N° 93489/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 27
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 27
SECRETARÍA NRO. 54
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 27, a cargo de la Dra. Maria
Virginia Villarroel, Secretaría Nº 54, a cargo del
Dr. Diego Ricardo Ruiz, sito en Montevideo 546
2 Piso de esta Capital Federal, comunica por
5 días que con fecha 24/11/2016, en los autos
caratulados “SERVICIO TECNICO SA S/QUIE-
BRA EXPTE. 9464/2016”, se resolvió decretar
la quiebra de SERVICIO TECNICO SA CUIT
30-70710460-7, haciéndole saber a este y a los
terceros que deberán hacer entrega al síndico
de los bienes que posean del fallido, así como
la prohibición de realizar pagos a la misma, los
que serán ineficaces. Se intima al deudor para
que entregue al síndico dentro de las 24 horas
los libros de comercio y demás documentación
relacionada con la contabilidad, así como tam-
bién a que dentro de las 48 horas constituya
domicilio procesal en el radio del tribunal, con
apercibimiento de tenerlo constituido en los es-
trados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir
con los requisitos a los que se refiere el art. 86
de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art.
11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mis-
mo texto legal. Fíjase hasta el día 21 de Marzo
de 2017 para que los acreedores por causa o
título anterior a la declaración de quiebras y sus
garantes, formulen al síndico el pedido de veri-
ficación de sus créditos. Se fijan las fechas de 5
de Mayo de 2017 y el 19 de Junio de 2017 para
las presentaciones de los informes individuales
y generales, previstos en el art. 35 y 39 de la
L.C. respectivamente, pudiendo ser observado,
el último, dentro de los 10 días de presentados
Jueves 15 de diciembre de 2016
art. 40 L.C. El síndico designado es el conta-
dor Benedossi Fabian Marcelo con domicilio
en Adolfo Alsina 833 Piso 1 Depto 1 C.A.B.A
(TEL. 4331-4501) al cual deberán concurrir los
acreedores a verificar sus créditos. El presente
deberá ser publicado por el término de 5 días
sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de
asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89
inc. 3 L.C.) Buenos Aires, 05 de Diciembre de
2016.
MARIA VIRGINIA VILLARROEL Juez - DIEGO
RICARDO RUIZ SECRETARIO
e. 12/12/2016 N° 93489/16 v. 16/12/2016