N° 17/17 Aviso del Boletín Oficial
reconocimiento provisorio de personería jurí- Distrito de Río Negro, denominada “PARTIDO la obligación de participar en las funciones del PARTIDO FE
Texto del aviso
reconocimiento provisorio de personería jurí- Distrito de Río Negro, denominada “PARTIDO la obligación de participar en las funciones del PARTIDO FE
dica política en este distrito de Río Negro y la FE”, ha reunido los requisitos exigidos por el mismo partido en gestación. Ello en virtud de
fecha en que ha sido adoptada la denominación
que los titulares que firman la adhesión pue- Distrito Río Negro
art. 7 incs. a), b), c), d), e) y f) de la ley 23298
“PARTIDO FE” a los fines de la oposición que y sus modificatorias en virtud de haber acom- den afiliarse o no al nuevo partido durante el
El Juzgado Federal con competencia electoral pudiere formular otro partido nacional o de dis- pañado en legal forma el Acta Fundacional proceso de afiliación por cuanto para ejercer
de Río Negro, hace saber en los autos caratu- trito.
Partidaria, el nombre adoptado por la Asam- ese derecho, deben llenar la respectiva ficha
lados: “PARTIDO FE s/RECONOCIMIENTO DE
blea de Fundación y Constitución, Bases de como acto voluntario del consentimiento y,
PARTIDO DE DISTRITO” expediente N° CNE Que a fs. 31/45 y 80 obran agregadas, debi- Acción Política, Carta Orgánica y Declaración una vez decidida su admisión por las autorida-
2792/2014, que al partido citado se le con- damente diligenciadas, las cédulas de noti-
des partidarias, recién adquieren el estado de de Principios, adecuadas a los principios
cedió la personalidad jurídico política provi- ficación ordenadas librar y a fs. 77/79 incor- contenidos en el art. 3 inc. b) de la ley de la afiliados y sus derechos asociacionales (Conf.
soria mediante la Resolución N° 32 de fecha poradas las publicaciones dispuestas en el materia, designación de las Autoridades Pro- Fallos CNE 257/85, 593/88, 2146/96 y 3374/04
31/08/2015, que por el presente se publica por Boletín Oficial de la Nación (Ejemplares Nºs motoras, domicilio partidario, de apoderados y entre otros).
el término de un (1) día en el Boletín Oficial de 32.945, 32946 y 32947) y se puso, vía DEO, finalmente planillas de adhesiones suficientes
la Nación.
en conocimiento de las Secretarías Electo- que se encuentran glosadas al cuerpo de do- Que en ese entendimiento y en razón de que la
rales del país el inicio del trámite tendiente a cumentación que corre agregado por cuerda a ley en su art. 3 inc. a) requiere como condición
Secretaría Electoral Nacional, 21 de diciembre la obtención de la personería jurídico-política estas actuaciones.
sustancial para la existencia de las agrupa-
de 2016.
provisoria del partido de autos en este distrito
ciones políticas “…un grupo de ciudadanos
Fdo. Dra. María Silvina Gutiérrez - Prosecretaria de Río Negro (ver fs. 47/69).
Que a este último respecto, ello es así en tanto unidos por un vínculo permanente…” y que los
Electoral Nacional.
el total de adhesiones presentadas por la agru- adherentes, como se advierte, no se encuen-
Que en el mentado despacho de fs. 133 se
tran ligados por uno de tal carácter, recuerdo pación política peticionante de reconocimiento
Viedma, 31 de agosto de 2015.
dispuso librar oficio a la Secretaría de Actua- provisorio, en aras al cumplimiento del mínimo que la ley presupone la necesidad de que el
ción Judicial de la Cámara Nacional Electoral exigido por el art. 7 inc. a) mencionado res- partido cuente con un mínimo de afiliados
AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones remitiendo, en ampliación a la información pecto del total de electores del Distrito, fueron para que, de acuerdo a lo establecido en su
caratuladas: “PARTIDO FE s/RECONOCIMIENTO adjuntada con el Oficio Nº 299 S.E (fs. 46), debidamente compulsadas con el Registro de art. 7 bis inc. b), pueda convocar válidamente
DE PERSONALIDAD JURÍDICO POLÍTICA” que fotocopias certificadas de la providencia y Electores y verificadas en cuanto a su cantidad a sus primeras elecciones internas -exigencia
tramitan por el Expte. N° CNE “2792”, año 2014 y, de la documentación de fs. 81/94 y además,
de cumplimiento ineludible para mantener y forma, resultando válidas 2007 (dos mil siete),
teniéndose presente que de los últimos re- con acatamiento del recaudo legal previsto por vigente la personalidad jurídica política de la
RESULTA:
portes arrojados por el Registro Nacional de el art. 61 de la ley referida, habiéndose así cum- agrupación de que se trate-. Todo ello en or-
Agrupaciones Políticas surge que el PARTIDO plido también con la acreditación de un número den a la jurisprudencia sentada por la Cámara
Que a fs. 11 se presenta el Dr. José Adrián Li- FE cuenta con personería política vigente en de adhesiones sobre el padrón electoral de Río Nacional Electoral en los Fallos Nros. 694/89,
guen en el carácter de apoderado del PARTIDO diez Distritos Electorales y atento que no se Negro superior al mínimo del 40% exigido, con- 459/89, 872/90, 1454/92, 1520/93, 2143/96
FE -en formación-, conforme da cuenta el Acta encuentra registrado en trámite su recono-
entre otros y mantenida por ese Superior en forme certifica la actuaria a fs. 261.
Fundacional de fecha 18-10-2013 a solicitar cimiento como partido nacional, se solicitó
Fallos 3787/07, 3776/08 y 4554/08 cuya doc-
el reconocimiento de la personalidad jurídica que se informe cuál resulta ser el Distrito de Que asimismo se han efectuado las notificacio- trina ha sido confirmada por la Corte Suprema
política provisoria de dicha agrupación en este fundación, a los efectos del eventual encuadre nes y publicaciones dispuestas por los arts. 14 de Justicia de la Nación a partir de diversos
Distrito de Río Negro bajo las prescripciones y aplicación que en las presentes actuaciones y 38 de la mentada Ley de Partidos Políticos precedentes (Fallos 206:4235 y 4239, 207:4825
de la Ley 23298 de aplicación y sus modifica- pudiere corresponder de lo establecido en el
y 6102 y 312:1614). y por la Acordada Nº 81/90 en el marco de lo
torias. A fs. 28 se le requiere, a los fines de la art. 8 de la Ley 23298.
establecido por la Acordada 60/08, ambas de
acreditación de la autenticidad de los docu-
la Cámara Nacional Electoral, como igualmente Que a su vez, cabe recordar que el requisito
mentos glosados a fs. 4/10, que acompañe un Que a fs. 174 obra agregado el Oficio Nº 1537 se ha celebrado la audiencia prevista en el art. de permanencia del vínculo aglutinante de los
nuevo ejemplar del Acta de Fundación y Cons- de la Secretaría de Actuación Judicial de la 62 de la ley de aplicación sin que en ese com- ciudadanos que componen un partido políti-
titución de la agrupación política de autos que Cámara Nacional Electoral informando que parendo se realizasen observaciones sobre el co, sólo adquiere relevancia en el marco de la
se encuentre debidamente ligado (bajo firmas por resolución de la Sra. Juez Federal con cumplimiento de las condiciones o requisitos Ley Orgánica de Partidos Políticos a partir del
certificadas de los miembros fundadores) con competencia electoral de Capital Federal de exigidos por la ley.
reconocimiento de su personalidad jurídico po-
la Declaración de Principios, Bases de Acción fecha 6-02-2015, se le ha otorgado al parti-
lítica, esto es desde la resolución judicial que
Política y Carta Orgánica sancionadas (art. 61 do de autos la inscripción de la personalidad Que tengo que de lo hasta aquí referenciado, lo faculta para desarrollar una actividad en el
de la ley 23298).
jurídico-política de orden nacional y que por surge el cumplimiento por parte de la agru- ámbito del derecho político, participando en las
resolución de fecha 12-03-2015 el citado Su-
elecciones que le correspondan y cumpliendo pación interesada de los mínimos recaudos
Que a fs. 133 se tiene por presentado en el ca- perior otorgó a la agrupación nacional “PAR- formales intrínsecos requeridos a los fines así plenamente con la finalidad que inspira su
instrumen- rácter de apoderado del partido de autos en for- TIDO FE” el Nº 77.
del peticionado reconocimiento provisorio de creación, en tanto representan los
mación a Héctor Muñoz designado apoderado
personería jurídico política en Río Negro, por tos que hacen posible la participación en los
por el Acta Nº 1 referenciada en el párrafo que Que a fs. 261 se produce informe de Secretaría lo que ahora cabe establecer que resulta im- asuntos públicos, cumpliendo con un rol de
precede, obrante a fs. 1/3 y 81/83 y respecto del dando cuenta de que, realizado el recuento, prescindible para la vida de un partido político incuestionable importancia, pues constituyen la
Dr. Liguen se estuvo a su presentación inicial control y verificación con el Subregistro de
“forma” que tienen los individuos para dar tras- la existencia de un número mínimo de afiliados.
en ese carácter, despachada a las citadas fojas
cendencia a su sufragio y grandeza a su calidad Electores del Distrito del total de adhesiones Consecuentemente en ese marco, luego de
de partícipes de la vida política –Cf. Fayt Carlos 28. Asimismo se tuvo presente que ambos son presentadas en el transcurso del trámite, la reconocida la personalidad política jurídica en
miembros fundadores de la agrupación política agrupación involucrada en autos, alcanzó el el aludido carácter provisorio y para obtener S. “Los derechos del hombre y sus garantías
constituida el 18/10/2013 e integrantes de la registro de un total de 2007 adhesiones, las que la personería definitiva, deberá acreditar la constitucionales–”.
Junta Promotora original conformada con 12 de a la sazón fueron presentadas de conformidad agrupación involucrada, dentro de los ciento
los 14 asambleístas reunidos en esa fecha que a lo establecido por el art. 61 de la ley 23298 y
Que es de esta manera que a los fines de cincuenta días (150) posteriores, la afiliación de
certificaron todos sus firmas por ante escribano superaron al cuatro por mil del total de inscrip- un número de electores no inferior al cuatro por determinar la cantidad mínima exigible de
público.
tos en el mentado subregistro, informado opor- mil del total de los inscriptos en el subregistro afiliados, la Excma. Cámara Nacional Elec-
tunamente por la Cámara Nacional Electoral en de electores de Río Negro y dentro de los cien- toral ha expresado que “…ese mínimo debe
Que en ese mismo despacho, con el Acta Nº 2 los términos de lo establecido por el art. 7 ter to ochenta (180) días, realizar las elecciones garantizar la representatividad del partido en
de fecha 21/07/2014 que obra agregada a fs. 93 último párrafo de la ley orgánica de los Partidos internas para constituir las autoridades definiti- el cuerpo electoral para cumplir las funciones
y con la certificación notarial de las firmas de Políticos.
que le acuerda el art. 2 de la ley 23298 y re- vas del partido y cumplir de esta forma acaba-
la totalidad de los 14 asambleístas fundadores
damente con su rol institucional, posibilitando sulta razonable establecer el mismo número
del partido que por otra actuación notarial se Que a fs. 262, atento el estado del trámite de de esa manera que las autoridades promotoras de afiliaciones que el que la ley exige como
practicó sobre el texto de la Carta Orgánica, la las presentes actuaciones, se fijó la audiencia -quienes hoy tienen a su cargo la organización necesario para que el carácter de adherentes
Declaración de Principios y Bases de Acción prevista por el art. 62 de la ley de aplicación de la agrupación política a la luz de lo pres- dé sustento fáctico al reconocimiento de la
Política (instrumentos traídos inicialmente a fs. para el día 30-07-2015, notificándose a esos cripto por los arts. 7 y 8 de la ley 23298 hasta personería jurídico política, para el caso pro-
4/10 y que fuesen observados por carecer de
visoria (conf. Fallo 694/89 CNE), toda vez que, fines a los apoderados de las agrupaciones la constitución de las definitivas- concluyan
firmas que los ligasen con el acto fundacional políticas reconocidas, en formación y a las su cometido conforme lo reglado por la citada y como ya ha explicado el Superior en la ma-
del Partido Fe) -fs. 94- se da por cumplido el que se les ha declarado la caducidad de su norma legal.
teria, tal exigencia tiene por finalidad asegurar
requisito de autenticidad de esos documentos personería jurídica política del distrito. Así
la representatividad de los partidos políticos
que exige el art. 61 de la citada ley de aplica- también, teniendo presente el resultado de la Que consecuentemente se impone fijar el al- en el electorado, adquiriendo de esta forma
ción.
compulsa en el Sistema Informático del Regis-
sentido su misión como mediadores entre la cance de lo dispuesto por el art. 7 bis incs.
sociedad y el Estado, ya que de lo contrario se tro Nacional de Nombres de las agrupaciones a) y b) y compatibilizado con los arts. 3 inc.
Que además con aval en la citada Acta Nº 2 se políticas reportado a fs. 26 en los términos de b) y 29 de la Ley Orgánica de Partidos Po- transformarían en estructuras vacías de conte-
tuvo por ampliada la integración de la Junta la Acordada Nº 60/2008 CNE, se cumplió con líticos, para que las autoridades partidarias nido incapaces de cumplir con la función que
Promotora a 18 miembros de los 12 origina- igual notificación a los partidos “PARTIDO FE” puedan efectuar los trámites que les exige la le es propia y ello además en detrimento del
les y por nombrados certificadores de firmas reconocidos o en trámite en el país de acuerdo ley a efectos de regularizar su vida interna en sistema de partidos políticos (ver Fallo CNE
todos los mencionados integrantes de dicho a lo establecido por la Acordada Nº 81/90 por
3374/2004). el marco de las pautas aludidas precedente-
órgano.
intermedio de las respectivas Secretarías Elec- mente, ello a partir del presente resolutorio y
torales Nacionales.
así posibilitar el pleno ejercicio del rol que les Que consecuentemente se determina que el
Que en el despacho inicial de fs. 28 se le requi-
otorga nuestra Carta Fundamental a través de partido de autos deberá acreditar en el pla-
rió a la agrupación en cuestión que acredite el Que a fs. 363 obra glosada el Acta de cele- su art. 38.
zo de ciento cincuenta (150) días desde la
40% de adhesiones exigido por el art. 7 inc. a) bración de la mencionada audiencia a la que
presente resolución, un número mínimo de
de la mencionada ley equivalente a la cantidad
1975 afiliados por corresponder a la fecha, compareció la apoderada de la agrupación Que en tal aspecto señalo que la Cámara Na-
mínima para que a una agrupación política se le solicitante de personería provisoria. En dicha cional Electoral ha establecido la diferencia conforme la última publicación efectuada por
pueda reconocer su personería jurídica provi- ocasión dijo no tener observación alguna que de calidades de adherentes y afiliados a un la Cámara Nacional Electoral de la cantidad
soria, que publica la Cámara Nacional Electoral efectuar respecto de las actuaciones que im- partido político, refiriendo que la condición de mínima de afiliados requeridos para el man-
17 Miércoles 4 de enero de 2017
Segunda Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.537
tenimiento de la personalidad de los partidos trarse las adhesiones declaradas válidas para
políticos (arts. 7 bis “a” y 7 ter, Ley 23298, el reconocimiento provisorio de la agrupación
mod. por la ley 26571 agregada a fs. 177), y a involucrada registradas en el SIE.
los fines de convocar y celebrar las primeras
elecciones internas para constituir sus auto- IX) Publicar por el término de un (1) día y sin
ridades partidarias definitivas, en un todo de cargo en el Boletín Oficial de la Nación, la pre-
acuerdo con lo dispuesto en su Carta Orgá- sente resolución firme que se encuentre, como
nica y por el referido art. 7 bis inc. b) de la asimismo la Carta Orgánica partidaria (arts.
ley de la materia, las que a la sazón deberán 60 y 63 in-fine de la Ley Orgánica de Partidos
realizarse dentro de los 180 (ciento ochenta) Políticos).
días desde el dictado de la presente.
X) Comunicar el reconocimiento provisorio del
Que asimismo procede hacer saber que dentro “PARTIDO FE” a la Excma. Cámara Nacional
del plazo previsto en el inc. c) del mencionado Electoral (arts. 14 in-fine y 39 de la Ley 23298), al
art. 7 bis (60 días), esa agrupación política de- Registro Nacional de Partidos Políticos -Acor-
berá dar cumplimiento a la presentación de los dadas 81/90 y 60/08- y a la Dirección Nacional
libros partidarios conforme el art. 37 del mismo Electoral dependiente del Ministerio del Interior
texto legal, al punto 9) de la Acordada 2/2003 a sus efectos, con remisión de fotocopias certi-
de la Excma. Cámara Nacional Electoral y al ficadas de la presente.
art. 21 de la ley 26215, esto es Libro de Actas,
Inventario y Balances y Diario y de corres- XI) Hacer saber al Tribunal Electoral de la Pro-
ponder Subdiarios y Caja (este último para la vincia de Río Negro por oficio.
registración de los movimientos de dinero en
efectivo).
Regístrese, notifíquese al Ministerio Público
Fiscal en su despacho y al apoderado del par-
Por ello, en un todo de acuerdo a las normas tido de autos personalmente o por cédula elec-
legales y jurisprudencia citada y de conformi- trónica a diligenciar por el Oficial de Justicia de
dad fiscal,
este Tribunal.
RESUELVO:
Fdo. MIRTA SUSANA FILIPUZZI - JUEZ FEDE-
RAL
I) Conceder a la agrupación política peticio- Dra. Mirta Susana Filipuzzi Juez - Dra. María
nante en autos, personalidad jurídico política Silvina Gutierrez Prosecretaria Electoral Nacio-
provisoria para actuar como partido político nal - Distrito Río Negro.
en el Distrito de Río Negro con todos los dere-
e. 04/01/2017 N° 17/17 v. 04/01/2017 chos y deberes emergentes del ordenamiento