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N° 99848/16 Aviso del Boletín Oficial

de acción política de los que se requería dic

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES jueves, 29 de diciembre de 2016

Texto del aviso

de acción política de los que se requería dic-

PRO PROPUESTA REPUBLICANA

requirió al partido que presente a este Juzgado

tamen eran los obrantes como Anexos I, II y III

para su aprobación un nuevo texto de la carta

del acta de la Asamblea de Delegados citada, Distrito Neuquén

orgánica, declaración de principios y bases de

obrantes a fs. 1094/1107, 1108/1109 y 1110/1113,

acción política, adecuadas a la nueva denomi-

El Juzgado Federal N° 1 con Competencia

respectivamente, ya que el partido no había

nación, acompañando a su vez las actas de los

Electoral del Neuquén, a cargo de la Dra. María

presentado el texto de los citados instrumentos

organismos pertinentes mediante las cuales se

Carolina PANDOLFI, Secretaria Electoral a car-

por separado.-

dispusieron dichas modificaciones.-

go del Dr. Leonardo Luis Zaglio Bianchini, sita

en calle Santa Fe N° 318 1er. piso de la Ciudad

Que, a fs. 1422 obra dictamen de la Sra. Fiscal

de Neuquén hace saber, en cumplimiento de Que a fs. 1093/1114 se presentó el Sr. Apode- Federal subrogante, quien luego de examinar

rado partidario acompañando copia del acta lo establecido en el art. 63 de la Ley Orgánica

el acta de la Asamblea de Delegados obrantes

de fecha 11 de Agosto de 2010 de la Asamblea de los Partidos Políticos N° 23.298 y Art. 14

a fs. 1093/1113, en la que se reformó la carta

de Delegados del partido Pro-Propuesta Repu- del Decreto 937/2010, que en los autos: “PRO

orgánica, declaración de principios y base de

blicana, por medio de la cual se procedió a la PROPUESTA REPUBLICANA S/ Reconocimien-

acción política a la nueva denominación, mani-

aprobación de un nuevo texto de la Carta Orgá- to definitivo de personalidad política (art. 7 bis)”

festó que “habiéndose realizado una compulsa

(Expte. N° 15000186/2002) por Resolución de nica, Declaración de Principios y Bases de Ac- del legajo y no existiendo observaciones que

ción Política, adecuados a la nueva denomina- fecha 5 de Diciembre de 2016, registrada elec-

formular, entiendo procedente la aprobación de

ción partidaria. Sin embargo, a fs. 1115, se hizo trónicamente (Acordada N° 6/2014 CSJN), se

la reforma introducida a los instrumentos antes

saber al apoderado que sin perjuicio de que no tuvo al nuevo texto de la Carta Orgánica - ex-

mencionados”.-

había acompañado el texto mecanográfico de cepción de los artículos 10°; 11°; 13°; 14°; 15°

la carta orgánica, a mérito del principio de eco- incs. 9), 11) y 12); 19°; 24°; 30°; 44°; 47° inc. b);

A fs. 1440, previo a resolver sobre las modifica-

48° inc. d); 53°; 54°; 55°; 59°; 61°; 63°; 65°; 66°; nomía procesal, previo a sustanciar el proce- ciones realizadas al texto de la carta orgánica,

dimiento de modificación de la carta orgánica 67° inc. c); 71°; 92° y 93° - como adecuadas

declaración de principios y bases de acción

el partido debía dar cumplimiento lo ordenado a a la Ley 23.298, sus modificatorias, la Ley de

política efectuado por la Asamblea de Delega-

fs. 967/968, donde se requirió la adecuación del Financiamiento de los Partidos Políticos 26.215

dos, se dispuso el control del texto obrante a fs.

estatuto partidario interno a las modificaciones y Ley 26.571. Se publica junto al presente el re-

1094/1113, con el texto actualmente vigente.-

introducidas a la legislación vigente por la ley ferido instrumento partidario así como la citada

resolución.

26.571.-

Que, a fs. 1440 in fine luce el informe Actua-

rial del cual surge que el texto obrante a fs.

En la Ciudad de Neuquén a los veintisiete (27) A fs. 1117/1118 se encuentra agregada la comu- 1094/1113 resulta totalmente diferente tanto

días del mes de Diciembre de 2016.- Fdo. Leo- nicación efectuada por la Secretaría Electoral de en su contenido, numeración de artículos, sec-

nardo Luis Zaglio Bianchini - Secretario Electo- Capital Federal respecto de la intervención del ciones y capítulos, como así el nombre de los

ral - Distrito Neuquén.

partido de autos decidida por la Junta Promoto- organismos partidarios con el actualmente vi-

ra partidaria Orden Nacional, la cual conforme gente, por lo que la reforma efectuada lo habría

constancias obrantes en los autos de mención NEUQUÉN, 5 de diciembre 2016.-

sido en su totalidad.-

se mantuvo en virtud de sucesivas prórrogas,

AUTOS Y VISTO:

siendo la última la dispuesta por el Consejo Di- A fs. 1441, teniendo en consideración que las

rectivo del partido Pro-Propuesta Republicana modificaciones realizadas al texto de la carta

Orden Nacional mediante Acta Nº 8 de fecha Para resolver en estas actuaciones “PRO-PRO-

orgánica por parte de la Asamblea de Dele-

22 de Marzo de 2013 -fs. 1610/1611- que se PUESTA REPUBLICANA s/Reconocimiento

gados mediante el acta de fecha 11 de agosto

definitivo de personalidad jurídico política (art. prolongó hasta el 25 de Julio de 2013, fecha de 2010 no solo había tenido por finalidad su

7 bis) “ (Expte. Nº CNE 15000186/2002), sobre en que asumieron las autoridades partidarias adecuación a la nueva denominación partida-

las reformas introducidas al texto de la Carta resultantes del proceso electoral llevado a cabo ria –tal como le fuera exigido al partido al fs.

Orgánica partidaria.-

en aquel entonces.-

1050 in fine-, sino que también consistió en la

adaptación a los términos y contenidos de la

RESULTANDO:

Que, a fs. 1167 compareció el Sr. Apoderado carta orgánica de nivel nacional, resultando por

acompañando copia del Acta de la intervención ello un texto totalmente nuevo sin que en las

Que, el 22 de diciembre de 2009 entró en vi- de fecha 4 de Marzo de 2011 mediante la cual modificaciones realizadas se encuentren inclui-

gencia la Ley N° 26.571, denominada Ley de

das las adecuaciones del estatuto interno a las se efectuó la adecuación de la carta orgánica

Democratización de la Representación Política, a la ley 26.571. En virtud de la referida presen- previsiones contenidas en la Ley 26.571, se hizo

la Transparencia y la Equidad Electoral, (B.O. tación, a fs. 1169 se requirió al Sr. Apoderado saber al Sr. Apoderado que previo a resolver, a

14/12/2009, página 9), la que en su art. 109 es- que presentara el texto completo u ordenado mérito del principio de economía procesal, de-

27 Jueves 29 de diciembre de 2016

Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.533

bía presentar un nuevo texto de la carta orgáni- dificaciones introducidas a la Carta Orgánica 9 a 13 de la ley 26.571 –que modificaron los destacar que con posterioridad el Congreso de

ca adecuado a la referida Ley 26.571, tal como del partido a través del acta de la Asamblea arts. 25, 25 bis, 25 ter, 25 quater y 26 de la ley la Nación dictó la Ley 27.120 que reglamentó los

se lo exigiera al partido mediante providencia provincial de fecha 22/05/2015 obrante a fs. 23.298- (art. 3°); previendo que para la elección distintos aspectos vinculados a la elección de

de fs. 967/968.-

2112/2120, que correspondería entonces apro- de candidatos a Senadores Nacionales y Dipu- los parlamentarios del Mercosur.-

barlas, excepto lo referido en relación al cuál tados Nacionales se deberá aplicar el sistema

Que, a fs. 2032 se presentó el Sr. Apoderado es el organismo partidario competente para de elecciones primarias abiertas, simultáneas y Sin embargo, lo que el partido no puede dejar

partidario acompañando el texto mecanográfico que en forma previa al inicio de cada elección obligatorias, conforme al art. 14 de la ley 26.571 de establecer en su carta orgánica, es el sis-

de la carta orgánica partidaria –fs. 2017/2031- nacional en la que presenten candidaturas a -que modificó el art. 29 de la ley 23.298- (art. tema de distribución de cargos que utilizará

adecuado a las modificaciones efectuadas cargos públicos electivos designe a los respon- 86°); fijando el sistema que se utilizará para in- entre los miembros de las distintas listas de

mediante Acta de la intervención de fecha 4 de sables económicos financieros de campaña y tegrar la lista definitiva de diputados nacionales precandidatos a parlamentarios del Mercosur

Marzo de 2011, referidas a la adecuación de la la omisión de los cargos correspondientes a y el modo de sustitución de éstos candidatos que se presentes a las elecciones primarias

carta orgánica a la Ley 26.571.-

parlamentarios del Mercosur, todo lo cual debe en caso de muerte, incapacidad o renuncia (art. para conformar la lista definitiva. Dicho aspecto

la agrupación corregir según lo observado” 86°); estableciendo los requisitos para ser can- no se encuentra determinado por la ley; por el

A fs. 2037, teniendo en consideración que las

didatos por el partido y el porcentaje de partici- contrario la misma exige que sea precisado por

modificaciones al texto de la carta orgánica

pación de candidatos extrapartidarios (art. 86°); CONSIDERANDO:

cada agrupación. Así, el art. 44 de la Ley 26.571

efectuadas en el acta de fs. 1166 fueron realiza-

garantizando que en las elecciones primarias, determina que “En la elección de diputados na-

da por la interventora del partido designada en Que, en primer término corresponder precisar abiertas, simultáneas y obligatorias la distri- cionales, y parlamentarios del Mercosur, cada

esa época, siendo que los interventores deben que este tribunal no entrará a considerar los bución de los aportes públicos para campaña, agrupación política para integrar la lista definiti-

limitarse a cumplir la función para la que fueron artículos que obedecen a la elección de can- impresión de boleta y los espacios de publici- va aplicará el sistema de distribución de cargos

designados, quedando reducida su actuación didatos a cargos provinciales y municipales, o dad entre las listas oficializadas será en partes que establezca cada carta orgánica partidaria

a las diligencias indispensables para hacerlo

iguales (art. 86° bis); estableciendo el modo de decisiones partidarias respecto a comicios en

o el reglamento de la alianza partidaria”. En

sin que la modificación del estatuto interno sea el orden provincial y/o municipal, por no resultar designación, composición y reglamentación de función de lo antes dicho, el partido deberá

una de ellas, se requirió al Sr. Apoderado que de competencia de este tribunal el control de la junta electoral partidaria que intervendrá en establecer el sistema de distribución de cargos

presentara el acta del organismo partidario legalidad sobre los mismos.-

las elecciones primarias abiertas, simultáneas y que utilizará la junta electoral partidaria para

competente que aprobó las modificaciones

obligatorias (arts. 60°; 75° y 76°), y determinan- poder integrar la lista definitiva de candidatos

efectuadas al texto de la carta orgánica.-

do que en la elección de autoridades partida- Sentado ello, se debe verificar si la nueva re-

a parlamentarios del Mercosur -pues el sistema

rias se debe respetar el porcentaje mínimo por dacción dada a la carta orgánica partidaria –

para los Diputados Nacionales está previsto en

Que, a fs. 2062 compareció el Sr. Apoderado cuyo texto obra a fs. 2148/2168-, se encuentra sexo establecido en la ley 24.012 y sus decretos el art. 86 de la carta orgánica-, considerando el

partidario acompañando el Acta de la Asam- adecuada a la ley 23.298, sus modificatorias y a reglamentarios (art. 81).-

tribunal que en caso de falta de determinación

blea de fecha 22 de Mayo de 2015 –que luce a la ley 26.571; asimismo, corresponde verificar si

se aplicará el sistema de representación pro-

fs. 2046/2060- mediante la cual se aprobaron las reformas introducidas al estatuto partidario Pese a ello, el representante del Ministerio porcional, denominado método D’Hont.-

las reformas efectuadas a la carta orgánica por la Asamblea mediante Acta de fecha 22 de Público Fiscal objetó en su dictamen -fs.

partidaria.-

Mayo de 2015 obrante fs. 2046/2060, fueron 2173/2175- que del texto de la carta orgánica no Que, continuando con el análisis del resto de

realizadas de conformidad al procedimiento surge que el partido haya establecido cual es el los artículos reformados por la Asamblea me-

A fs. 2063 y vta. se ordenó el control de texto de previsto en el mismo.-

organismo partidario competente para que en diante el Acta de fecha 22 de Mayo de 2015 -y

la carta orgánica plasmado en el Acta de fecha

forma previa al inicio de cada elección nacional, que no fueron observados por el representante

22 de Mayo de 2015 de la Asamblea Provincial

en la que presenten candidaturas a cargos pú- Comenzando por razones metodológicas por

del Ministerio Público Fiscal-, se advierte que el

con el texto ordenado de la carta orgánica este último aspecto, tenemos que conforme lo blicos electivos, designe a los dos responsables art. 10° contiene un error de tipeo al decir “…

obrante a fs. 2017/2031, así como con el texto dispuesto en el art. 11 inc. 7) de la carta orgá- económicos financieros de campaña, conforme directivas…”, cuando de la lectura del mismo se

actualmente vigente respecto a los artículos no nica vigente, la Asamblea de Delegados posee al art. 48 de la ley 26.571, que modificó el art. 27 entiende que quiso decir “…directas…”; por ello

modificados.-

entre sus atribuciones y deberes la de reformar de la ley 26.215. Sin embargo, en el nuevo esta- a fin de evitar confusiones en el futuro el mismo

el estatuto interno, mientras que el art 14 de- tuto interno, el artículo 90° titulado RESPONSA- deberá ser corregido.-

Que, a fs. 2110 obra el informe Actuarial del cual

BLES, estableció que al iniciarse cada campaña termina que el quórum para el funcionamiento

surge que el nuevo texto de la carta orgánica de la Asamblea de Delegados se formará con electoral el Consejo Directivo será el organismo Por otra parte, se observa que en la parte final

presentado –modificado por la Asamblea- era la presencia de la mitad más uno de sus miem- encargado de designar dos responsables eco- del artículo 11° -referido a los miembros del

un texto modificado en su totalidad respecto bros.-

nómico financiero “quienes serán responsables Consejo Directivo-, del mismo modo que en

del actualmente vigente y presentaba errores

con el tesorero por el cumplimiento de las dis- la última parte de los arts. 44° -respecto a la

de tipeo.-

posiciones legales aplicables”. De modo tal que Que, del acta de la Asamblea correspondiente

Asamblea Provincial-; 54° - alusivo al Tribunal

aquella observación efectuada por el Sr. Fiscal a la reunión del 22 de mayo de 2015 por medio

de Disciplina-; 61° -relacionado a la Junta Elec-

A fs. 2110 in fine, se solicitó al Sr. Apoderado de la cual se aprobaron las modificaciones a la Federal no es fundada.

toral- y 66° -referido a la Comisión de Contralor

partidario que presentara un nuevo texto orde- carta orgánica –ver fs. 2046/2060-, surge que

Patrimonial- se encuentran previstas situa-

nado de la carta orgánica, subsanando las ob- asistieron doce (12) miembros sobre un total Pero además del art. 27 de la ley 26.215 que ciones que a la fecha han perdido totalmente

servaciones realizadas en el informe Actuarial.- de quince (15) asambleístas que integran –con- exige la designación de dos responsables vigencia –pues, en ellos se prevé la conforma-

forme lo prescribe el art. 10- la Asamblea de económicos financieros con motivo de las ción o constitución de los nuevos organismo

partidarios con los mismos miembros que in- Que, a fs. 2125 en virtud de la presentación del Delegados, por lo que se concluye que el citado elecciones generales –cuya previsión, tal como

nuevo texto ordenado de la carta orgánica par- organismo contó con la presencia necesaria de señalara precedentemente, tuvo acogida en el tegraban los órganos precedentes de cada uno

tidaria agregado a fs. 2112/2123, se ordenó el sus miembros para sesionar válidamente. A su art. 90° de la carta orgánica-, el último párrafo de ellos “del antiguo partido RECREAR PARA

control del mismo a los fines de determinar si se vez, de la referida acta -fs. 2046/2060- surge del art. 32 de la ley 26.571 exige la designación EL CRECIMINETO con vencimiento de sus res-

subsanaron las observaciones efectuadas en el que la decisión de modificar la carta orgánica de un responsable económico financiero para pectivos mandatos el 10 de octubre del 2012”-,

informe Actuarial de fs. 2110.-

por lo que se considera conveniente que las fue tomada por unanimidad de los presentes; las elecciones primarias, abiertas simultaneas

mismas sean eliminadas, a fin de evitar posi- de modo tal que el aspecto procedimental y y obligatorias, el que deberá ser designado al

A fs. 2146/2147 luce el informe Actuarial en el cuantitativo del estatuto partidario vigente ha menos 40 días antes de las mismas. Asimismo, bles confusiones. Además, por la misma razón

cual se realizaron una serie de observaciones sido satisfactoriamente cumplido.-

el art. 5° bis del Decreto 937/2010 -incorporado deberá ser eliminado el TITULO VII: TRANSITO-

referidas a errores de tipeo en la transcripción

por art. 5° del Decreto N° 776/2015- prescribe RIAS y los dos artículos que integran el mismo

del texto de la carta orgánica; motivo por el

que: “En el acuerdo constitutivo de las alianzas, (92° y 93°), ya que también hacer referencias a Y ello es así, pese a que el representante del

circunstancias de hecho que acontecieron hace cual a fs. 2147 in fine se solicitó al Sr. Apode- Ministerio Público Fiscal observó que no obra o en la primera presentación ante el Juzgado

más de cuatro años a la fecha.- rado partidario que presentara un nuevo texto en estas actuaciones constancias de que se Federal con Competencia Electoral de un parti-

ordenado de la carta orgánica subsanando las haya cumplimentado con alguna de las modali- do político relacionada con su participación en

observaciones efectuadas en el informe Actua- dades previstas en el estatuto interno –cfr. art. el proceso electoral, deberá designarse un res- Por su parte, el art. 10° de la carta orgánica

rial.-

13- de convocatoria de la Asamblea de Delega- ponsable técnico de campaña y un represen- establece que el Consejo Directivo estará for-

tante tecnológico y, en ambos casos un alter- mado por 7 miembros titulares y 3 suplentes, do, pues no debe olvidarse que es un principio

elegidos por los afiliados. El art. 12° aclara que Que, a fs. 2170 en virtud de la presentación del vigente en materia de derecho electoral aquél no”. Por tal motivo, el partido deberá establecer

nuevo texto ordenado de la carta orgánica par- que señala que “...una asamblea reunida con cuál es el organismo partidario competente -si sus autoridades serán: el Presidente, Vice-

tidaria agregado a fs. 2148/2162, se ordenó el la mayoría necesaria es soberana respecto de el Consejo Directivo u otro- para que en forma Presidente, Secretario General, Tesorero, Pri-

control del mismo a los fines de determinar si se la validez de su constitución...” (Fallos de la previa al inicio de cada primaria en la que al- mer Vocal, Segundo Vocal y Tercer Vocal, que

subsanaron las observaciones efectuadas en el Cámara Nacional Electoral Nº 291/73, 297/86, guna lista del partido presente precandidaturas hayan sido nominados para tales cargos en la

informe Actuarial de fs. 2146/2147.-

a cargos públicos electivos, designe al respon- lista ganadora de las elecciones internas.- 1751/94), y por ello, “..los vicios que puedan

existir en la citación quedan subsanados por sable económico-financiero de campaña de la

A fs. 2171 obra el nuevo informe Actuarial del la reunión de los congresales con quorum le- agrupación así como los representantes técni- Ahora bien, la parte final del art. 13° dispone

que se desprende que el texto ordenado de la gal suficiente...” (Fallos CNE Nº 1694/94). De cos y responsables tecnológicos del partido, que “El Presidente elegirá entre los vocales a

carta orgánica presentado se encontraba en modo tal, que si bien no se acreditó en autos titulares y alternos.-

quienes desempeñaran los cargos de Secre-

un todo de acuerdo con las modificaciones -de acuerdo a lo señalados por el Sr. Fiscal Fe-

tario Político, Tesorero y Pro-Tesorero”, resul-

tando de ello una contradicción con el citado introducidas por la Asamblea Provincial me- deral- el modo en que se convocó la reunión de El Sr. Fiscal Federal señaló además “que la car-

diante Acta de fecha 22 de Mayo de 2015 –fs. la Asamblea de Delegados del 22 de mayo de ta orgánica omite mencionar entre los precandi- art. 12; toda vez, que si el Tesorero debe ser

2046/2060- y que las observaciones realizadas 2015, el hecho que tal como se mencionara ut datos y candidatos a cargos públicos electivos nominado en tal cargo en la lista interna que se

en el informe actuarial de fs. 2146/2147 fueron supra concurrieran a la misma doce (12) de sus nacionales a los parlamentarios del Mercosur”, presenta en las elecciones internas, no puede

subsanadas.-

quince (15) miembros - superando ampliamente lo cual es exacto, ya de su articulado no se luego el mismo cargo ser cubierto a instancia

el quórum mínimo para sesionar-, torna irrele-

del Presidente entre los vocales electos. El par- desprende referencia alguna a dicha categoría

tido deberá modificar el art. 13° de modo tal de En virtud de ello, a fs. 2171 in fine se ordenó vante la omisión.

de cargos. No obstante ello, la incorporación

remitir las presentes actuaciones y el texto vi-

de los precandidatos y candidatos a parla- eliminar la contradicción señalada.-

gente de la carta orgánica del partido de autos Que, entrando al análisis del nuevo texto de la mentarios del Mercosur se introdujo a nuestra

al Ministerio Público Fiscal a los fines de que se carta orgánica y en tal sentido si el mismo se legislación con la Ley 26.571 (arts. 19; 21; 44 El art. 14° reconoce la facultad del Presidente

expidiera respecto de la modificación al estatu- adecúa a la legislación vigente –Ley 23.298, y 45), la cual además de ser de orden público del Consejo Directivo de crear la Mesa Ejecu-

to interno realizada por la Asamblea mediante

tiva de dicho órgano. Además, establece que sus modificatorias y Ley 26.215- así como si se (cfr. art. 106), expresamente establece que to-

Acta de fecha 22 de Mayo de 2015 y en tal ha adaptado a las modificaciones introducidas das las disposiciones contenidas en las cartas la mesa ejecutiva “podrá estar integrada por

sentido si la misma se adecuaba a la legislación por la Ley 26.571 -tal como se requiriera a fs. orgánicas de las agrupaciones políticas que se miembros del Consejo Directivo y afiliados al

vigente; obrando a fs. 2173/2175 el dictamen 967/968-, compartiendo lo dictaminado por opongan a dicha ley serán nulas (cfr. art. 109). partido”. Siendo el art. 14 la única disposición

emitido por el Sr. Fiscal Federal quien luego el Sr. Fiscal Federal, entiendo que las modifi- Como consecuencia de ello, se concluye que la de la carta orgánica que prevé la existencia

de realizar la compulsa del expediente sostuvo caciones operadas han consistido en adecuar

de la Mesa Ejecutiva del Consejo Directivo, no falta de previsión de la figura del precandidato y

que “previamente la agrupación de autos debe

puede dejar de señalarse que la escasa regla- el estatuto interno a los requerimientos for- candidato a parlamentarios del Mercosur en el

acreditar el cumplimiento de alguna de las mulados por el Tribunal, estableciendo que el estatuto interno, no excluye al partido de la obli- mentación de la misma obsta a su aplicación

modalidades de convocatoria de la Asamblea procedimiento y los requisitos para adquirir la gación de seleccionar a los mismos mediante y vigencia. Pues, fundamentalmente, omite de-

de Delegados y, en su caso, respecto a las mo- afiliación serán los establecidos en los arts. el procedimiento previsto en aquella ley. Cabe terminar en forma precisa la cantidad de miem-

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Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.533

bros que integran la Mesa Ejecutiva. Además, Además, se advierte que el art. 19° contiene un inc. d) que establece que la asamblea provincial 2015 -fs. 2046/2060- se aprobó el texto de la

no se establece el quórum con el que sesionará error de tipeo al decir “…como…”, cuando de la debe resolver las apelaciones a las sanciones Declaración de Principios y el correspondiente

y menos aún la mayoría o cantidad de votos lectura del mismo se entiende que quiso decir aplicadas a los afiliados por el tribunal de dis- a las Bases de Acción Política, además del nue-

necesaria para adoptar decisiones válidas -por “…cuando…”; por ello a fin de evitar confusio-

vo texto de la carta orgánica –cuyo control de ciplina. El artículo 63°, por otro lado, prescribe

más que las mismas sean ad-referéndum del nes en el futuro el mismo deberá ser corregido.- que las resoluciones de la junta electoral –salvo legalidad se efectúa mediante la presente-, to-

Consejo Directivo como lo prevé la parte final

las correspondientes a la elección interna de dos ellos adecuados a la nueva denominación

del art. 14° -. El partido deberá reglamentar en En el art. 24° se menciona quienes podrán par- renovación de mandatos- son apelables ante de la agrupación de autos. Sin embargo, res-

el estatuto interno los aspectos observados ticipar de las reuniones del Consejo Directivo la asamblea provincial. Sin embargo, en dichos pecto a los nuevos textos de la Declaración de

para que aquella disposición sea operativa.- con voz pero sin voto, y entre los mismos se artículos -como así tampoco en el resto del ar- Principios y las Bases de Acción Política no se

ha dispuesto aun el pertinente control de dichos incluye “el Delegado de la Juventud”. Sin em- ticulado de la carta orgánica-, no se hace men-

bargo, en la carta orgánica no se encuentra ción al plazo ni al organismo partidario ante el instrumentos partidarios actualmente vigentes,

El artículo 15° establece las funciones y debe-

previsto dicho cargo, y por lo tanto tampoco cual se deben interponer los referidos recurso del mismo modo que tampoco se expidió sobre

res del Consejo Directivo, previendo en su inci-

el modo en que se elige el mismo. El partido de apelación; por ello, a fin de evitar posibles dichas reformas el representante del Ministerio

so 9) “Llevar al día los libros de actas, inventario

deberá eliminar la referencia al Delegado de la confusiones en el futuro o interpretaciones di- Público Fiscal, lo que obstará a que me pronun-

y caja y la contabilidad del partido conforme

Juventud del art. 24°, o en su defecto estable- versas sobre la aplicación de las disposiciones cie en esta oportunidad con relación a ellos.

lo establecido en la legislación nacional”. El

Consecuentemente, se ordenará el control por cer el modo de elección -y las funciones- del analizadas, será conveniente que se establezca art. 67° fija las atribuciones de la Comisión de

mismo.-

con precisión los extremos apuntados.-

Secretaría de la Declaración de Principios y las

Contralor Patrimonial, y en su inc. c) determina

Bases de Acción Política aprobadas mediante

que corresponde a dicho organismo “Llevar

Por otra parte, debe señalarse que salvo en los Asimismo, el art. 59 establece que “El tribunal el Acta de la Asamblea de fecha 22 de mayo

Libro Diario, inventario y Balance, como así

artículos 23°, 24° y 26°, en los que se consignó de disciplina solo podrá aplicar sanciones por de 2015 -fs. 2046/2060-, cuyos textos orde-

también toda la documentación establecida en

nados obran a fs. 2163/2164 y fs. 2165/2168, correctamente la palabra consejo -al referirse al unanimidad a los miembros del Consejo Di- la legislación nacional relacionada a los contro-

respectivamente, con el texto de los referidos Consejo Directivo-, en el resto de los artículos rectivo. Para estos casos, si se aplicase una les patrimoniales y financieros de los partidos

del estatuto interno fue erróneamente escrito suspensión o expulsión, la sanción no quedará instrumentos partidarios actualmente vigente.-

políticos”. Se advierte que existe una superpo-

con la letra “C”: concejo. Sobre dichos térmi- firme hasta que sea ratificada por la Asamblea sición de facultades entre el Consejo Directivo

nos, la Real Academia Española en su Diccio- Provincial” (el subrayado me pertenece), sin Que, sin prejuicio de los dispuesto preceden- y la Comisión de Contralor Patrimonial, ya que

nario panhispánico de dudas (2005) sostiene brindar precisión sobre el procedimiento a temente, conforme lo dispuesto por el art. 63 a ambos organismos se les atribuye el deber de

de la ley 23.298, corresponde publicar por el que “consejo” procede del latín consilium y seguir a fin de que la Asamblea Provincial ra- llevar el libro de inventario y ocuparse de los as-

se refiere a un órgano consultivo y/o delibera- tifique -o no- la sanción disciplinaria aplicada término de un (1) día en el Boletín Oficial el texto pectos vinculados a la contabilidad del partido;

tivo y no debe confundirse con “concejo” que a un miembro del Consejo Directivo por parte ordenado de la Carta Orgánica, al igual que la razón por la cual el partido deberá compatibili-

se refiere a un ayuntamiento o corporación del Tribunal de Disciplina; lo que deberá ser presente.- zar las referida disposiciones (art. 15° inc. 9) y

municipal. Los miembros de un “consejo” son aclarado.- art. 67° inc. C) ).-

consejeros, mientras que los de un concejo,

En los términos del art. 6 inc. b) del Decreto

concejales. La expresión concejo municipal da, Dentro del TITULO IV: REGIMEN ELECTORAL, 937/2010 corresponderá asimismo comunicar

Además, el inciso 11 del art. 15° fija entre las aparentemente, una redundancia o pleonasmo el art. 71° prevé el órgano y plazo en el cual la presente a la Cámara Nacional Electoral, con

funciones y deberes del Consejo Directivo la (repetición innecesaria), pues el vocablo conce- debe ser convocada la elección interna de re- copia del texto de la Carta Orgánica partidaria,

de “Dar traslado al Tribunal de Disciplina de los jo lleva ya en su significado la idea de municipal. novación de autoridades, disponiendo además al igual que a la Dirección Nacional Electoral del

casos que pudiera corresponder la aplicación Se deberá corregir la palabra consejo en todos

Ministerio del Interior.- dicho artículo que en la convocatoria se deben

de sanciones, e imponer la misma previa al los casos en que se consignó concejo.-

indicar los cargos a elegir y que dicha convoca-

dictamen de dicho Tribunal…” (el subrayado me

toria debe publicarse en un diario de publica- Por todo ello, lo dispuesto en la legislación

pertenece). Es decir, que de la referida norma El artículo 30° titulado INCOMPATIBILIDADES, ción masiva de la provincia. Se respeta así, el vigente y conforme la jurisprudencia de aplica-

se desprende que el Consejo Directivo será se encuentra redactado de un modo que no criterio de la Excma. Cámara Nacional Electoral ción obligatoria de la Cámara Nacional Electoral

el órgano encargado de aplicar las sanciones se comprende cual es la incompatibilidad que que ha puesto de relieve -en el marco de los citada, así como lo dictaminado por el Sr. Fiscal

que correspondan como consecuencia de un se pretende establecer; motivo por el cual, el

Federal, corresponde y así; procesos electorales internos- la vigencia “[d]el

proceso disciplinario previo dictamen del Tribu- partido deberá readecuar el mismo para dotarlo principio de publicidad de los actos partidarios”

nal de Disciplina. No obstante, el art. 55° que de mayor claridad.-

(cf. Fallos CNE 643/84), que se proyecta sobre RESUELVO:

determina las competencias y funciones del

la “debida publicidad” de diversos actos pre-

Tribunal de Disciplina, establece que “El Tribu- En el art. 47° se establece que la no realización comiciales, así como también en la “publicidad I) Declarar la incompetencia del tribunal a los

nal de Disciplina es de carácter permanente y de sesiones de la Asamblea Provincial por un sobre las normas vigentes para la elección” (cf. efectos de considerar los artículos que obede-

entenderá en los casos […] que pueda generar período de 12 meses provocará la acefalía de Fallos CNE cit.), como un medio de asegurar el cen a la elección de candidatos a cargos pro-

la aplicación de sanciones a los afiliados […] dicho órgano, A su vez, prevé el modo en que derecho a “participar, con adecuadas garan- vinciales y/o municipales, o decisiones partida-

asegurará el derecho de defensa del imputado debe procederse en tal caso. En tal sentido, el tías, de todos aquellos que pretenden intervenir rias respecto a comicios en el orden provincial,

y dictará sentencia elevando las actuaciones al inc. a) determina que asume el presidente de la en la lid electoral” (cf. Fallos CNE cit.). En ese por no resultar de competencia de este tribunal

Concejo Directivo. Contra la sentencia que se Asamblea Provincial con todas las potestades orden de ideas, se ha explicado que “la publici- el control de legalidad sobre los mismos.

dicte, el interesado podrá interponer recurso de del mismo; mientras que el inc. b) establece dad es de la esencia del acto de convocatoria a

apelación por ante la asamblea provincial…” (el que si falta más de un año para el vencimiento elecciones” (cf. Fallos CNE 442/87), añadiéndo- II) Tener al nuevo texto de la carta orgánica del

destacado me pertenece). En el mismo senti- de los mandatos, el presidente debe convocar se que no es concebible que los destinatarios partido “PRO – PROPUESTA REPUBLICANA”

do que el art. 55°, el art. 48° inc. d) reconoce a una elección interna para reemplazar a los del proceso electoral, que han de ejercer en el de éste Distrito obrante a fs. 2148/2162, como

entre los deberes y facultades de la asamblea 15 miembros elegidos por el voto directo. Sin mismo su derecho de elegir sus autoridades in- adecuado a la ley 23.298, sus modificatorias y

provincial la de resolver las apelaciones a la embargo, éste último inciso del referido artícu- ternas -consagrado en la ley 23.298 (cf. artículo a las leyes 26.215 y 26.571, a excepción de los

sanciones aplicadas a los afiliados por el tribu- lo no aclara ni especifica de qué órgano es el 3º, inc. b y ccdtes.) -, no tengan una posibilidad artículos 10°; 11°; 13°; 14°; 15° incs. 9), 11) y 12);

nal de disciplina. En función de ello y a fin de presidente que debe convocar a la elección seria de tomar conocimiento de tal acto, que- 19°; 24°; 30°; 44°; 47° inc. b); 48° inc. d); 53°;

evitar posibles conflictos de atribución de com- para reemplazar a los miembros de la Asam- dando librado el acceso del mismo a alguna 54°; 55°; 59°; 61°; 63°; 65°; 66°; 67° inc. c); 71°;

petencia, el partido deberá eliminar del art. 15° blea Provincial en el supuesto de provocarse la circunstancia fortuita (cf. Fallos CNE cit.). Se 92° y 93°.-

inc. 11) la previsión de que el Consejo Directivo acefalía de la misma; circunstancia que deberá enfatizó, entonces, “la necesidad ineludible

tiene la facultad de imponer las sanciones dis- ser determinada expresamente por el partido.- de publicidad del acto eleccionario” (cf. Fallos III) Intimar al partido de autos a que en el térmi-

ciplinarias, o en su caso, compatibilizar ambas

CNE 507/87), aspecto reafirmado por la Corte no de treinta (30) días de su notificación, ade-

disposiciones.-

Por su parte, el art. 53° -ubicado dentro de la Suprema de Justicia de la Nación, que -en la cue el texto de la carta orgánica, estableciendo

SECCION III: ORGANISMOS DE CONTROL, misma causa- expresó que “en materia de fun- cuál es organismo partidario competente para

Por su parte, el inc. 12 del art. 15° reconoce CAPITULO I: TRIBUNAL DE DISCIPLINA- ex- cionamiento de los partidos políticos debe pri- que en forma previa al inicio de cada elección

entre las funciones y deberes del Consejo Di- presa: “MIEMBROS. DESIGNACION. Los mar la defensa y la transparente manifestación nacional primaria en la que presenten precan-

miembros del Tribunal de Disciplina serán 3 de voluntad de los afiliados, cuya preservación rectivo la de “Solicitar a la justicia electoral la

didaturas a cargos públicos electivos, designe

incumbe a los jueces” (cf. Fallos 311:1630). confección del padrón partidario o en su caso, titulares y 3 suplentes”. Omite establecer el

al responsable económico-financiero de cam-

supervisar sus confecciones por la junta elec- modo en que se designan sus miembros; lo que

paña de la agrupación así como los represen-

toral…”, mientras que el art. 74° establece que deberá ser subsanado por la agrupación. Igual Empero, hay otros aspectos que deben ser tantes técnicos y responsables tecnológicos

la afiliación partidaria permanecerá abierta, sin observación merece el art. 65° que –dentro del contemplados en la convocatoria y publicación del partido, titulares y alternos; corrigiendo la

perjuicio de que 90 días antes a la realización de CAPITULO III: COMISIÓN DE CONTRALOR de la misma que no se encuentran previstos en palabra consejo en todos los casos en que se

PATRIMONIAL- reza: “MIEMBROS. DESIGNA- el estatuto interno bajo análisis. Al respecto, elecciones internas “se producirá un cierre de

consignó concejo; estableciendo el sistema

padrones a los efectos de confeccionar el pa- CION. Los miembros de la Comisión de Contra- la Alzada destacó que en la publicación “[d]el de distribución de cargos que utilizará la junta

drón de afiliados en condiciones de votar en los lor Patrimonial serán 3 titulares y 3 suplentes”, edicto de convocatoria a elecciones, [deben electoral partidaria para integrar la lista definiti-

comicios internos”. Al respecto, el art. 28 de la omitiendo hacer referencia alguna al modo en estipularse] cargos a elegir, fecha y hora [de va de candidatos a parlamentarios del Merco-

ley 23.298 determina que “Los partidos podrán que se designarán sus integrantes; omisión que los] comicio[s], plazo de presentación de listas, sur -considerando el tribunal que en caso de

ajustándose a las disposiciones e instrucciones también requiere ser subsanada por el partido.- integrantes del [t]ribunal electoral y normas de falta de determinación se aplicará el sistema de

del juzgado, llevar bajo su responsabilidad el re-

la [c]arta orgánica pertinentes”, como prepon- representación proporcional denominado mé-

gistro de afiliados”, pudiendo la Justicia Federal A su vez, debe señalarse que el estatuto inter- derante para declarar la validez de ese acto (cf. todo D’Hont-; garantizando la representación

con competencia electoral, de oficio o a pedido no no prevé el modo en que se conformará la doctrina de Fallos CNE 541/88). En igual orden de la minorías en la integración de los órganos

de parte, fiscalizar el referido registro o padrón. Asamblea Provincial, lo que permitiría aventurar de ideas, se entendió “condicionada” la eficacia partidarios y en especial en la Asamblea Pro-

De modo tal, que la legislación vigente permite una interpretación acorde a la cual los cargos del proceso electoral interno a que se “prevea vincial; corregir el error de tipeo en los los ar-

que los partidos puedan llevar sus propios re- de dicho organismo corresponderán a la lista una efectiva publicidad (que sea cumplida en tículos 10° y 19; eliminar las disposiciones tran-

gistros de afiliados, tal como los establece el interna que obtenga la mayoría simple de los los hechos) de tal modo que los afiliados sepan sitorias previstas en los arts. 11°, 44°, 54°, 61°,

art. 15° inc. 12) del estatuto bajo análisis. Sin votos –como lo establece la parte final del art. que van a realizarse elecciones, fecha de las 66°, 92° y 93°; compatibilizar las disposiciones

embargo, los partidos carecen de la informa- 12° respecto al Consejo Directivo-, no garanti- mismas, cargos a elegir y término para la pre- de los arts. 12° con las del art. 13° en cuento

ción necesaria para poder tener actualizados zando de tal modo la representación de las mi- sentación de listas e impugnaciones” (cf. Fallos al modo de designar al Tesorero; reglamentar

sus registros (v.gr. las bajas de los ciudadanos norías, consagrada por el art. 38 de la Constitu- CNE 35/72). Por tal motivo, el partido deberá la cantidad de miembros de la Mesa Ejecutiva,

del registro por cambio de domicilio a otro dis- ción Nacional. Por tal motivo, el estatuto interno incorporar como requisitos para la validez de quórum y mayoría con la que se aprobarán las

trito, fallecimiento, inhabilitación, etc.), por lo deberá receptar dicha manda constitucional y la convocatoria, que la misma y su publicación, decisiones; compatibilizar las previsiones del

cual la agrupación de autos deberá incorporar garantizar la representación de las minorías en contengan las previsiones referidas en la juris- art. 15° inc. 9) con las del art. 67° en cuanto al

a su carta orgánica la previsión de que los pa- sus órganos partidarios.-

prudencia citada -fecha y hora de los comicios, órgano que llevará los libros contables, compa-

drones de afiliados que utilizará el partido para

plazo de presentación de listas e impugnacio- tibilizar el art. 11° inc. 15) con los arts. 55°, 48°

la elecciones de renovación de autoridades in- Tal como se señalara ut supra, el art. 55° deter- nes, integrantes del tribunal electoral y normas y 59° en cuanto a la procedimiento para aplicar

mina que contra la sentencia que dicte el tribu- de la carta orgánica pertinentes-.-

sanciones disciplinarias; incorporar la previsión ternas, u otras actividades afines, se elaborarán

en función del registro de afiliados que lleva el nal de disciplina, el interesado podrá interponer

de que los padrones de afiliados que utilizará

Juzgado Federal con competencia electoral del recurso de apelación por ante la asamblea Previo a finalizar, debe señalarse que mediante el partido para la elecciones de renovación de

distrito y no el propio.-

provincial; de modo concordante con el art. 48° el Acta de la Asamblea de fecha 22 de mayo de autoridades internas, u otras actividades afines,

29 Jueves 29 de diciembre de 2016

Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.533

se elaborarán en función del registro de afiliados

TITULO II, DE LOS AFILIADOS

los apoderados partidarios para realizar las 12. Solicitar a la justicia electoral la confección

que lleva el Juzgado Federal con competencia

correspondientes gestiones y presentaciones del padrón partidario o en su caso, supervisar

electoral del distrito y no el propio; reformular el ARTICULO 3°: MODOS DE AFILIACION: Las ante la justicia electoral nacional y provincial. sus confecciones por la junta electoral y con-

art. 24° en lo atinente a la figura del Delegado de modalidades de afiliación se determinan respe-

trolar que las mismas sean dadas a publicidad

la Juventud; aclarar a que incompatibilidades tando los requisitos que fije la justicia electoral. ARTICULO 11°: DURACION DEL MANDATO. y estén a disposición de los afiliados.

se refiere el art. 30°; determinar expresamente

Los miembros del Concejo Directivo elegidos

el presidente de qué órgano partidario es el que AFILIADOS: Son afiliados al partido todos los por los afiliados duraran en sus funciones 2 13. Convocar a elecciones internas conforme a

debe convocar a la elección para reemplazar a ciudadanos de ambos sexos, domiciliados en años. Transitoriamente y por única vez los las disposiciones de la presente Carta Orgáni-

los miembros de la Asamblea Provincial en el la provincia del Neuquén, que estando en ejer- miembros del Concejo Directivo serán los ca.

supuesto de provocarse la acefalía de la misma cicio de sus derechos políticos, sean admitidos constituidos en la Junta Ejecutiva del antiguo

(art. 47° inc. b) ); aclara el procedimiento a seguir por las autoridades competentes. La afiliación partido RECREAR PARA EL CRECIMIENTO con 14. Aprobar su propio reglamento y los de los

de acuerdo al art. 59°, para que la Asamblea está permanentemente abierta. Los requisitos vencimiento de sus respectivos mandatos el día organismos bajo su conducción.

Provincial ratifique la sanción el caso en que el y procedimientos de afiliación serán los confor- 10 de Octubre del 2012.

Tribunal de Disciplina aplique una suspensión o me los artículos 9 a 13 de la ley 26571.

15. Ejercer la iniciativa exclusiva en materia de

expulsión a los miembros del Consejo; estable-

ARTICULO 12° AUTORIDADES. Serán Presi- política electoral la que deberá ser sometida

cer el modo en que se designan los miembros ARTICULO 4°: MISION: Los afiliados ejercerán dente, Vice-Presidente, Secretario General, ad-referéndum a la Asamblea Provincial.

del Tribunal de Disciplina (art. 53°) y la Comisión el gobierno y la dirección del partido conforme Tesorero, Primer Vocal, Segundo Vocal y Tercer

de Contralor Patrimonial (art. 65°); establecer a lo establecido en esta Carta Orgánica y la Vocal del partido quienes hayan sido nomina- 16. Dictar el reglamento electoral del partido a

el plazo y organismo ante el cual interponer la Carta Orgánica nacional.

nivel provincial. En la medida en que las posi- dos para tales cargos en las listas ganadoras

apelación de la sanción disciplinaria; completar

de las elecciones internas.

bilidades técnicas y estructurales lo permitan

los requisitos de validez de la convocatoria a ARTICULO 5° DEBERES Y DERECHOS: El afi-

incluirá el voto electrónico.

elecciones internas de renovación de autorida- liado tiene los siguientes deberes y derechos, ARTICULO 13°: REEMPLAZO. DESIGNACION

des, conforme las observaciones efectuadas en a saber:

DE AUTORIDADES. En caso de que el presiden- 17. Realizar todos los actos y contratos necesa-

los considerandos.

rios para el cumplimiento de su misión y para el te se encontrase ejerciendo un cargo ejecutivo

a) debe contribuir a la realización de las activi-

funcionamiento de su partido. de gobierno, asumirá y automáticamente soli-

IV) Ordenar que por Secretaría se proceda al dades partidarias.-

citará licencia hasta que concluya su mandato

control del texto ordenado de la Declaración de

como funcionario público. El Presidente elegirá 18. Designar al apoderado titular y a los apo-

Principios y Bases de Acción Política –obrantes b) debe acatar y sostener a las resoluciones y entre los vocales a quienes desempeñaran los derados suplentes en su reunión constitutiva.

a fs. 2163/2164 y fs. 2165/2168, respectivamen- directivas partidarias.-

cargos de Secretario Político, Tesorero y Pro- Aceptar sus renuncias y/o licencias y nombrar

te- con dichos instrumentos partidarios apro-

a sus reemplazos. Tesorero.

bados por la Asamblea mediante acta de fecha c) puede peticionar ante las autoridades parti-

22 de mayo de 2016 -fs. 2046/2060-, así como darias

ARTICULO 14°: MESA EJECUTIVA. Es facultad 19. Convocar a sesiones ordinarias a la Asam-

con los textos actualmente vigentes.-

del Presidente crear la mesa ejecutiva del Con- blea y a sesiones extraordinarias en los siguien-

d) tiene derecho a elegir y ser elegido conforme

tes casos. 1) Cuando razones de urgencias lo cejo Directivo. La misma podrá estar integrada

V) Disponer la publicación en el Boletín Oficial a las prescripciones de esta Carta orgánica,

requieran. 2) Cuando la convocatoria le sea por miembros del Concejo Directivo y afiliados

su reglamentación y las de la ley orgánica de

solicitada por al menos la tercera parte de los de la Nación por el término de un (1) día el texto

al partido. Todas las decisiones que tome la

los partidos políticos solo los afiliados pueden de la Carta Orgánica, así como de la presente.-

mesa ejecutiva serán ad-referéndum del Con- asambleístas. 3) Cuando la decisión de reunirse

ocupar cargos partidarios.

cejo Directivo.

la haya tomado la propia Asamblea Provincial

VI) Regístrese y notifíquese. Firme que sea la

en sesión anterior.

e) tiene derecho a examinar el registro de afi- presente, comuníquese a la Dirección Nacio-

ARTICULO 15°: FUNCIONES Y DEBERES. Son

liación, solicitar y obtener certificación de la

20. Aceptar ad-referéndum de la Asamblea Pro- nal Electoral y a la Excma. Cámara Nacional

funciones y deberes del Concejo Directivo:

propia.

vincial las renuncias y licencias de los miem- Electoral en los términos del art. 6 inc. b) del

Decreto 937/2010.

bros de los organismos de control. 1. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del

f) debe informar a las autoridades partidarias Concejo Directivo y de la Asamblea Provincial,

cuando se halle incurso en cualquier causal de

21. Dictar el reglamento de la escuela de forma- Fdo. María Carolina Pandolfi - Juez Federal con

las disposiciones de la presente Carta Orgánica

pérdida de derechos electorales, o impedido de

ción de dirigentes políticos. competencia Electoral - Distrito Neuquén

y las reglamentaciones que en sus consecuen-

ser electo candidato cargos públicos.

cias se dicten.

ARTICULO 16°: SESIONES. El Concejo Directi- CARTA ORGANICA PARTIDO PRO-

g) Al asumir como autoridad partidaria, deberá

vo se reunirá en sesión ordinaria al menos una PROPUESTA REPUBLICANA

2. Conducir la acción partidaria en todo el terri-

registrar y mantener actualizada una direc-

vez cada dos meses en día y horas que se esta- torio provincial.

ción de correo electrónico ante el Secretario

blecerán en ocasión de su constitución.

DISTRITO NEUQUEN

del cuerpo que integra, ante el Secretario del

3. Ser agente natural de la Asamblea Provincial.

Concejo Directivo y ante el de la Asamblea.

ARTICULO 17°: SESION ORDINARIA. La rea-

TITULO I, DEL PARTIDO

Las citaciones y notificaciones enviadas a esa

lización de la sesión ordinaria, en día y horas

4. Constituir juntas promotoras partidarias en

dirección serán consideradas notificaciones

establecidos no necesita citación.

las diferentes circunscripciones electorales pro- ARTICULO 1°. OBJETO: La presente Carta fehacientes.

vinciales, pudiendo intervenir las mismas por Orgánica rige la organización y funcionamiento

ARTICULO 18°: CITACION. El día y la hora es-

del Partido PRO - Propuesta Republicana (dis-

un lapso que no exceda los 6 meses, fundado

ARTICULO 6°: PERDIDA DE AFILIACION: La afi-

tablecidos para sesiones ordinarias podrán ser

trito Neuquén) como una organización política

en violación de la Carta Orgánica, de las leyes

liación se pierde por las causales previstas en la

cambiados en cualquier sesión para el futuro.

y social de los ciudadanos de la provincia del

nacionales o de los principios y bases políticas

legislación nacional de partidos políticos o por

En este caso deberá informarse fehaciente-

fijadas por el Concejo Directivo. La intervención Neuquén. El partido se pone al servicio del sis- disposición fundada de la Asamblea Provincial.

mente a los miembros ausentes. Es deber del

deberá ser aprobada por la mitad más uno de tema democrático de gobierno, asumiendo la

Secretario General dicha notificación o quien lo

los miembros del Concejo Directivo. defensa de los derechos humanos, del medio ARTICULO 7°: CADUCIDAD DEL CARGO PAR-

reemplace en la sesión.

ambiente y sustenta su accionar en la participa- TIDARIO. La pérdida de la condición de afilia-

ción popular. Sus objetivos y programas están

5. Mantener las relaciones institucionales con do hace caer sin más trámite cualquier cargo

ARTICULO 19°: SESION EXTRAORDINARIA.

descritos en su Declaración de Principios y en

los poderes públicos del Estado y con los de- partidario que el ciudadano ocupase y genera,

El Concejo Directivo podrá reunirse en sesión

más partidos políticos e instituciones represen- las resoluciones de sus órganos partidarios. cuando existiere la asunción inmediata y auto-

extraordinaria como la importancia del asunto

Sus autoridades y las listas a cargos públicos

tativas de la comunidad. mática del suplente.

a considerar lo requiera, por citación del propio

se integrarán con representantes de todos los

Concejo, del Presidente, o a requerimiento, de

sectores de la sociedad, sin discriminación de

6. Dar directivas sobre la marcha, orientación y TITULO III. DE LOS ORGANISMOS

la mitad más uno de sus miembros.

ningún tipo e incorporando a todas aquellas

acción política y pública del partido, conforme PARTIDARIOS

expresiones y manifestaciones que no contra-

con el programa que dicte la Asamblea Provin- ARTICULO 20°: QUORUM. Para sesionar se

digan los principios enunciados en la presente

cial. ARTICULO 8°: ENUMERACION. Los organis-

requiere la presencia de más de la mitad de los

Carta Orgánica y su declaración de Principios. mos partidarios son:

miembros del Concejo Directivo.

7. Tener a su cargo todo lo relacionado con la

ARTICULO 2°. Principios: La organización del

capacitación, difusión y propaganda político a) La Asamblea Provincial

ARTICULO 21°: REGLAMENTO. El Concejo Di-

Partido se inspira en los siguientes principios:

partidaria.

rectivo podrá darse su propio reglamento que

b) El Concejo Directivo

requiera el funcionamiento del mismo. El regla-

a) La democracia como forma de participación,

8. Llevar registro de los organismos partidarios. mento y sus modificaciones serán aprobados

la corresponsabilidad de los militantes en la c) El Tribunal de Disciplina

por mayoría simple de los presentes.

vida del partido, el respeto a la libertad de con-

9. Llevar al día los libros de actas, inventario y

ciencia y de expresión. Se garantiza la libertad d) La Junta Electoral

caja y la contabilidad del partido conforme lo ARTICULO 22°: VIGENCIA DEL REGLAMENTO.

de discusión interna, tanto a cada afiliado indi-

establecido en la legislación nacional. Realizar El reglamento aprobado pasa a integrar la re-

vidualmente como a través de las diferentes co-

informes de actividades, memorias, balance y e) La Comisión de Control Patrimonial

glamentación del partido y sigue obligando a

rrientes de opinión, formadas por el conjunto de

presupuesto general de gastos y recursos ante los miembros de futuros Concejos Directivos.

afiliados que mantengan los mismos criterios y

SECCION I: DE LOS ORGANISMOS

los organismos que corresponda según lo esta-

opiniones, que podrán expresarse a través de

EJECUTIVOS

blecido en la legislación nacional.

ARTICULO 23°: CARACTER DE LAS SESIO-

los distintos ámbitos de organización y por los

NES. Las sesiones del Consejo Directivo son

cauces establecidos en esta Carta Orgánica.

10. organizar tareas de acción política, social, CAPITULO I: DEL CONCEJO DIRECTIVO

de carácter privado.

cultural y comunitaria, campaña de afiliación,

b) El cumplimiento de las decisiones adoptadas ARTICULO 9°: OBJETO. ASIENTO. El Concejo electorales, de recaudación de fondos, organi- ARTICULO 24°: PARTICIPANTES ACTIVOS.

por los órganos competentes del Partido.

Directivo es la máxima autoridad ejecutiva del zar la fiscalización de los comicios en las elec- Podrán participar de las reuniones del Consejo

partido y tendrá a su cargo la conducción y ad- ciones provinciales y nacionales.

Directivo, con voz pero sin voto, el presidente

c) La concepción provincial de la organización ministración del partido en el ámbito provincial.

de la Asamblea Provincial, el Delegado de la

en pos del proyecto nacional, y basada en la Tendrá su asiento en la Ciudad Capital de la 11. Dar traslado al Tribunal de Disciplina de los Juventud, y los presidentes de las juntas pro-

autonomía de sus órganos, dentro de las com- Provincia.

casos que pudiera corresponder la aplicación motoras. Y si fueran afiliados al partido el Go-

petencias que esta Carta Orgánica Les asigna.

de sanciones, e imponer la misma previa al dic- bernador y el Vicegobernador de la provincia,

Corresponde a los órganos que representan a ARTICULO 10°: COMPOSICION. El Concejo tamen de dicho Tribunal.

los diputados provinciales y los diputados y

la organización, dentro de la órbita de sus res- Directivo estará formado por 7 miembros titu-

senadores nacionales.

pectivas competencias, decidir y ejecutar las lares y 3 suplentes elegidos por los afiliados Dar curso a las apelaciones que se interpusie-

resoluciones que fijan la posición del partido, en elecciones internas directivas tomándose ren contra sus resoluciones para su tratamiento ARTICULO 25°: MAYORIAS. Las mociones se

poniéndolas en práctica con el apoyo y coope- como distrito único el de toda la provincia de en la Asamblea Provincial, y ejecutar las deci- aprueban por mayoría simple de los presentes,

ración de los militantes.

Neuquén. El Concejo Directivo designará el o siones finales al respecto.

salvo indicación en contrario de la Carta Or-

30 Jueves 29 de diciembre de 2016

Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.533

gánica o del reglamento. En caso de empate, las confeccionaran las respectivas juntas pro- serán elegidos por el voto secreto de los afilia- l) Aprobar la integración de confederaciones,

desempata quien se encuentre presidiendo la motoras, solicitando al Concejo Directivo y a la dos del partido de la provincia del Neuquén. la fusión con otros partidos y la extinción de la

sesión.

Asamblea Provincial la aprobación y promulga-

agrupación en el orden provincial con una ma-

ción de la misma.

ARTICULO 42°: SESIONES PÚBLICAS, USO yoría de los 2/3 de los presentes.

ARTICULO 26°: ACEFALIA. La no realización de

DE LA PALABRA. Las sesiones de la Asamblea

sesiones por un periodo de doce meses provo-

CAPITULO IV: DEL PRESIDENTE

Provincial serán publicas pero solo podrán ha- m) Hacer uso de toda otra atribución que le fije

cara la inmediata acefalia del Consejo Directivo.

DEL CONCEJO DIRECTIVO

cer uso de la palabra sus miembros y quienes la Carta Orgánica.

Ante la acefalia debe procederse de la siguiente

la Asamblea Provincial autorice expresamente.

manera:

ARTICULO 34°. REPRESENTACION LEGAL Y A petición de un asambleísta la sesión podrá ARTICULO 49°. REUNIONES. La Asamblea

POLITICA. El Presidente del Concejo Directivo transformarse en solo publica para afiliados y Provincial deberá reunirse por lo menos una vez

a) Asume el Presidente del Concejo Directivo es el representante legal y político del partido. autoridades, o en privada para asambleístas por año en la fecha que a tal fin se establezca.

todas las potestades del mismo.

con el voto de la mayoría de los presentes.

ARTICULO 35°. DEBERES Y FUNCIONES. Son

ARTICULO 50°. MAYORIAS. Salvo en los casos

b) Si falta más de un año para el vencimiento deberes y funciones del Presidente:

ARTICULO 43°. CANTIDAD DE ASAMBLEIS- de las mayorías especiales que se establecen

de los mandatos, el presidente debe convocar a

TAS. La Asamblea Provincial contara con en esta Carta Orgánica, las resoluciones de la

una elección interna para reemplazar a los siete a) Todas las que corresponden a los miembros 15 miembros titulares y con 3 suplentes. La Asamblea Provincial se adoptarán por simple

miembros elegidos por el voto directo.

titulares del Concejo Directivo.

Asamblea Provincial designará el Presidente, mayoría de votos de los miembros presentes en

Vice-Presidente, Secretario y Pro-Secretario la sesión. En caso de empate, el Presidente de

CAPITULO II. DE LOS MIEMBROS ELECTOS b) Representar al partido.

por votación de sus miembros al momento de la Asamblea desempatará.

DIRECTAMENTE POR LOS AFILIADOS

constituirse la misma.

c) Designar al Director de la escuela de forma-

ARTICULO 51°. REVISION DE RESOLUCIO-

ARTICULO 27°. DEBERES Y FUNCIONES. Son ción de dirigentes, y crear y designar comisio- ARTICULO 44°. DURACION DEL MANDATO. NES. La Asamblea Provincial no podrá rever

deberes y funciones de los vocales:

nes de trabajo para el mejor funcionamiento Los miembros de la Asamblea Provincial elegi- las resoluciones tomadas por la misma en un

partidario separándolas por temática.

dos por los afiliados duraran en sus funciones plazo menor a un año, salvo que la revisión se

a) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del

2 años. Transitoriamente y por única vez los establezca por el voto de 2/3 de los presentes.

Concejo Directivo y de la Asamblea Provincial, d) Toda otra función que esta Carta Orgánica miembros de la Asamblea Provincial serán los

las disposiciones de la presente Carta Orgánica le otorga.

constituidos en la Asamblea de Delegados ARTICULO 52°. RENUNCIA DE MIEMBROS.

y las reglamentaciones que en su consecuencia

del antiguo partido RECREAR PARA EL CRE- La Asamblea Provincial aprobará la renuncia

se dicten.

CAPITULO V: DEL VICE-PRESIDENTE CIMIENTO. Con vencimiento de sus respecti- de sus miembros que estuviesen fundadas en

DEL CONCEJO DIRECTIVO

vos mandatos el día 10 de Octubre del 2012. causales de incompatibilidad o renuncia a la

b) Trabajar en post de las propuestas partida-

afiliación partidaria y convocara al suplente res-

rias.

ARTICULO 36°. SUPLENCIAS. El Vice-Presidente ARTICULO 45°. PRESIDENCIA DE LA SESION. pectivo para que ocupe el lugar del renunciante.

es el suplente natural del Presidente en el orden Reunido los asambleístas y una vez que hu-

c) Concurrir a las sesiones del Concejo Directi- que establece su jerarquía. En el caso de licencia, biese quórum, presidirá la sesión el Presidente SECCION III: ORGANISMO DE CONTROL

vo con voz y voto.

renuncia, fallecimiento, inhabilidad o remoción designado por la Asamblea quien tomará la lista

del presidente, será reemplazado por el Vice- de los presentes.

CAPITULO I: TRIBUNAL DE DISCIPLINA

d) Aceptar delegaciones de tareas o misiones Presidente con todos sus deberes y funciones.

ARTICULO 46°. QUORUM. La Asamblea Pro- que les encomiende el Concejo Directivo.

ARTICULO 53°. MIEMBROS. DESIGNACION.

ARTICULO 37°. DEBERES Y FUNCIONES. Son vincial sesionará con la mitad más uno de sus Los miembros del Tribunal de Disciplina serán

ARTICULO 28°. LICENCIAS. Los miembros del deberes y funciones del Vice-Presidente todas miembros.

3 titulares y 3 suplentes.

Concejo Directivo podrán pedir licencias de- las que corresponden a los miembros titulares

biendo cumplir con las siguientes condiciones: del Concejo Directivo y toda otra función que ARTICULO 47°. ACEFALIA. La no realización de ARTICULO 54°. DURACION DEL MANDATO.

esta Carta Orgánica le otorgue.

sesiones por un periodo de 12 meses provocara Los miembros del Tribunal de Disciplina dura-

a) Las licencias deberán ser aprobadas por el

la inmediata acefalía de la Asamblea Provincial. rán en sus funciones 4 años. Transitoriamente

Concejo Directivo.

CAPITULO VI: DEL SECRETARIO GENERAL Ante la acefalía debe procederse de la siguiente y por única vez los miembros del Tribunal de

manera:

Disciplina serán los constituidos del antiguo

b) Las licencias deberán tener fecha de inicio y ARTICULO 38°. DEBERES Y FUNCIONES. Son

partido RECREAR PARA EL CRECIMIENTO.

de finalización.

deberes y funciones del Secretario General: a) Asume el presidente de la Asamblea Provin- Con vencimiento de sus respectivos mandatos

cial con todas las potestades del mismo.

el día 10 de Octubre del 2012.

c) El miembro que solicite una licencia continua a) Todas las que corresponden a los miembros

en su cargo con todos sus deberes y funciones titulares del Concejo Directivo.

b) Si falta más de un año para el vencimiento ARTICULO 55°. COMPETENCIA Y FUNCIO-

hasta tanto el pedido sea aprobado por el Con-

de los mandatos, el presidente debe convocar NES. El Tribunal de Disciplina es de carácter

cejo Directivo.

b) Preparar el orden del Día para las reuniones del a una elección interna para reemplazar a los 15 permanente y entenderá en los casos indi-

Concejo Directivo y la citación a sus miembros. miembros elegidos por el voto directo.

viduales o colectivos que se susciten por

ARTICULO 29°. SUPLENTES. Al momento de

inconducta, indisciplina o violación de los

la elección interna se elegirán 3 suplentes para c) Llevar las actas de sesiones del Concejo Di- ARTICULO 48°. DEBERES Y FACULTADES. Son principios y resoluciones de los organismos

el Concejo Directivo. Los suplentes son los rectivo.

deberes y facultades de la Asamblea Provincial, que puedan generar la aplicación de sanciones

reemplazantes naturales de los miembros titu-

a los afiliados. Substanciará las causas por el

lares de la lista que integraron conjuntamente d) Informar al Concejo Directivo de la institucio- a) Designar a las autoridades de la Asamblea. procedimiento escrito que reglamente, el que

en la elección interna. Producida vacantes por nalización de las juntas promotoras.

asegurará derecho de defensa del imputado y

licencias u otras causas, el secretario general

b) Aprobar su propio reglamento, pudiendo dictará sentencia elevando las actuaciones al

invita a asumir al primer suplente de la lista co- e) Toda otra función que esta Carta Orgánica disponer la creación de comisiones que con- Concejo Directivo. Contra la sentencia que se

rrespondiente que no esté en ejercicio y así su- le otorgue.

sidere pertinentes por el periodo que dure su dicte, el interesado podrá interponer recursos

cesivamente. Al reintegrarse un miembro titular,

mandato.

de apelación por ante la asamblea provincial, la

finaliza la suplencia.

CAPITULO VII: DEL TESORERO

que podrá confirmar o rechazar la misma.

c) Aceptar o rechazar las renuncias y licencias

ARTICULO 30°. INCOMPATIBILIDADES. Existe ARTICULO 39°: DEBERES Y FUNCIONES. Son de sus miembros.

ARTICULO 56°. CODIGO DE ETICA. El tribunal

incompatibilidad entre los cargos de miembros deberes y funciones del Tesorero:

de disciplina dictará el Código de Ética Parti-

elegidos directamente por los afiliados, entre

d) Considerar y resolver las apelaciones a las daria.

los miembros del Concejo Directivo y los de a) Todas las que corresponden a los miembros sanciones aplicadas a los afiliados por el tribu-

otros órganos partidarios.

titulares del Concejo Directivo.

nal de disciplina, debiendo incluir obligatoria- ARTICULO 57°. SANCIONES. El Tribunal de

mente su tratamiento en el Orden del Día.

Disciplina podrá imponer las siguientes sancio-

ARTICULO 31°. INFORMACION A LA ASAM- b) Llevar una contabilidad detallada de todo

nes: amonestación, suspensión y/o expulsión.

BLEA Y A LA JUNTA ELECTORAL. Los reem- ingreso y egreso de fondos con su documenta- e) Recibir y requerir informes que se estimen

plazos, licencias y cambios que se produzcan ción respaldatoria.

necesarios de los demás organismos partida- ARTICULO 58°. RESOLUCIONES. Las resolu-

deberán ser informados a la mesa de la Asam-

rios, de los afiliados que desempeñen cargos ciones del Tribunal de Disciplina son tomadas

blea Provincial y a la Junta Electoral. Si el presi- c) Elevar oportunamente a los organismos de electivos y de los afiliados en general, y pronun- por simple mayoría.

dente de la Asamblea Provincial participa de la control la información requerida por la Ley 26.215. ciarse al respecto.

sesión del Concejo Directivo se da por notifica-

ARTICULO 59°. CASOS ESPECIALES. El tribu-

da la mesa de la Asamblea Provincial.

d) Toda otra función que esta Carta Orgánica f) Sancionar el programa de acción política y nal de disciplina solo podrá aplicar sanciones

le otorgua.

plataforma electoral provincial.

por unanimidad a los miembros del Concejo

CAPITULO III: DE LOS PRESIDENTES

Directivo. Para estos casos, si se aplicase una

DE JUNTAS PROMOTORAS.

CAPITULO VIII: DE LOS VOCALES

g) Aprobar las iniciativas en materia política suspensión o expulsión, la sanción no quedara

electoral, alianzas, frentes, abstenciones, etcé- firme hasta que sea ratificada por la Asamblea

ARTICULO 32°. FACULTADES. El presidente ARTICULO 40°. DEBERES Y FUNCIONES. Son tera, que les sean propuestas por el Concejo Provincial.

de Juntas Promotoras de una circunscripción deberes y funciones de los Vocales Titulares: Directivo, por el voto afirmativo por la mitad

electoral provincial que haya sido autorizado

más uno de los presentes.

CAPITULO II. JUNTA ELECTORAL

por el Concejo Directivo para iniciar afiliacio- a) Todas las que corresponden a los miembros

nes, puede participar de las sesiones del Con- titulares del Concejo Directivo.

h) Considerar la memoria, el balance, y el presu- ARTICULO 60°. MIEMBROS. DESIGNACION.

cejo Directivo provincial con voz pero sin voto.

puesto general de recursos y gastos confeccio- Los miembros de la junta Electoral serán 3

b) Asistir al resto de los miembros del Concejo nado por el organismo partidario competente. titulares y 3 suplentes que serán designados

ARTICULO 33°. DEBERES DE PRESIDENTE DE Directivo a fin de lograr un buen funcionamiento

por la Asamblea Provincial. Para las elecciones

JUNTAS PROMOTORAS. Son deberes de los del mismo.

i) Interpelar al Concejo Directivo y/o algunos de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias

presidentes de juntas promotoras:

sus miembros cuando lo considere necesario se completara con un representante de cada

SECCION II: ORGANISMO RESOLUTIVO con la aprobación de la mayoría absoluta de los lista oficializada, según lo establecido en los

a) Mantener al Concejo Directivo provincial in-

miembros presentes.

artículos 25 al 30 de la Ley 26.571.

formado sobre la realidad política y partidaria CAPITULO ÚNICO: ASAMBLEA PROVINCIAL

de la circunscripción.

j) Ejercer la supervisión general del partido y ARTICULO 61°. DURACION DEL MANDATO.

ARTICULO 41°. FUNCION, DURACION Y sus organismos.

Los miembros de la Junta Electoral durarán

b) Procurar la confección de listas para cargos ELECCION DE SUS MIEMBROS. La Asamblea

en sus funciones 4 años. Transitoriamente y

electivos a realizarse en su localidad siguien- Provincial es la máxima autoridad del partido k) Modificar la presente Carta Orgánica con el por única vez los miembros de la Junta Elec-

do los lineamientos partidarios provinciales y y representa la soberanía de los afiliados. Sus voto favorable de las 2/3 partes de los miembros toral serán los constituidos del antiguo partido

nacionales. Las listas de candidaturas locales miembros durarán 2 años en sus funciones y presentes en sesión convocada a tal efecto. RECREAR PARA EL CRECIMIENTO con ven-

31 Jueves 29 de diciembre de 2016

Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.533

cimiento de sus respectivos mandatos el día 10 ARTICULO 72°. DISTRITO UNICO. A los efectos de la ciudad o pueblo correspondiente en el

TITULO VII: TRANSITORIAS

de Octubre del 2012.

de la elección de los miembros de los órganos caso de Intendente.

de Gobierno, se considerara a toda la provincia

ARTICULO 92°. EJERCICIOS DE FUNCIONES.

ARTICULO 62°. COMPETENCIA Y FUNCIO- como distrito único.

ARTICULO 85°. ELECCION DE DIPUTADOS Atento a haberse producido la fusión a nivel

NES. La Junta Electoral tendrá a su cargo todas

PROVINCIALES. La lista de diputados provin- nacional de los partidos RECREAR PARA EL

las tareas que sus relaciones con los actos ARTICULO 73°. VOTOS COMPUTABLES. El ciales se elegirá por lista completa, votando CRECIMIENTO y PROPUESTA REPUBLICANA,

electorales internos, y la proclamación de can- total de votos a tomar en cuenta para las elec- todos los afiliados del partido de la provincia. y atento a que en la provincia del Neuquén se

didatos para cargos electivos, con acuerdo de ciones internas será sobre los votos emitidos, En caso de existir más de una lista, su compo- encontraba constituido como partido nacional

la Asamblea Provincial, a saber:

sición se determinara aplicando el sistema D’ considerándose tales los votos positivos más

de distrito RECREAR PARA EL CRECIMIENTO,

los votos en blanco, pero no así los votos nulos. Hondt de representatividad, procurándose la sus autoridades oportunamente constituidas,

a) Trámites de afiliación.

representación geográfica y demográfica más con la salvedad de la modificación de los nom-

ARTICULO 74°. AFILIACION PARTIDARIA. La equitativa.

bres de los órganos partidarios fijados por esta

b) Dirección y control de todo acto eleccionario.

Carta Orgánica, continuarán en el ejercicio de afiliación partidaria está permanentemente

ARTICULO 86°. ELECCION DE SENADORES NA- abierta, sin perjuicio de lo cual, 90 días antes

sus mandatos con todas las facultades esta-

c) Ordenamiento, clasificación y distribución de de la realización de elecciones internas, se pro- CIONALES Y DIPUTADOS NACIONALES POR blecidas por la presente Carta Orgánica hasta

padrones.

ducirá un cierre de padrones a los efectos de SISTEMA DE PRIMARIAS ABIERTAS, SIMULTA- la fecha de finalización de los mismos a pro-

confeccionar el padrón de afiliados en condi- NEAS Y OBLIGATORIAS (Art. 14 ley 25571). Los ducirse el 10 de Octubre del 2012, procurando

d) Organización de Comicios.

ciones de votar en los comicios internos.

Senadores Nacionales y Diputados Nacionales la creación de una mesa provincial que permita

serán elegidos según lo establecido en los artícu- la participación de los nuevos sectores que se

e) Aprobación de Elecciones.

los 18 a 46 de la ley 26571. Las listas definitivas SECCION II: PROCESO ELECTORAL

integren al partido PRO-PROPUESTA REPU-

de diputados nacionales se integraran, el primer BLICANA distrito Neuquén y promoviendo la

f) Proclamación de candidatos.

titular por la lista ganadora, el segundo titular creación de juntas promotoras en las diferentes CAPITULO I: PROCEDIMIENTO ELECTORAL

por la lista que le siga en cantidad de número de localidades en la provincia del Neuquén.

g) Toda otra atribución que esta Carta Orgánica

votos, intercalandose tales proporciones hasta ARTICULO 75°. REGLAMENTO ELECTORAL.

establezca.

completar los cupos. Podran ser candidatos El Concejo Directivo aprobará un reglamento

ARTICULO 93°. PRIMER ELECCION INTERNA.

todos aquellos que cumplan con los requisitos En la primera elección interna partidaria a rea- electoral sujeto a lo establecido en la presente

ARTICULO 63°. RECURSOS. Las resoluciones

establecidos en la Constitución Nacional, la ley lizarse con posterioridad al vencimiento de los Carta Orgánica.

de la Junta Electoral son apelables ante la

23298, la ley 26571 y sus modificatorias. Los ex- mandatos vigentes, no será exigible el requisito

Asamblea Provincial, excepto si se tratase la

trapartidarios podran ser candidatos hasta en un de antigüedad en la afiliación para votar o ser ARTICULO 76°. AUTORIDAD DE APLICACIÓN.

elección interna provincial de renovación de

30% de los cargos. En caso de renuncia, incapa-

La Junta Electoral será la autoridad de aplica-

elegido autoridad.

mandatos.

cidad o muerte se sustituira por el que sigue en la

ción del reglamento electoral dispuesto.

lista previa a la conformacion de la lista definitiva.

e. 29/12/2016 N° 99848/16 v. 29/12/2016 ARTICULO 64° IMPEDIMENTOS. Los miembros

ARTICULO 77°. IMPUGNACIONES. Las im-