N° 99941/16 Aviso del Boletín Oficial
ARGENTINA CORPORACION FINANCIERA S.A.
Texto del aviso
ARGENTINA CORPORACION FINANCIERA S.A.
Se hace saber que por Asamblea General Ex-
traordinaria del 12 de Septiembre de 2016 se
modificó el Art. 3 del Estatuto Social en los si-
guientes términos: ARTICULO TERCERO. OB-
JETO SOCIAL: Realizar por cuenta propia o de
terceros o asociada a terceros, las siguientes
actividades: 1) Prestación del servicio electróni-
co de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden
de terceros, de facturas de servicios públicos,
impuestos y otros servicios, así como de todo
tipo de obligaciones cuyo cumplimiento se eje-
cute o resuelva mediante la entrega de sumas
de dinero. Dichos servicios se ejecutarán por
cuenta o en representación de terceros, por
mandato, comisión o cualquier otra forma de
encomienda legalmente válida, mediante el em-
pleo de los métodos o sistemas que se juzguen
más adecuados a la naturaleza y modalidades
de las obligaciones a cancelar y, en su caso,
a los alcances de las exigencias del mandato
recibido. A tal fin, la Sociedad podrá desarrollar,
adquirir, vender o ceder, licenciar, importar y/o
exportar todo tipo de bienes, know how y tec-
nología vinculados directa o indirectamente con
el objeto descripto, a la par que comercializar
por cualquier vía o título la tecnología que cree
o cuya licencia o patente adquiera o administre,
prestar servicios de organización, desarrollo
de soportes, software y sistemas informáticos,
asesoramiento, asistencia o consultoría, admi-
nistración y control de gestión, relacionados con
sus especialidad. 2) Todo tipo de operaciones
financieras y de crédito, otorgamiento de pres-
tamos con o sin garantías reales a corto o largo
plazo, operaciones de descuento y pesificación
de cheques, como así también mediante aporte
de capitales a personas jurídicas existentes o a
Intelectual Nº 5.218.874
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y líneas rotativas
Jueves 29 de diciembre de 2016
crearse, constitución o transferencia de hipote-
cas u otros derechos reales, para la concerta-
ción de operaciones realizadas o a realizarse,
negociación de títulos, acciones, debentures y
otros títulos valores. La Sociedad no realizará
las actividades comprendidas en la Ley de En-
tidades Financieras ni toda otra que requiera el
concurso público. 3) La creación, desarrollo,
dirección, administración, comercialización,
explotación y operación de sistemas de tarjetas
de crédito y/o débito y/o compra y/o afines. Asi-
mismo, podrá operar en el negocio de cuentas
recaudadoras y participar en el capital social de
otras sociedades que realicen servicios com-
plementarios de actividad financiera permitidos
por el Banco Central de la República Argentina.
A tal fin, podrá celebrar convenios de coopera-
ción y/o asociativos con otros entes o socieda-
des afines, establecer sucursales, agencias y/o
representaciones en forma propia o asociada a
terceros, contratar seguros en forma asociada
a las empresas u organismos para los cuales
recauda; y todo tipo de actos, contratos y
operaciones relacionados con su actividad.
La enumeración que antecede no es limitativa,
pudiendo la Sociedad celebrar, por intermedio
de sus representantes legales, todos los actos
y contratos que directa o indirectamente tien-
dan a favorecer el desarrollo de sus negocios
dentro del objeto social. Las actividades prece-
dentemente descriptas podrán ser efectuadas
mediante cualquier modalidad de contratación,
como así también, con aportes propios, de
terceros y/o de instituciones financieras públi-
cas y privadas. A tales fines la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos
y contraer obligaciones y ejercer todos los ac-
tos que no sean prohibidos por las leyes y por
este estatuto, pudiendo desarrollar su actividad
comercial en todo el territorio del país.”. Auto-
rizado según instrumento privado ASAMBLEA
EXTRAORDINARIA de fecha 12/09/2016
Juan Cruz Alvarado - T°: 80 F°: 482 C.P.A.C.F.
e. 29/12/2016 N° 99941/16 v. 29/12/2016