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N° 98375/16 Aviso del Boletín Oficial

RAISIN S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 26 de diciembre de 2016

Texto del aviso

RAISIN S.A.

Reforma de Estatuto. Por resolución de la Asam-

blea General Extraordinaria de fecha 12/12/2016,

se resolvió la modificación de los Artículos Ter-

cero, Octavo y Décimo Primero del Estatuto de

la Sociedad, los cuales quedaron redactados

de la siguiente manera: “Cláusula tercera: La

sociedad tiene por objeto dedicarse por cuen-

ta propia o de terceros, o asociada a terceros,

en cualquier parte de la República Argentina o

en el extranjero, a las siguientes actividades: A)

Agropecuarias e inmobiliarias; B) Constructora;

C) Compra, venta y fabricación de productos de

las industrias agropecuarias, del plástico, elec-

trónica, electrodomésticos, computación y tex-

tiles; D) El ejercicio de comisiones, mandatos y

representaciones; E) Importación y Exportación;

F) Operaciones Financieras, mediante aportes

para operaciones realizadas o a realizarse, finan-

ciamiento, préstamos hipotecarios o crédito en

general con cualquiera de las garantías previstas

en la legislación nacional o extranjera vigente o

sin ella; otorgar garantías a favor de obligaciones

de sociedades controladas, controlantes, vincu-

ladas y/o de terceros; emitir títulos valores, a cor-

to y largo plazo, con o sin garantías; descontar,

negociar, caucionar, adquirir, aceptar y vender

letras, pagarés, prendas, cheques, giros y de-

más papeles de crédito o títulos valores, creados

o a crearse. Se excluyen expresamente las ope-

raciones comprendidas en la ley de entidades

financieras y toda otra que requiera el concurso

público de capitales. Para el cumplimiento de

su objeto tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derecho, contraer obligaciones y ejercer

los actos que no sean prohibidos por las dispo-

siciones en vigor. Cláusula Octava: La dirección

y administración de La Sociedad estará a car-

go de un Directorio compuesto del número de

miembros que fije la Asamblea entre un mínimo

de uno y un máximo de cinco miembros titulares

con mandato por tres ejercicios, siendo reelegi-

bles. La Asamblea designará Directores Suplen-

tes en igual o menor número que los titulares, y

por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes

que se produjeren, en el orden de su elección.

Los Directores durarán tres ejercicios en sus

funciones y continuarán ejerciéndola hasta que

sean elegidos sus reemplazantes y éstos hayan

tomado posesión de sus cargos. Los miembros

del Directorio podrán ser reelectos. En la prime-

ra reunión el Directorio nombrará de su seno al

Presidente, y en su caso al Vicepresidente. El

Directorio funciona con la presencia de la mayo-

ría de sus miembros y resuelve por mayoría de

votos presentes. Los Directores deben prestar la

Segunda

siguiente garantía: la suma de diez mil pesos en

efectivo, que le será devuelta al término de su

mandato y una vez que la Asamblea de accio-

nistas haya aprobado su gestión. Los Directores

tendrán opción para reemplazar el depósito de

efectivo por títulos nacionales, calculados éstos

a su valor nominal. En caso de ausencia o im-

pedimento del Presidente será reemplazado por

el Vicepresidente”. “Cláusula Décimo Primera:

Se prescinde de la Sindicatura y la fiscalización

será ejercida de acuerdo al artículo 55 de la Ley

General de Sociedades 19550 (t.o. 1984). Si que-

dará incluida en las condiciones establecidas en

el último párrafo del artículo 284, la fiscalización

de la sociedad estará a cargo de uno o más Sín-

dicos Titulares, a quién o quienes reemplazarán

suplentes designados por el término de tres

ejercicios por la Asamblea anual, la que resol-

verá en cada oportunidad, si la sindicatura será

unipersonal o colegiada, con las facultades y

funciones que determina el artículo 294 Ley Ge-

neral de Sociedades 19.550 (t.o. 1984), pudiendo

ser reelegidos indefinidamente.”

Autorizado según instrumento privado Asam-

blea General Extraordinaria de fecha 12/12/2016

Maria Laura Sergio - T°: 42 F°: 133 C.P.A.C.F.

e. 26/12/2016 N° 98375/16 v. 26/12/2016