N° 98608/16 Aviso del Boletín Oficial
LA VISTEADA S.A.
Texto del aviso
LA VISTEADA S.A.
Por Escritura 569 del 19/12/2016, folio 1478,
Registro 1602, en referencia a publicacion del
13/12/2016 Ref 94620/16: y por vistas de la IGJ
se adecua el artículo octavo. Nueva redacción.
ARTÍCULO OCTAVO: La dirección y adminis-
tración está a cargo del Directorio, integrado
por uno a cinco titulares, pudiendo la asamblea
elegir igual o menor número de suplentes, los
que se incorporarán al directorio por el orden
de su designación y serán reelegibles en sus
cargos indefinidamente. Las designaciones
son revocables exclusivamente por Asamblea
conforme lo dispuesto por el art. 256 y 262 de
la ley 19.550. El término de su elección es de un
ejercicio. La asamblea fijará el número de direc-
tores, así como también su remuneración. En
la primera reunión de directorio que se celebre
con posterioridad a su designación, los direc-
tores designarán al Presidente. El directorio se-
sionará con la mitad más uno de sus titulares y
resolverá por mayoría de los presentes. En caso
de empate en la votación decidirá el voto del
Presidente. Las reuniones de directorio podrán
ser celebradas fuera de la sede social, siempre
dentro de la órbita de su jurisdicción, y serán
válidas aquellas que se realicen por conferencia
telefónica, transmisión simultánea de sonido,
imágenes o palabras, permitiendo de tal forma,
el cómputo del quórum, mayorías, deliberación
y votación de los directores presentes a distan-
cia. El directorio tiene amplias facultades de ad-
ministración y disposición, incluso las que re-
quieren poderes especiales a tenor del artículo
375 del Código Civil y del artículo 9 del Decreto
Ley Número 5965/63.- Podrá, especialmente,
operar con toda clase de bancos, compañías
financieras o entidades crediticias oficiales y
privadas, nacionales o extranjeras, dar y revo-
car poderes especiales y generales, judiciales o
de administración u otros, con o sin facultad de
sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir
denuncias o querellas penales, y realizar todo
otro hecho o acto jurídico que haga adquirir de-
rechos o contraer obligaciones a la Sociedad.
En garantía de sus funciones los Directores titu-
lares constituirán un seguro de caución a favor
de la sociedad, en una Compañía de Seguros
de Plaza, por los montos estipulados de acuer-
do a ley Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 569 de fecha 19/12/2016 Reg. Nº 1602
Paula María Rodriguez Foster - Matrícula: 3995
C.E.C.B.A.
e. 26/12/2016 N° 98608/16 v. 26/12/2016