N° 1351/17 Aviso del Boletín Oficial
INDUSTRIAS PUGLIESE S.A.
Texto del aviso
INDUSTRIAS PUGLIESE S.A.
Comunica que por Asamblea extraordinaria
del 02/12/2016 se resolvió: 1) Reformar el ar-
ticulo 2º (objeto) el cual queda redactado de la
siguiente manera: ARTICULO SEGUNDO: La
Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta
propia, de terceros, asociadas a terceros, o
mediante participaciones en otras sociedades,
tanto en el país como en el exterior, las siguien-
tes actividades: (A) INDUSTRIALES: (a) la fabri-
cación, manufactura, y ensamble de productos
plásticos, y equipos de tratamientos de fluidos
para uso doméstico o industrial, sus acceso-
rios, componentes, repuestos, y productos
conexos, incluyendo pero no limitándose a pu-
rificadores de agua y de aire, gasificadores, y
dispensadores; (b) la fabricación de matricería
y la fabricación y manufactura de calzados y
todos y cada uno de sus componentes, pro-
ductos de cuero, artículos de marroquinería,
tapicería e indumentaria; (c) la producción y
elaboración de productos alimenticios para
consumo humano y animal, incluyendo pero
no limitándose a aceites y jugos, productos
cosméticos y productos químicos de uso do-
méstico, y sus respectivas materias primas.
En la fabricación, producción y elaboración de
los productos mencionados precedentemente
podrá utilizar procesos químicos, incluyéndose
pero no limitándose a la reactivación e impreg-
nación de carbón, metalúrgicos, y de cualquier
otra naturaleza; (B) COMERCIALES: mediante la
compra, venta, almacenamiento, importación,
exportación, fraccionamiento, distribución y
cualquier forma de comercialización de los bie-
nes precedentemente mencionados incluyendo
carbón reactivado, a cuyo fin podrá dar y ejer-
cer representaciones y mandatos, ser agente,
gestor de negocios, comitente o comisionista,
concedente o concesionario, licenciante o
licenciatario, franquiciante o franquiciado, dis-
tribuidor o distribuido de personas humanas y/o
jurídicas, nacionales y/o extranjeras, relaciona-
das directa o indirectamente con la fabricación
y comercialización de los bienes y productos
2 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.542
mencionados; (C) CONSULTORIA: la asesoría,
consultoría, y dirección técnica en relación a la
fabricación y comercialización de los productos
mencionados precedentemente; (D) INMOBI-
LIARIAS: mediante la adquisición, locación,
construcción y enajenación de toda clase de
inmuebles; (E) INVERSIONES: mediante todo
tipo de inversiones en inmuebles, valores mobi-
liarios, públicos o privados; (F) FINANCIERAS:
mediante préstamos a personas humanas o ju-
rídicas, descuentos, redescuentos de créditos
hipotecarios, prendarios y documentarios, ope-
raciones con acciones, pagarés, cheques, de-
bentures, títulos, facturas conformadas y toda
clase de papeles de comercio, otorgamiento de
garantías y fianzas y todo otro tipo de operacio-
nes de carácter financiero, excluidas aquellas
vedadas por la Ley de Entidades Financieras;
(G) FORESTALES: mediante la plantación, la-
boreo, y replantación de forestación con todo
tipo de especies arbóreas, para la utilización
en el comercio o en la industria; 2) Aumentar
el capital de $ 51. a $ 9.900.000; 3) Reformar
los artículos 7º (disponiendo que los títulos re-
presentativos de las acciones serán suscriptos
por el presidente de la sociedad y otro director);
8º (garantía); 9º (modificando el funcionamiento
del directorio); 11º (adecuando las facultades
del directorio a la nueva legislación vigente); 14º
(fiscalización); 15º (modificando el régimen de
convocatoria a asamblea); 16º (quórum y mayo-
rías); 19º (modificando la forma de llevar adelan-
te una eventual liquidación, compatibilizándolo
con la eventual inexistencia de sindicatura);
y 4) Reordenar el estatuto social. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 1 de fecha
02/01/2017 Reg. Nº 113
Matias Ezequiel Camaño - Habilitado D.N.R.O.
N° 3029
e. 11/01/2017 N° 1351/17 v. 11/01/2017