N° 97652/16 Aviso del Boletín Oficial
MANO MEDIAWORKS S.R.L.
Texto del aviso
MANO MEDIAWORKS S.R.L.
Inscripción Art. 10 Ley 19.550 - Se comunica
por un día que resolución de la Reunión de
Socios Unánime del día 12 de Diciembre de
2016, se resolvió modificar los artículos tercero
y quinto del estatuto social, quedando redacta-
dos de la siguiente manera: “Art. 3° - Su objeto
es dedicarse por cuenta propia de terceros y/o
asociada a terceros a las siguientes actividades:
A) Prestación de servicios de procesamiento de
datos, con equipos propios o alquilados; análi-
sis, desarrollo e implementación de sistemas;
Segunda
asesoramiento y consultoría en problemas
de computación y/o investigación operativa
y análisis de sistemas; desarrollo y ventas de
programas para computación, como también
de alquiler a terceros de los equipos propios.
Y B) Prestación de servicios de computación
en todas las etapas, análisis, programación,
perforación y procesamiento de la información,
en forma conjunta o individual. Las activida-
des que así lo requieran serán efectuadas por
profesionales con título habilitante. Desarrollo
y venta local y exterior de software, juegos, se-
ries animadas, gráfica digital e impresa, desa-
rrollos web, animaciones 3D y efectos visuales.
Edición y post producción de video e imágenes.
Y C) Preproducción, producción, postproduc-
ción, promoción y comercialización de ser-
vicios y productos audiovisuales incluyendo:
series, videos musicales, videos educativos,
documentales, promocionales, publicitarios,
corporativos, cortometrajes, mediometrajes,
largometrajes para cine, TV e internet para el
mercado nacional e internacional; producciones
fotográficas para cualquier fin impreso o digital,
alquiler y venta de equipos de cine y fotografía;
asesoramiento y consultoría en videojuegos,
diseño, audiovisual y fotografía. Importación
y exportación de los productos y servicios
enunciados precedentemente. Por último, para
el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para realizar actos,
contratos y operaciones que se relacionen con
su objeto y que no estén prohibidos para las
leyes o por este estatuto.” “Art. 5º: La adminis-
tración, representación legal y uso de la firma
social estarán a cargo de uno o más gerentes,
socios o no, en forma individual, designados
por el tiempo de duración de la sociedad, salvo
su cesación o remoción por las causales de la
ley. Por tal carácter, tienen todas las facultades
para realizar los actos y contratos tendientes al
cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusi-
ve los previstos en los artículos 1881 del Código
Civil y 9 Decreto Ley 5965/63. En garantía de
sus funciones los gerentes deberán: A) Deposi-
tar ya sea en Bonos, Títulos Públicos o sumas
de moneda nacional o extranjera, la Suma de
Pesos: Diez mil por cada Gerente, ya sea en
entidades financieras o en cajas de valores a
la orden de la sociedad; suscribir contratos
de Fianzas o avales bancarios o seguros de
Caución o de Responsabilidad Civil a favor de
La Sociedad por el importe mencionado cuyo
costo deberá ser soportado por cada Gerente.
En ningún caso procederá constituir la Garantía
mediante el ingreso directo de fondos a la caja
Social.” Autorizado según instrumento privado
Acta de Gerencia de fecha 13/12/2016
Pablo Andres Veiga - T°: 340 F°: 73
C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 22/12/2016 N° 97652/16 v. 22/12/2016