

de la sucesión de Luis Pinto Pampa Muyoj o La

Blanca y se encuentra identificado en el Regis-

tro de la Propiedad Inmueble de la Provincia

de Santiago del Estero bajo el T° 73 N° 188 F°

2480 encerrando el polígono A-B-C-D-E-F-G-

H-A una superficie de 557 has. 54 as 91 cas

según surge del plano aprobado por la Direc-

ción General de Catastro en N° 2176 legajo 22

exp. N° 2034/28/15 de fecha 04/06/15 padrón

inmobiliario N° 20-04094 y en consecuencia,

declarar que el actor ha adquirido por USUCA-

PION, el inmueble citado a partir del día 3 del

mes de febrero del año 1981 conforme surge

de la prueba documental acompañada a fs 8.

2°) Imponer las costas en el orden causado al

no haber mediado controversia. 3°) Difiérase la

Regulación de Honorarios hasta tanto se es-

time el monto litigioso. 4°) Ordenar la inscrip-

ción de dominio del bien inmueble usucapido

a nombre del actor en el Registro General de la

Propiedad Inmueble y la consecuente anota-

ción en la inscripción originaria afectada, una

vez consentida o ejecutoriada que fuere esta

sentencia. Notifíquese y agréguese copia de la

presente que se archivara por Secretaria, de-

jándose copias certificada en autos. Fdo. Dr.

Pedro Carlos Juri, Juez. Ante mi. Dra. Mónica

Teresita Sánchez, Secretaria.-

Pedro Carlos Juri, Juez.

Mónica Teresita Sánchez, Secretaria 1°.

e. 05/12/2016 N° 92156/16 v. 07/12/2016