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N° 101010/16 Aviso del Boletín Oficial

PAB S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 2 de enero de 2017

Texto del aviso

PAB S.R.L.

Escritura 251 del 22/12/2016, Registro 234. Se

aceptaron renuncias como Gerentes Titulares

de Verónica Beatríz D’Amato y Matías Mosee,

se removió del cargo de gerente suplente a

María Eugenia López Landivar, se designó

Gerente Suplente a Fernando Lorenzo Díaz

Baylon quien aceptó el cargo por tiempo in-

determinado y constituyó domicilio en la sede

social de Llavallol 4051, CABA. Asimismo se

reformó Clausula Quinta del Estatuto Social,

conforme a lo siguiente: “QUINTA: La admi-

nistración de la sociedad estará a cargo del

número de gerentes que designen los socios,

entre un mínimo de (1) gerente y un máximo

de tres (3) gerentes, socios o no, con man-

dato por tres (3) ejercicios, siendo reelegi-

bles. En el supuesto de designarse Gerentes

suplentes, estos deben ser al menos dos.

Para realizar cualquier acto de adquisición o

disposición de bienes registrables, muebles

o inmuebles, y de acciones, cuotas o partici-

paciones sociales y cualquier otro título valor

representativo de capital social o equivalente

de sociedades que no coticen en bolsa, el o

los Gerentes deben convocar previamente

una reunión de socios a tal efecto que deberá

aprobar la adquisición o disposición por una-

nimidad designando en la misma reunión de

socios a el o los gerentes autorizados a reali-

zar el acto que se está aprobando. Para todos

los actos de mera administración, para los

actos de disposición de bienes no registra-

bles o bienes no comprendidos en los antes

enunciados o para los actos de adquisición y

venta de valores mobiliarios que coticen en la

Bolsa de Comercio, la presentación y el uso

Segunda

de la firma legal estará a cargo de cualquiera

de los gerentes designados actuando en for-

ma individual e indistinta. Cualquiera de los

gerentes designados actuando en forma indi-

vidual podrá otorgar poderes especiales para

actuar judicial o extrajudicialmente a favor de

una o más personas. Por sus funciones, los

Gerentes deberán constituir a favor de la So-

ciedad una Garantía en los términos de la Re-

solución 7/2015 de la Inspección General de

Justicia (o aquellas normas que en el futuro la

modifiquen y/lo complementen), optando por

cualquiera de las alternativas allí previstas.”

Autorizada según instrumento público Esc.

Nº 251 de fecha 22/12/2016 Reg. Nº 234

María de las Mercedes Terradas - T°: 47 F°: 337

C.P.A.C.F.

e. 02/01/2017 N° 101010/16 v. 02/01/2017