N° 98336/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 28
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. JORGE S.
SICOLI, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr. MAR-
TIN SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao 635
piso 2º de esta Capital Federal, comunica por 5
días que con fecha 15 de diciembre de 2016, en
los autos caratulados: 33352/2015 AZPIROZ,
COSTA JOSE s/QUIEBRA se resolvió decretar
la quiebra de AZPIROZ, COSTA JOSE (CUIT
20-10306873-9), haciéndole saber a éste y a los
terceros que deberán hacer entrega al síndico
de los bienes que posean del fallido. Hágase
saber, asimismo, la prohibición de realizar
pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se
intima al deudor para que entregue al síndico
dentro de las 24 horas los libros de comercio
y demás documentación relacionada con la
contabilidad, así como también a que dentro
de las 48 horas constituya domicilio procesal
en el radio del Tribunal, con apercibimiento de
tenerlo constituido en los estrados del Juzgado.
Deberá el deudor cumplir con los requisitos a
los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en
cuanto a su remisión a los arts. 11 inc. 2, 3, 4,
y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal.
Fíjese hasta el día 15 de marzo de 2017 para
que los acreedores por causa o título anterior
a la declaración de quiebra y sus garantes for-
mulen al síndico el pedido de verificación de
sus créditos; oportunidad en la que deberán
denunciar su tipo y número de documento de
identidad, y en su caso, los datos de la cuenta,
números de CUIT/CUIL y CBU incluidos, donde
oportunamente deberá transferirse el dividendo
concursal. Se fijan las fechas de 2 de mayo de
2017 y el 14 de junio de 2017 para las presen-
taciones de los informes individual y general
previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C., respec-
tivamente. El síndico designado es el contador
GUSTAVO GUILLERMO VIGNALE con domicilio
en VUELTA DE OBLIGADO 2717 PB “A” (4-7811-
844). Publíquese por 5 días sin necesidad de
pago previo y sin perjuicio de asignarse los
fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.)
JORGE S. SICOLI Juez - MARTIN SARMIENTO
LASPIUR SECRETARIO
e. 26/12/2016 N° 98336/16 v. 30/12/2016