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N° 97652/16 Aviso del Boletín Oficial

MANO MEDIAWORKS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 22 de diciembre de 2016

Texto del aviso

MANO MEDIAWORKS S.R.L.

Inscripción Art. 10 Ley 19.550 - Se comunica

por un día que resolución de la Reunión de

Socios Unánime del día 12 de Diciembre de

2016, se resolvió modificar los artículos tercero

y quinto del estatuto social, quedando redacta-

dos de la siguiente manera: “Art. 3° - Su objeto

es dedicarse por cuenta propia de terceros y/o

asociada a terceros a las siguientes actividades:

A) Prestación de servicios de procesamiento de

datos, con equipos propios o alquilados; análi-

sis, desarrollo e implementación de sistemas;

Segunda

asesoramiento y consultoría en problemas

de computación y/o investigación operativa

y análisis de sistemas; desarrollo y ventas de

programas para computación, como también

de alquiler a terceros de los equipos propios.

Y B) Prestación de servicios de computación

en todas las etapas, análisis, programación,

perforación y procesamiento de la información,

en forma conjunta o individual. Las activida-

des que así lo requieran serán efectuadas por

profesionales con título habilitante. Desarrollo

y venta local y exterior de software, juegos, se-

ries animadas, gráfica digital e impresa, desa-

rrollos web, animaciones 3D y efectos visuales.

Edición y post producción de video e imágenes.

Y C) Preproducción, producción, postproduc-

ción, promoción y comercialización de ser-

vicios y productos audiovisuales incluyendo:

series, videos musicales, videos educativos,

documentales, promocionales, publicitarios,

corporativos, cortometrajes, mediometrajes,

largometrajes para cine, TV e internet para el

mercado nacional e internacional; producciones

fotográficas para cualquier fin impreso o digital,

alquiler y venta de equipos de cine y fotografía;

asesoramiento y consultoría en videojuegos,

diseño, audiovisual y fotografía. Importación

y exportación de los productos y servicios

enunciados precedentemente. Por último, para

el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene

plena capacidad jurídica para realizar actos,

contratos y operaciones que se relacionen con

su objeto y que no estén prohibidos para las

leyes o por este estatuto.” “Art. 5º: La adminis-

tración, representación legal y uso de la firma

social estarán a cargo de uno o más gerentes,

socios o no, en forma individual, designados

por el tiempo de duración de la sociedad, salvo

su cesación o remoción por las causales de la

ley. Por tal carácter, tienen todas las facultades

para realizar los actos y contratos tendientes al

cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusi-

ve los previstos en los artículos 1881 del Código

Civil y 9 Decreto Ley 5965/63. En garantía de

sus funciones los gerentes deberán: A) Deposi-

tar ya sea en Bonos, Títulos Públicos o sumas

de moneda nacional o extranjera, la Suma de

Pesos: Diez mil por cada Gerente, ya sea en

entidades financieras o en cajas de valores a

la orden de la sociedad; suscribir contratos

de Fianzas o avales bancarios o seguros de

Caución o de Responsabilidad Civil a favor de

La Sociedad por el importe mencionado cuyo

costo deberá ser soportado por cada Gerente.

En ningún caso procederá constituir la Garantía

mediante el ingreso directo de fondos a la caja

Social.” Autorizado según instrumento privado

Acta de Gerencia de fecha 13/12/2016

Pablo Andres Veiga - T°: 340 F°: 73

C.P.C.E.C.A.B.A.

e. 22/12/2016 N° 97652/16 v. 22/12/2016