N° 98375/16 Aviso del Boletín Oficial
RAISIN S.A.
Texto del aviso
RAISIN S.A.
Reforma de Estatuto. Por resolución de la Asam-
blea General Extraordinaria de fecha 12/12/2016,
se resolvió la modificación de los Artículos Ter-
cero, Octavo y Décimo Primero del Estatuto de
la Sociedad, los cuales quedaron redactados
de la siguiente manera: “Cláusula tercera: La
sociedad tiene por objeto dedicarse por cuen-
ta propia o de terceros, o asociada a terceros,
en cualquier parte de la República Argentina o
en el extranjero, a las siguientes actividades: A)
Agropecuarias e inmobiliarias; B) Constructora;
C) Compra, venta y fabricación de productos de
las industrias agropecuarias, del plástico, elec-
trónica, electrodomésticos, computación y tex-
tiles; D) El ejercicio de comisiones, mandatos y
representaciones; E) Importación y Exportación;
F) Operaciones Financieras, mediante aportes
para operaciones realizadas o a realizarse, finan-
ciamiento, préstamos hipotecarios o crédito en
general con cualquiera de las garantías previstas
en la legislación nacional o extranjera vigente o
sin ella; otorgar garantías a favor de obligaciones
de sociedades controladas, controlantes, vincu-
ladas y/o de terceros; emitir títulos valores, a cor-
to y largo plazo, con o sin garantías; descontar,
negociar, caucionar, adquirir, aceptar y vender
letras, pagarés, prendas, cheques, giros y de-
más papeles de crédito o títulos valores, creados
o a crearse. Se excluyen expresamente las ope-
raciones comprendidas en la ley de entidades
financieras y toda otra que requiera el concurso
público de capitales. Para el cumplimiento de
su objeto tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derecho, contraer obligaciones y ejercer
los actos que no sean prohibidos por las dispo-
siciones en vigor. Cláusula Octava: La dirección
y administración de La Sociedad estará a car-
go de un Directorio compuesto del número de
miembros que fije la Asamblea entre un mínimo
de uno y un máximo de cinco miembros titulares
con mandato por tres ejercicios, siendo reelegi-
bles. La Asamblea designará Directores Suplen-
tes en igual o menor número que los titulares, y
por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes
que se produjeren, en el orden de su elección.
Los Directores durarán tres ejercicios en sus
funciones y continuarán ejerciéndola hasta que
sean elegidos sus reemplazantes y éstos hayan
tomado posesión de sus cargos. Los miembros
del Directorio podrán ser reelectos. En la prime-
ra reunión el Directorio nombrará de su seno al
Presidente, y en su caso al Vicepresidente. El
Directorio funciona con la presencia de la mayo-
ría de sus miembros y resuelve por mayoría de
votos presentes. Los Directores deben prestar la
Segunda
siguiente garantía: la suma de diez mil pesos en
efectivo, que le será devuelta al término de su
mandato y una vez que la Asamblea de accio-
nistas haya aprobado su gestión. Los Directores
tendrán opción para reemplazar el depósito de
efectivo por títulos nacionales, calculados éstos
a su valor nominal. En caso de ausencia o im-
pedimento del Presidente será reemplazado por
el Vicepresidente”. “Cláusula Décimo Primera:
Se prescinde de la Sindicatura y la fiscalización
será ejercida de acuerdo al artículo 55 de la Ley
General de Sociedades 19550 (t.o. 1984). Si que-
dará incluida en las condiciones establecidas en
el último párrafo del artículo 284, la fiscalización
de la sociedad estará a cargo de uno o más Sín-
dicos Titulares, a quién o quienes reemplazarán
suplentes designados por el término de tres
ejercicios por la Asamblea anual, la que resol-
verá en cada oportunidad, si la sindicatura será
unipersonal o colegiada, con las facultades y
funciones que determina el artículo 294 Ley Ge-
neral de Sociedades 19.550 (t.o. 1984), pudiendo
ser reelegidos indefinidamente.”
Autorizado según instrumento privado Asam-
blea General Extraordinaria de fecha 12/12/2016
Maria Laura Sergio - T°: 42 F°: 133 C.P.A.C.F.
e. 26/12/2016 N° 98375/16 v. 26/12/2016