N° 94554/16 Aviso del Boletín Oficial
PRIMERO SALTA
Texto del aviso
PRIMERO SALTA
ARTÍCULO 1°. Denominación y sede. Bajo la
denominación “Primero Salta”, constituye en Distrito Salta
la Provincia de Salta, lugar de sede del Partido
El Juzgado Federal N° 1 de Salta con compe- Político que se regirá por esta Carta Orgánica y
tencia electoral, a cargo del Dr. Julio Leonardo por la Ley de Partidos Políticos N° 23.298, y sus
Bavio, hace saber que en los autos caratulados complementarias o modificatorias.-
“PRIMERO SALTA S/Reconocimiento de Parti-
Podrá integrar un Partido Nacional con otros do de Distrito, Expte. N° CNE 6493/2015, que
se tramitan ante estos estrados, por resolución Partidos de Distrito que sustenten similares
de fecha 25 de noviembre de 2016, le fue otor- Principios y Bases de Acción Política.-
gada la personería jurídico política definitiva a la
agrupación política antes mencionada, se tuvo ARTÍCULO 2°. Ámbito de aplicación. La pre-
por aprobada la Carta Orgánica con las refor- sente Carta Orgánica rige la organización y
funcionamiento del Partido “Primero Salta” del mas incluidas, y se eligió a las autoridades par-
tidarias en los comicios internos, celebrados el Distrito de Salta como una organización política
día 22 de noviembre de 2016. A tales efectos, se y social de los afiliados de la Provincia de Salta.-
transcriben a continuación la mencionada reso-
lución, el texto completo de la carta orgánica y El Partido se pone al servicio del sistema demo-
el listado de las autoridades partidarias:
crático de gobierno, del régimen federal como
forma de Estado, de la autonomía provincial,
///ta, 25 de noviembre de 2016.
asumiendo la defensa de los derechos huma-
nos, del medio ambiente y sustenta su accionar
AUTOS Y VISTOS: Para resolver este Expte. en la participación popular.-
N° CNE 6493/2015 caratulado “PRIMERO SAL-
TA s/ Reconocimiento de Partido de Distrito”, y Sus objetivos y programas están descriptos en
su Declaración de Principios y en las resolucio-
CONSIDERANDO:
nes de sus órganos partidarios. Sus autorida-
des y las listas a cargos públicos se integrarán
I.- Que según constancias de fs. 154/155, en con representantes de todos los sectores de
fecha 12 de mayo de 2016 se dictó sentencia la sociedad, sin discriminación de ningún tipo
e incorporando a todas aquellas expresiones y otorgando a la agrupación política en formación
manifestaciones que no contradigan los princi- “Primero Salta” la personería jurídico política en
forma provisoria, en los términos del art. 7 de pios enunciados en la presenta Carta Orgánica
la ley 23.298 Orgánica de los Partidos Políticos y en su Declaración de Principios.-
(modif. por ley 26.571, art. 2).
ARTÍCULO 3°. Principios. La organización del
Partido se inspira en los siguientes principios: II.- Que con posterioridad a ello, y de conformi-
dad con lo establecido en dicha resolución, la
agrupación política de autos dio cumplimiento a) la democracia como forma de participación,
a todos los requisitos establecidos legalmente
para el reconocimiento de la personería jurídico b) el respeto a la libertad de conciencia y de
política en forma definitiva (cfe. art. 7 bis de la expresión. Se garantiza la libertad de discusión
interna, tanto a cada afiliado individualmente ley antes citada).
como a través de las diferentes corrientes de
En efecto, a fs. 241vta., primer apartado, consta opinión, formadas por el conjunto de afiliados
que se tuvo por cumplido en término el recaudo que mantengan los mismos criterios y opinio-
de completar el número mínimo de afiliaciones nes, que podrán expresarse a través de los
requerido, equivalente al 4 o/oo del total de los distintos ámbitos de la Organización y por los
cauces establecidos en esta Carta Orgánica, electores inscriptos en este Distrito Salta (cfe.
art. 7 bis, inc. “a”, ley 23.298). Asimismo, según
se desprende de la documentación presentada c) el cumplimiento de las decisiones adoptadas
en estas actuaciones a fs. 273/277, se procedió por los órganos competentes del Partido.-
a realizar las primeras elecciones internas de
la agrupación política y a constituir sus auto- d) conceptualizando que la Política no es un fin
ridades definitivas, de acuerdo a lo previsto en sino un medio para el Bien de la Patria.-
la Carta Orgánica partidaria (cfe. art. 7 bis, inc,
“b”, de la mencionada ley). Por último, a fs. 189
TÍTULO II
y fs. 191, tercer apartado, se observa que opor-
tunamente fueron presentados y rubricados
DE LOS AFILIADOS
por este Juzgado Federal, en debida forma, los
libros de actas y contables que la ley requiere ARTÍCULO 4° - Afiliados. Para ser afiliado se
(cfe. arts. 7 bis, inc. “c”, y 37, de la norma legal requiere ser ciudadano/a argentino/a, tener die-
citada y art. 21 de la ley 26.215).
ciocho (16) años de edad como mínimo y tener
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domicilio en la Provincia de Salta, solicitar su
TÍTULO III
co (5) días. La convocatoria deberá ser hecha ARTÍCULO 26.- El presidente del Consejo Eje-
afiliación y ser aceptado por sus autoridades.
también durante un día a través de un diario de cutivo es el presidente del Partido, su represen-
La calidad de afiliado se adquiere a partir de la
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
circulación provincial y, asimismo, con cinco (5) tante legal. En caso de renuncia, incapacidad
resolución de los organismos partidarios com-
días de antelación.
sobreviniente, muerte o expulsión, los miem-
petentes que aprueban la solicitud respectiva, o ARTÍCULO 9°.- Son Órganos de Gobierno del
bros del Consejo Ejecutivo, dentro de los tres
automáticamente en el caso de que el partido no Partido:
ARTÍCULO 19.- Los miembros del Consejo Eje- (3) días de producido el evento, deberán elegir
la considerase dentro de los quince (15) días há-
cutivo, el gobernador y vicegobernador, los le- nuevo presidente por mayoría absoluta. En el
biles de haber sido presentada. La resolución de a) El Congreso del Distrito.
gisladores nacionales y los presidentes de blo- caso de no obtenerse mayoría absoluta luego
rechazo debe ser fundada y será recurrible ante
que de la Legislatura provincial son miembros de dos (2) elecciones, se elegirá exclusivamente
el Juez federal con competencia electoral del b) El Consejo Ejecutivo.
natos del Congreso del Distrito con voz pero sin entre los dos (2) más votados.
distrito que corresponda. Una ficha de afiliación
voto y no participan en la formación del quórum.
se entregará al interesado, otra será conservada c) Tribunal de Disciplina.
ARTÍCULO 27.- El Consejo Ejecutivo con-
por el partido y las dos (2) restantes se remitirán
ARTÍCULO 20.- Será atribución del Congreso formará una mesa ejecutiva integrada por el
a la justicia federal con competencia electoral.-
del Distrito resolver, en votación nominal sobre d) La Junta Electoral.
presidente, o su reemplazante, el secretario
la abstención a elecciones provinciales o mu- general, el secretario de actas, el tesorero, o su
ARTÍCULO 5° - Exclusión. No podrán ser afilia- e) La Comisión de Contralor Patrimonial.
nicipales, como asimismo el apoyo a fórmulas reemplazante, y por tres (3) miembros elegidos
dos aquellos ciudadanos:
mixtas, a candidatos no afiliados, alianzas elec- por el cuerpo, sin perjuicio de la participación
CAPÍTULO I: EL CONGRESO DE DISTRITO torales; pactos, listas mixtas, entendimientos o de los miembros que quieran hacerlo. Tendrá
a) Inhabilitados como electores por el Código
cualquier fórmula posible de acuerdo a apoyo a como funciones la atención de los asuntos or-
Nacional Electoral y las leyes de la provincia.-
candidatos no afiliados. ARTÍCULO 10.- El Congreso del Distrito es la
dinarios que hacen al funcionamiento del Par-
autoridad suprema del Partido y representa la
tido. La mesa ejecutiva sesionará una vez a la
b) Inhabilitados por la ley orgánica de los par- soberanía partidaria. Estará integrado por vein- El Congreso del Distrito podrá delegar estas semana en el día, horario y lugar que indique
tidos políticos Nº 23.298 y sus modificaciones titrés (23) congresales, que serán elegidos por atribuciones al Consejo Ejecutivo, con expresa el Consejo Ejecutivo, con el quórum de por lo
por ley Nº 26.571.-
el voto directo y secreto de los afiliados y dura- indicación de los comicios de que se trate. menos cuatro (4) de sus miembros. Sus resolu-
ciones deben ser ratificadas o rectificadas en la rán cuatro (4) años en sus funciones, debiendo
c) Los que estuviesen afiliados a otro Partido
ARTÍCULO 21.- Corresponderá al Congreso del reunir las mismas condiciones que las requeri-
próxima sesión mensual del Consejo Ejecutivo.
Político y no hubiesen renunciado en el modo das para ser Diputado Provincial, pudiendo ser Distrito:
expresado en el artículo 25 quáter incorpora- reelectos
ARTÍCULO 28.- El Consejo Ejecutivo en pleno
do a la ley de los partidos políticos Nº 23.298
a) Fijar en el orden provincial el programa de se reunirá ordinariamente por lo menos una vez
modificada por el artículo 12º de la ley 26.571.- ARTÍCULO 11.- El Congreso de Distrito tendrá acción política del Partido y aprobar la platafor- por mes, en su sede y en los días y hora que el
ma electoral. su sede en la ciudad capital, pero podrá ser
cuerpo determine. Se reunirá en forma extraor-
d) Los que hubieren incurrido o incurrieren en convocado en otro lugar de la provincia. El
dinaria cuando lo convoque el presidente o por
violación a lo que establece la presente Carta quórum se forma con la mitad más uno de sus b) Impartir las directivas generales para el de- el pedido expreso de cuatro (4) de sus miembros
Orgánica; y de los derechos humanos.-
miembros en primera convocatoria, con el cua- senvolvimiento del Partido en toda la Provincia titulares. Se producirá la acefalia del Consejo
renta por ciento (40%) de sus miembros en la y expedir los reglamentos necesarios para su Ejecutivo, cuando luego de incorporado los su-
ARTÍCULO 6 °. Derechos de los afiliados:
segunda y con el veinticinco por ciento (25%) en mejor gobierno.
plentes, quedaren en funciones ocho (8) de sus
la tercera. Entre la primera, segunda y tercera
integrantes. En este supuesto el Congreso de
a) Peticionar a la autoridad partidaria, recibir convocatoria deberá mediar, por lo menos, un c) Juzgar en forma definitiva, por apelación, la Distrito deberá designar de entre sus miembros
constancia de su afiliación y toda otra informa- plazo de veinticuatro (24) horas entre cada una.- conducta de todas las autoridades estableci- o fuera de él, tres (3) personas quienes ejerce-
ción que solicite.-
das por esta Carta Orgánica.
rán las funciones del Consejo Ejecutivo con los
ARTÍCULO 12.- Iniciada la sesión del Congreso
cargos que el Congreso de Distrito les asigne.
b) Manifestar sus opiniones e ideas con total con el quórum legal, podrá seguir sesionando d) Considerar los informes anuales de la repre-
libertad, en público o en el ámbito partidario.- mientras se encuentre presente como mínimo sentación legislativa nacional, de los bloques Esta comisión deberá convocar a elecciones
el veinticinco por ciento (25%) de los miembros provinciales y municipales.
para el Consejo Ejecutivo dentro de los sesenta
c) Participar en las decisiones partidarias y en la del Congreso. Sus deliberaciones se regirán
(60) días de tomar posesión del cargo.
dirección, gobierno y fiscalización del Partido, por esta Carta Orgánica, la reglamentación que f) Reformar esta Carta Orgánica con el voto
según se establezca por vía reglamentaria.- se dicte y supletoriamente por el Reglamento afirmativo de los dos tercios de sus miembros ARTÍCULO 29.- Corresponde al Consejo Ejecu-
de la Cámara de Diputados de la Provincia de presentes.
tivo:
d) Elegir y ser elegido, sin restricción alguna, Salta. El Presidente del Congreso vota en todos
para desempeñar cargos partidarios y/o elec- los casos. Si existiera empate en la votación g) Designar al Tribunal de Disciplina.
a) Mantener las relaciones que corresponde con
tivos.-
tendrá doble voto a tal efecto.-
los poderes públicos y organismos partidarios.
h) Aprobar o desechar el informe anual y cuenta
e) Contribuir al sostenimiento económico del ARTÍCULO. 13.- El Congreso designará de su de inversiones del Consejo Ejecutivo.
b) Ejercer la facultad disciplinaria sobre sus
Partido, con encuadre a las disposiciones de la seno y por simple mayoría de votos una mesa
miembros, sin perjuicio de las facultades espe-
ley nacional Nº 26.215 de financiamiento de los directiva compuesta por: un presidente, un i) Llevar el Libro de Actas de reuniones.
cíficas del Tribunal de Disciplina.
Partidos políticos.-
vicepresidente primero, un vicepresidente se-
gundo, y cuatro secretarios (4) electos por dos j) Sancionar a sus miembros con la expulsión de c) Dar directivas sobre la marcha, orientación
f) Tener acceso a la capacitación política con- (2) años de mandato. La elección será nominal, su seno cuando, sin causa justificada, no asis- y acción política del Partido, conforme el pro-
forme a lo dispuesto por esta carta Orgánica.- como primer acto del cuerpo. Los integrantes tieran a tres (3) sesiones consecutivas o cinco grama que al respecto formule el Congreso del
de la mesa directiva pueden ser reelectos. (5) alternadas.
Distrito y autoridades nacionales, sin perjuicio
g) Conocer su situación respecto de su afilia-
de tomar medidas ejecutivas que la urgencia del
ción.-
ARTÍCULO 14.- El Congreso del Distrito se ARTÍCULO 22.- El Congreso del Distrito verifi- caso requiera para mejor conducción partidaria.
reunirá en forma ordinaria anualmente para cará en sesión preparatoria los poderes de los
h) El beneficio del derecho de defensa y la ga- considerar los informes del Consejo Ejecutivo Congresales y será el único Juez de su validez, d) Realizar todos los actos y contratos que
rantía del debido proceso en caso de sanciones y de los legisladores nacionales y bloques de designando una comisión de poderes.
competen a la autoridad ejecutiva del Partido.
aplicadas por el Tribunal de Disciplina.-
legisladores provinciales sobre la labor cum-
plida; pronunciarse sobre las proposiciones CAPÍTULO II: CONSEJO EJECUTIVO
e) Organizar y ejecutar la difusión y propaganda
ARTÍCULO 7º.- Obligaciones del afiliado:
del Consejo Ejecutivo y las que propongan sus
proselitista partidaria en el orden provincial,
propios miembros, relacionadas con asuntos ARTÍCULO 23.- El Consejo Ejecutivo es el creando los organismos necesarios a ese fin.
a) Aceptar las disposiciones legítimas y legales de interés general o partidario. La convocatoria órgano ejecutivo permanente; encargado de
emanadas de los órganos partidarios.-
la hará el Consejo Ejecutivo indicando el día, el conducir el Partido en el ámbito de la Provincia
f) Llevar el fichero de afiliados y confeccionar el
lugar y la hora de celebración dentro del mes de y de cumplir y hacer cumplir las resoluciones
padrón provincial, departamental y municipal.
b) Observar, cumplir y hacer cumplir las dispo- noviembre de cada año, con una anticipación del Congreso Provincial y de las autoridades
siciones y contenidos de esta Carta Orgánica, no menor de treinta (30) días.
nacionales del Partido, las disposiciones de la
g) Llevar Libro de Actas de reuniones. la Declaración de Principios y las Bases de Ac-
presente Carta Orgánica y las reglamentacio-
ción Política del Partido.
ARTÍCULO 15.- Si al 1 de noviembre el Consejo nes que en su consecuencia se dicten. Repre-
h) Sancionar a sus miembros con la exclusión Ejecutivo no lo hubiera convocado, lo hará la senta la máxima autoridad ejecutiva en el orden
de su seno cuando, sin causa justificada, no c) Votar en las elecciones primarias, abiertas, mesa directiva del Congreso con diez (10) días provincial.
asistiere a tres (3) reuniones consecutivas o seis simultáneas y obligatorias conforme lo estable- de anticipación. Y si ésta no lo hiciere, el Con-
(6) reuniones alternadas en el año. ce la ley Nº 26.571 y en las internas para elegir greso podrá auto constituirse, a partir del veinte ARTÍCULO 24.- Los miembros del Consejo
autoridades partidarias o cargos públicos elec- de noviembre, con la presencia de la mitad más Ejecutivo serán elegidos por el voto directo y
i) Reglamentar la organización, acción y control tivos provinciales y municipales.-
uno de sus miembros.
secreto de los afiliados de la Provincia, consi-
de la Escuela de Conducción, cuyo objetivo derada a estos efectos como distrito único. El
será la capacitación doctrinaria y cultural de los d) Dar cuenta a las autoridades partidarias de ARTÍCULO. 16.- El Congreso del Distrito se Consejo Ejecutivo estará integrado por doce
afiliados y adherentes. todo hecho, acto o circunstancia que le impida reunirá en forma extraordinaria cuando lo con- (12) miembros titulares y doce (12) miembros
ejercer sus derechos y obligaciones políticas.- voque el Consejo Ejecutivo, o por pedido de suplentes. El presidente del Consejo Ejecuti-
la mitad de los congresales quienes deberán vo será elegido como tal por el voto directo y j) Reglamentar el funcionamiento de la comisión
e) Colaborar activamente y con su presencia en proponer un orden del día.
de adherentes al Partido. secreto de los afiliados. Los demás cargos que
las campañas electorales, toda vez que acep-
conforman el Consejo Ejecutivo serán asigna-
k) Dictar las resoluciones reglamentarias perti- te una nominación como candidato a cargos ARTÍCULO 17.- Si el Consejo Ejecutivo no con- dos entre sus miembros titulares electos, de-
nentes para el cumplimiento de lo dispuesto en partidarios o a cargos electivos para la función vocase dentro de los diez (10) días a reunión biendo integrar: un vicepresidente primero, un
pública.-
extraordinaria solicitada por la mitad de los vicepresidente segundo, un secretario general, la Ley 25.600 de Financiamiento de los Partidos
congresales, la mesa directiva del Congreso un secretario de actas, un tesorero, un proteso- Políticos o la que en el futuro la sustituya.
ARTÍCULO 8°.- Extinción filiación:
tendrá facultad para hacerlo en igual plazo, y rero y las secretarías que se estime convenien-
CAPÍTULO III: TRIBUNAL DE DISCIPLINA vencido el mismo el Congreso podrá auto cons- te designar. En caso de vacancia, los cargos
a) Por fallecimiento del afiliado;
tituirse con la presencia de la mitad más uno de serán cubiertos con los titulares no electos y
sus miembros.
con los suplentes correspondientes a la lista de ARTÍCULO 30.- El Tribunal de Disciplina estará
b) Por renuncia en la forma que dispone la ley
vacantes siguiendo el orden de lista.
compuesto por cinco (5) miembros designados
orgánica de los partidos políticos Nº 23.298; ARTÍCULO 18.- La convocatoria a los congre-
por el Congreso del Distrito. Duran cuatro años
en el ejercicio de sus funciones. sales deberá hacerse en forma fehaciente, en el ARTÍCULO 25.- Los miembros del Consejo
c) Por expulsión;
domicilio establecido en el padrón de afiliados, Ejecutivo deberán reunir las condiciones reque-
aclarándose en la misma el lugar, día y orden ridas para ser Diputado Nacional y duran cuatro Deberán ser preferentemente abogados y reu-
d) Por afiliación en otro partido.-
del día con una anticipación no menor de cin- años en sus funciones, pudiendo ser reelectos. nir los requisitos exigidos para ser Diputado
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Nacional. No podrán tomar parte de otros orga-
TÍTULO V
b) Los recursos correspondientes al Fondo Par- ARTÍCULO 51 BIS: EJERCICIO CONTABLE. La
nismos partidarios.
tidario Permanente originado en la legislación fecha de cierre del ejercicio contable anual será
DEL RÉGIMEN ELECTORAL
electoral nacional y de la Provincia de Salta. al 31 de Diciembre de cada año.”
ARTÍCULO 31.- Es facultad del Tribunal de Dis-
TÍTULO VII ciplina entender en todos los casos de incon- ARTÍCULO 39.- Se aplicarán las disposiciones
c) El cinco por ciento (5%) de las retribuciones o ducta, indisciplina o violaciones de principios o de esta carta orgánica para los actos elecciona-
dietas que perciban los afiliados al resoluciones partidarias.
rios internos, subsidiariamente las normas lega-
DE LA DISOLUCIÓN DEL PARTIDO
les vigentes y las que en lo sucesivo se dicten.
Deberá garantizar el derecho de defensa, pro-
ARTÍCULO 52.- El Partido sólo se disolverá, ade- Partido que ocupen cargos electivos o desig-
más de las causales previstas por las leyes, por duciendo las pruebas ofrecidas con una vista ARTÍCULO 40.- Las autoridades partidarias naciones de carácter político, a nivel nacional,
la voluntad de sus afiliados que deberá expre- para alegar.
serán elegidas mediante listas de candidatos, provincial y municipal.
donde se especificarán los nombres y cargos
sarse por el Congreso del Distrito, en decisión de
Las decisiones se tomarán por simple mayoría. propuestos. Quien obtenga la mayoría de votos,
al menos dos tercios del total de sus miembros
se adjudicará, por orden de listas, las dos terce- d) Los aportes, las donaciones e ingresos de titulares o sus suplentes que los reemplacen.
ARTÍCULO 32.- El Tribunal de Disciplina podrá ras partes de cargos a cubrir, correspondiéndole cualquier naturaleza que se efectúen volunta-
riamente y que la legislación vigente permita.
TÍTULO VIII aplicar las siguientes sanciones:
el tercio restante a las minorías, las que distribui-
rán los cargos pertinentes en forma proporcional
CLAUSULAS TRANSITORIAS a) Amonestaciones.
a los votos obtenidos y siempre que alcancen, ARTÍCULO 50.- Los fondos del partido debe-
como mínimo, el veinte por ciento de los votos rán depositarse en una única cuenta que se
b) Suspensión temporaria de la afiliación.
válidos emitidos. Si ninguna de las minorías al-
PRIMERA: En el tiempo transcurrido hasta la
abrirá en un Banco, a nombre del partido y a asunción de las primeras autoridades parti- canzare el porcentaje mínimo, la totalidad de los la orden conjunta o indistinta de hasta cuatro darias elegidas por los afiliados, la Junta Pro- c) Expulsión.
cargos serán adjudicados a la mayoría.
(4) miembros del partido, dos (2) de los cuales motora del Partido ejercerá las funciones de
deberán ser el Presidente y el Tesorero, uno de todos los órganos partidarios indicados en esta Las sanciones de suspensión y expulsión serán ARTÍCULO 41.- Se elegirán por el voto secreto los cuales, necesariamente, deberá suscribir Carta Orgánica, los que estarán constituidos de apelables y deberán fundamentarse dentro de y directo de los afiliados, los candidatos a Ti- los libramientos que se efectúen”.
los diez (10) días ante el Consejo Ejecutivo, quién tulares del Congreso del Distrito, del Consejo
acuerdo a la normativa en vigencia.
deberá expedirse en el plazo de quince (15) días Ejecutivo, y cualquier otro cargo electivo.
ARTÍCULO 51: El Consejo Ejecutivo llevará el La Junta Promotora podrá sesionar con la en caso de mantenerse la sanción; vencido dicho
mitad más uno de sus integrantes y sus deci- plazo sin pronunciamiento del Consejo Ejecutivo, ARTÍCULO 42.- La presente Carta Orgánica ga- más riguroso control de los ingresos y egre-
siones serán válidas por simple mayoría de sus el interesado podrá recurrir a la vía judicial.
rantiza en los procesos eleccionarios la participa- sos de los fondos del Partido, cumpliendo
miembros presentes. ción de las minorías, conforme se establece en las con todos los registros que establece la le-
CAPÍTULO IV: JUNTA ELECTORAL
disposiciones partidarias y legislación pertinente. gislación vigente. Todos los bienes registra-
SEGUNDA: La distribución de los cargos co- bles adquiridos por el Partido o recibidos en
rrespondientes a los órganos partidarios a que ARTÍCULO 33: La Junta Electoral estará for- ARTÍCULO 43.- Si los cargos a cubrir fueran de donación deberán ser inscriptos a nombre del
alude la Cláusula Primera se dispondrá en se- mada por cinco (5) miembros titulares y dos (2) dos, se hará con la lista de candidatos de la ma- Partido.
sión con quórum de la mitad más uno de los suplentes elegidos por el Congreso del Distrito, yoría. Si las candidaturas fueran tres se cubrirá
integrantes de la Junta Promotora y por simple que durarán dos (2) años en sus funciones. con dos de la mayoría y uno de la minoría en
El balance de ingresos y egresos deberá ser mayoría de sus miembros presentes. el último termino y siempre que haya obtenido
presentado periódicamente, por lo menos
ARTÍCULO 34: La Junta Electoral tendrá a su como mínimo el treinta por ciento de los votos
trimestralmente al Congreso del Distrito y a la Secretaría Electoral, 12 de diciembre de 2016.
cargo todas las tareas que se relacionen con válidos emitidos. Si las candidaturas fueran de
Comisión de Contralor Patrimonial. Y cada vez
los actos electorales internos, a saber:
cuatro o más cargos, tres le corresponden a la
que uno de estos organismos lo requiera con Fdo. Fernando Montaldi – Secretario Electoral
mayoría en los primeros lugares; a continuación
una anticipación mínima de 72 horas.
– Distrito Salta.
a) Trámites de afiliación.
un candidato de la minoría y así sucesivamente
hasta ubicar la totalidad de los candidatos.
b) Dirección y control de todo acto eleccionario.
PRIMERO SALTA
ARTÍCULO 44.- En la elección de cargos públicos
c) Ordenamiento, clasificación y distribución de electivos se seguirá el siguiente procedimiento.
DISTRITO SALTA
padrones.
Para Legisladores Nacionales o Provinciales la
lista definitiva se ordenará en base a los votos Autoridades partidarias electas el 22 de noviembre de 2016.
d) Organización de comicios, estudio y resolu- obtenidos por cada agrupamiento o color hasta Duración de los mandatos: cuatro (4) años.
ción de protestas e impugnaciones, fiscaliza- completar la lista de titulares y suplentes reque-
ción de elecciones y escrutinios.
rida por la convocatoria respectiva. Cuando la
CONSEJO EJECUTIVO
elección se realice para cubrir también cargos
e) Aprobación de elecciones.
ejecutivos nacionales y/o de Distrito juntamente Titulares:
con los Legisladores Nacionales y/o Provinciales,
f) Proclamación de candidatos electos.
los candidatos serán propuestos por cada agru-
Presidente: VILLADA, Ricardo Guillermo
MN° 16.307.264 pamiento, sin que sea de aplicación el sistema de
SUPPA, Natalia
MN° 25.411.714 ARTÍCULO 35: La Junta Electoral dictará su preferencia. Si la convocatoria a elecciones fuese
propio reglamento interno. Las normas que para cubrir exclusivamente cargos de Legislado- CURUTCHET, Federico Guillermo
MN° 24.754.330
sean necesarias para la regulación de los ac- res Nacionales y/o Provinciales y concurriera con SOLÁ, Javier Horacio
MN° 32.478.181
esta la convocatoria para cubrir cargos naciona- tos electorales serán dictadas por el Consejo
AM, Carolina Telma
MN° 28.096.027
Ejecutivo. Para todos los casos no previstos en les y/o de Distrito no ejecutivos, dentro de cada
LLACER MORENO, Carlos Alberto
MN° 11.944.450
esta Carta Orgánica ni en el Reglamento Elec- agrupamiento se ordenarán de acuerdo a los
JUAREZ, Daniel Miguel
MN° 14.865.686
toral se aplicarán supletoriamente, siempre que votos obtenidos por cada uno de ellos. Se res-
ALBARRACIN, Margarita del Carmen
MN° 5.782.437 sean compatibles y análogas, las normas del petarán los derechos de la mayoría, minoría, de
Código Electoral Nacional. La Junta Electoral cupos fijados por la ley y por esta Carta Orgánica. RODRIGUEZ, Luis Ignacio
MN° 12.957.626
actuará como Tribunal Electoral.
GONZALEZ, José Ignacio
MN° 35.477.105
ARTÍCULO 45.- A los fines de dar cumplimien- JUAREZ, Mirna del Lujan
MN° 13.520.683
CAPÍTULO V: COMISIÓN DE
to de la Ley Nacional Nro. 24.012 y de la ley OCAMPOS, Marcela Alejandra
MN° 30.398.479
CONTRALOR PATRIMONIAL
N° 26.571 en la conformación de todas las lis-
tas de candidatos a cargos electivos naciona- Suplentes:
ARTÍCULO 36: La Comisión de Contralor Patri- les, provinciales, municipales y partidarios, las
monial tendrá a su cargo el contralor de la ges- listas que se presenten deberán tener mujeres
MORAN CASTIELLA, María Sol
MN° 21.310.376
tión financiero – patrimonial del Partido. Estará en un mínimo del 30% de los candidatos a los
TIPLISKY MERGEN, Verónica Shirley
MN° 31.338.455 integrada por tres (3) miembros titulares y dos (2) cargos a elegir y en proporciones con posibili-
suplentes, designados por el Congreso del Distri- dades de resultar electas.
VILTE, Carlos Gustavo
MN° 36.127.867
to, los que durarán dos (2) años en sus funciones.
ZAPANA, Carlos Adrián
MN° 21.541.911
ARTÍCULO 46.- En el caso de integrantes de LÓPEZ MUÑOZ, Adriana Tamara
MN° 37.661.112
ARTÍCULO 37: Compete a la Comisión de Con- cuerpos colegiados se elegirán igual cantidad GONZALEZ, Cintia Elizabeth
MN° 27.552.597
tralor Patrimonial:
de suplentes que titulares, con excepción de
MORALES, Ana Laura
MN° 28.634.994
los Presidentes, Vicepresidentes y Secretarios
MORALES, María Laura Mercedes
MN° 28.609.833 a) Examinar las cuentas de percepción, gastos Generales. Los titulares serán reemplazados
e inversión de los recursos partidarios;
por orden de lista y representatividad.
ARCE, Lucas Ezequiel
MN° 29.335.402
LAMAS, José Javier
MN° 26.898.573
b) Efectuar el control de gestión de la ejecución ARTÍCULO 47.- Es incompatible el ejercicio si- CASTAÑO, Silvia Soledad
MN° 29.570.667
del presupuesto;
multáneo de los siguientes cargos partidarios ISASMENDI, Gustavo Javier
MN° 33.539.643
entre los miembros del Consejo Ejecutivo o
c) Elevar un informe anual al Congreso del Distrito; Congreso del Distrito.
CONGRESO DE DISTRITO
Titulares: d) Certificar el estado anual del patrimonio y la ARTÍCULO 48.- El Partido podrá elegir candi-
cuenta de ingresos y egresos del Partido.
datos para cargos públicos electivos a quienes
no sean afiliados, con la correspondiente auto- MONZO, Cesar Rodrigo
MN° 23.372.402
TÍTULO IV
rización del Congreso del Distrito por mayoría
MUÑOZ, Alcira Esperanza
MN° 10.440.723
de sus miembros.
AMADO, Gerónimo
MN° 28.259.621 DE LOS APODERADOS
PORCEL, Eva Lucrecia
MN° 22.322.814 TÍTULO VI
ARTÍCULO 38.- Los Apoderados del Partido,
REYNOSO, Carlos Roberto
MN° 7.674.973
con preferencia sean profesionales del Dere-
PATRIMONIO
MURUAGA, Rosa del Carmen
MN° 6.133.327
cho, serán designados y removidos por el Con-
GUTIERREZ, Víctor Hugo
MN° 18.017.902
sejo Ejecutivo. Representan al Partido ante las ARTÍCULO 49.- El patrimonio del Partido estará
CRUZ, Roxana del Valle
MN° 17.792.966
autoridades judiciales, electorales y administra- compuesto por:
CRUZ, Bruno Dante
MN° 16.487.033 tivas y realizan todas las gestiones que le sean
LOPEZ TARITOLAY, Leonor Elvira
MN° 12.712.181 encomendadas por las autoridades partidarias. a) Contribuciones de los afiliados.
24 Miércoles 14 de diciembre de 2016
Segunda Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.522
#I5228425I#
CAMBIO JUJEÑO
4° VERA, ROSARIO DEL PILAR - DNI CHEJOLAN, Alberto Daniel
MN° 18.254.738
N° 17.081.772
SOTO, Nora Daniela
MN° 33.233.472
Distrito Jujuy
FAYON MEDINA, Pablo Esteban
MN° 30.636.875
2.- COMITÉ PROVINCIA
Publicación prevista en el artículo 31 de la ley VIVERO, Marcela Elizabeth
MN° 23.688.053
23.298
PRESIDENTE: MEDRANO, FEDERICO RAMON ZELAYA, Luis Fernando
MN° 14.709.483
El Juzgado Federal con Competencia Electoral - DNI N° 14.549.688 MARCIAL, Sergio Fernando
MN° 20.347.905
de Jujuy, a cargo del Dr. MARIANO W. CARDO- VICEPRESIDENTE: DE MARI, HUMBERTO
ORTEGA, Carlos Jesús
MN° 18.010.113
ZO, hace saber que en los autos caratulados DARDO - DNI 10.015.163
VALDA JUAREZ, Ana
MN° 21.319.430
PARTIDO CAMBIO JUJEÑO S/ELECCIONES SECRETARIA: SUAREZ, MONICA B. - DNI
RANGEON, Pablo Marcelo
MN° 26.031.483
INTERNAS DE AUTORIDADES PARTIDARIAS N° 14.924.418
TAPIA, Romina Lorena
MN° 34.031.911
(Expte. N° 6114/16) que se tramitan ante sus es- TESORERO: REYNAGA, ALFREDO - DNI
trados, el partido CAMBIO JUJEÑO ha comu- N° 11.440.168 GRAVER MEALLA, Juan Francisco
MN° 18.598.142
nicado que como resultado de las elecciones DOMINGUEZ, Analía Lorena
MN° 28.105.321
PROTESORERO: MEDINA, DAVID EDUARDO -
internas realizadas por esa agrupación, la Junta DNI N° 17.451.750 ROCCHETTI, Javier Carlos
MN° 37.511.361
Electoral ha proclamado el día 08 de noviem- VOCAL TITULAR 1°: LUCERO, PASCUA AGUS-
bre de 2016 a la única lista que se presentara TINA - DNI N° 6.675.900 Suplentes:
para dichas elecciones. Siendo el resultado el VOCAL TITULAR 2°: GARZON, MARIO ALFRE-
siguiente:
DO - DNI N° 10.616.923
CASTRO, Ramón Oscar
MN° 27.571.844
VOCAL TITULAR 3°: VALDIVIEZO, MARIA
GALERA, Rosa Ana
MN° 21.633.725
1.- CONVENCIÓN PARTIDARIA
CRISTINA - DNI N° 12.007.945
SORANI, Silvia Fanny
MN° 6.383.640
VOCAL TITULAR 4°: GARCIA, ROBERTO JUAN
TOLEDO, Marcos Gabriel
MN° 26.804.081
CONVENCIONALES TITULARES
- DNI N° 14.089.985
CHOCOBAR, Cintia Vanesa
MN° 30.344.658
1° FERNANDEZ, REGINA ISABEL - DNI VOCAL SUPLENTE 1°: MOLINA, JUAN CAR-
N° 13.121.554
LOS - DNI N° 8.101.116 ARIAS, Néstor
MN° 16.786.836
2° READ, LILIANA ANGÉLICA - DNI VOCAL SUPLENTE 2°: LEMOS, LILIANA DEL
BENITES, Zunilda Evangelina
MN° 17.835.716
VALLE - DNI N° 11.663.427 N° 14.553.769
CADENA, Ignacio Francisco
MN° 36.864.412
3° LOPEZ, TITO LUCAS - DNI N° 20.811.831
3.- COMITÉ CAPITAL ROJAS, Norma Irma
MN° 17.197.078
4° BERLINGIERI, BRENDA BEATRIZ - DNI
CHOCOBAR, Mariana Lujan
MN° 39.040.865
PRESIDENTE: MIRANDA, JORGE A. - DNI N° 34.914.404
YURQUINA, Orlando Dino
MN° 14.443.407
N° 16.210.179 5° MIRANDA, MONICA - DNI N° 10.186.905
ZURITA, Carla Silvana
MN° 31.371.836
VICEPRESIDENTE: BLASCO, MARIA SILVINA - 6° MEDINA, EUSEBIO DAVID - DNI N° 3.995.092
DNI N° 23.984.712 GUTIERREZ, Elva Norma
MN° 30.804.973
7° FLORES, SILVERIA - DNI N° 16.790.271
SECRETARIA: CHAUQUE, GLADYS NOEMI - GIL, Daniel Marcelo
MN° 26.898.626
8° MARTINEZ, MARTA SOLEDAD - DNI
DNI N° 27.110.101
BARRIOS, María Graciela
MN° 21.853.757
N° 13.889.623
TESORERO: SORIA, NESTOR VICENTE - DNI
9° ORTEGA, JESUS ISMAEL - DNI N° 30.417.928 LOAIZA, Héctor Eduardo
MN° 11.539.848
N° 21.606.666
CHOCOBAR, Juan Exequiel
MN° 36.280.288
10° READ, ROSA SUSANA - DNI N° 11.072.515 VOCAL TITULAR: MONTOYA, VIOLETA CRISTI-
11° CABANA, SIMONA - DNI N° 16.898.975 CRUZ, Oscar Ramón
MN° 17.997.043
NA - DNI N° 13.284.443
12° ROMERO, CELIA VICENTA - DNI VOCAL SUPLENTE 1°: ALVAREZ, JORGE GUS- CRUZ, Marcela Micaela Janet
MN° 38.341.037
N° 11.664.843
TAVO - DNI N° 33.255.504 GUTIERREZ, Norberto Osvaldo
MN° 24.556.681
VOCAL SUPLENTE 2°: DE LA VÍA, EUGENIA
CHOCOBAR, Olimpia Lujan
MN° 28.760.416
CONVENCIONALES SUPLENTES
BEATRIZ - DNI N° 14.787.440
RODRIGUEZ, Camila Gisel
MN° 40.157.592
RODRIGUEZ, Cintia Pamela
MN° 27.905.257
En San Salvador de Jujuy, Dpto. Dr. Manuel 1° GARZON, FELIX ERNESTO - DNI
Belgrano, Pcia. de Jujuy, a los cinco (5) días N° 13.550.384
Secretaría Electoral, 12 de diciembre de 2016.
del mes de Diciembre del año 2016, Dr. JUAN
2° MEDINA, GRACIELA MABEL - DNI
Fdo. Fernando Montaldi – Secretario Electoral – Distrito Salta.-
HORACIO CHAÑI, Secretario Electoral.-
N° 14.924.606
e. 14/12/2016 N° 94554/16 v. 14/12/2016 3° QUIROS, JOSE ADAN - DNI N° 7.287.340
e. 14/12/2016 N° 94518/16 v. 14/12/2016