N° 3052/17 Aviso del Boletín Oficial
AINSWORTH GAME TECHNOLOGY INC
Texto del aviso
AINSWORTH GAME TECHNOLOGY INC
Por resolución de fecha 15/12/2016 se decidió
la registración de una sucursal en Argentina.
1) Denominación: Ainsworth Game Technolo-
gy, Inc.; 2) Sede Social de la sucursal: Cerrito
466, Piso 5, Oficina 51, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires; 3) El ejercicio social cierra el 30
de junio; 4) Representante legal de la Sucur-
sal: María Laura García Casasola, argentina,
casado, abogada, D.N.I. N° 25.393.932, con
domicilio constituido en Cerrito 466, Piso 5,
Oficina 51, Ciudad Autónoma de Buenos Ai-
res. Domicilio Real del representante legal:
Cevallos 1001, casa 23 Barrio privado Barra-
cas de Guido, Quilmes, Provincia de Buenos
Aires. Con respecto a la casa matriz: Deno-
minación Social: Ainsworth Game Techno-
logy, Inc; Único socio: AGT PTY Ltd.; Fecha
del Instrumento de Constitución: 16/05/2006;
Sede social: 6600 N.W. 12th Avenue, Suite
201, Fort Lauderdale, Florida 33309; Objeto:
Los documentos constitutivos, incluyendo
su acta constitutiva y estatutos, autorizan a
desarrollar sus actividades a través de sus
divisiones en Norteamérica y Latinoamérica
con los medios lícitos disponibles. La socie-
dad tiene plena capacidad jurídica para llevar
a cabo la venta o alquiler de equipos de juego
de casinos y servicios relacionados, se enun-
cian en forma general y no específica en los
documentos constitutivos de conformidad
con las leyes y normas aplicables; Plazo de
duración: indeterminado; Administración so-
cial: 2 a 5 Directores; Directorio: Miguel Angel
Cuadros (secretario y tesorero), Michael Dreit-
zer y Ryan Comstock; Domicilio especial del
Directorio: 6600 N.W. 12th Avenue, Suite 201,
Fort Lauderdale, Florida 33309; Capital social:
Dos Mil Quinientos Dólares (USD 2.500) de va-
lor nominal Un Dólar (USD 1) cada una; Fecha
de cierre de ejercicio: 30 de junio. Autorizado
según instrumento privado Resolución de fe-
cha 15/12/2016.
Salvador Jose Paz Menendez - T°: 106 F°: 83
C.P.A.C.F.
e. 19/01/2017 N° 3052/17 v. 19/01/2017