N° 95810/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17
SECRETARÍA NRO. 34
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico
A. GÜERRI, Secretaría N° 34 a cargo de quien
suscribe, sito en M. T. de Alvear 1840 3º Piso,
de CABA, COMUNICA POR 2 DIAS, en los
autos *FOCE SUSANA AURORA s/QUIEBRA
s/INCIDENTE DE VENTA* (RESERVADO) Exp-
te. N° 48817/2003/1; que el Martillero Público
Javier Osvaldo FUENTES IVA Resp. Inscripto
CUIT 20-17315931-6 tel 15-5308-1971 REMA-
TARA el 13 de Febrero de 2017 a las 11:00 hs.
en Jean Jaures 545 Capital Federal; siendo la
exhibición los días Sábado 11 de Febrero de
2017 de 17 a 19 hs y Domingo 12 de Febrero
de 2017 de 9 a 11 hs. Los derechos hereditarios
que pudiere detentar la fallida sobre el 75% del
lote 3 de la manzana 27 del Pdo. de General
Pueyrredón, matrícula 213.955, nomenclatura
catastral: IV - E- Manz.: 27 -P: 3. . Sup. Total
s/Tít: 852,62 m2. Según constatación obrante
en autos, ubicado en el Barrio Santa Isabel,
Paraje Denominado “Playa Chapadmalal”, Ruta
11, mano derecha en dirección a Miramar, Pdo
de Gral. Pueyrredón, Prov. de Bs. As., calle 757
(antes 74) entre las calles 12 y 14 (antes 9 y 11)
cerrando la manzana la calle 759 (antes 72). Se
trata de un lote de terreno totalmente desha-
bitado, sin ningún tipo de construcción alguna
en el mismo (se observan algunas viviendas
aisladas en las cercanías y en frente del mismo)
y sin alambre perimetral y con varios arbustos
en el terreno. La venta se realiza al contado,
en efectivo, al mejor postor, AD CORPUS, en
el estado físico y jurídico en que se encuentra.
BASE: $ 13.500. SEÑA: 30%. COMISION: 3% +
IVA. SELLADO DE LEY. Arancel aprobado por
la Acordada 10/99 del (0,25%) a cargo del com-
prador. TODO EN EFECTIVO Y EN EL ACTO
DEL REMATE. El comprador deberá constituir
domicilio dentro del radio del Juzgado y de-
Martes 20 de diciembre de 2016
positar el saldo de precio dentro de los cinco
días de aprobada la subasta sin necesidad de
interpelación alguna. Ello, bajo apercibimiento
en caso de incumplimiento, y sin necesidad de
intimación alguna, de considerarlo postor remi-
so y responsable en los términos del art. 584
del Cód. Procesal. El comprador será puesto
en posesión del inmueble una vez integrado el
saldo referido. Queda prohibida la compra en
comisión, así como la ulterior cesión del boleto
de compraventa que se extienda. Las sumas
adeudadas por tasas, impuestos o contribucio-
nes, agua corriente y otros servicios, anteriores
a la fecha del decreto de quiebra deberán ser
verificadas por los entes acreedores, y las que
resulten posteriores, hasta la fecha de toma de
posesión se encuentran a cargo de la quiebra, y
gozarán del privilegio previsto por el art. 240 de
la LCQ. El comprador deberá tomar posesión
dentro del plazo de 20 días de dispuesta la mis-
ma, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo
que serán a su cargo las cargas que pesen so-
bre el bien a partir de dicha fecha. Asimismo, se
encuentran a cargo del comprador la totalidad
de los gastos que demande la transferencia
del dominio a su nombre. Se aceptarán ofertas
bajo sobre en los términos del art. 104.6 del
Reglamento para la Justicia Comercial, las que
serán admitidas hasta cuatro (4) días antes de la
subasta y abiertas en audiencia. Buenos Aires,
13 de Diciembre de 2016.
FERNANDO DELGADO SECRETARIO
e. 19/12/2016 N° 95810/16 v. 20/12/2016